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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A) OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO, OPOSICIONES Y CONCURSOS
Universitat Jaume I de Castelló
RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2026, del Vicerrectorado de Investigación, por la que se convoca una plaza de personal
tecnólogo o gestor superior para colaborar en el proyecto de investigación «25I455 UNE-ONTODIC. Interoperabilidad de
diccionarios terminológicos basados en conocimiento», del Departamento de Traducción y Comunicación. Grupo de
investigación: Tecnologías del Lenguaje, la Terminología y la Traducción..
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Reglamento para la contratación de personal investigador y
personal técnico o gestor de apoyo en tareas de investigación e innovación de la Universitat Jaume I,
RESUELVO
Primero
Convocar una plaza de personal tecnólogo o gestor superior para colaborar en el proyecto de investigación «25I455
UNE-ONTODIC. Interoperabilidad de diccionarios terminológicos basados en conocimiento», dirigido por María Amparo
Alcina Caudet, del Departamento de Traducción y Comunicación. Grupo de investigación: Tecnologías del Lenguaje, la
Terminología y la Traducción.
Segundo
Aprobar las bases que rigen esta convocatoria, que constan en el anexo I y acordar su publicación en el Tablón de
Anuncios Oficiales de la Universidad Jaume I (TAO-UJI), en convocatorias PI, con código 22973 y en el Diari Oficial de
la Generalitat Valenciana.
Tercero
Esta convocatoria, las bases y todos los actos administrativos que se deriven, así como las actuaciones de la
comisión evaluadora, pueden ser impugnados por parte de las personas interesadas en los casos y en la forma que establece
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Asimismo, la Administración, en su caso, podrá revisar los acuerdos de la comisión evaluadora de acuerdo con la
citada norma.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede
interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la haya dictado, en el plazo de un
mes a contar desde el día siguiente de la publicación de esta resolución, o bien, directamente, una demanda laboral ante los
juzgados de lo social de la ciudad de Castellón de la Plana, dentro del plazo de dos meses desde que deba entenderse
agotada la vía administrativa, salvo que se interponga una acción derivada de despido o cualquier otra sujeta a plazo de
caducidad, y en este caso el plazo de interposición de la demanda será de 20 días hábiles, plazos que se contarán desde que
se haya producido el acto o la notificación de la resolución impugnada o desde que deba entenderse agotada la vía
administrativa en los demás casos. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de
octubre, reguladora de la jurisdicción social, en la redacción dada por la disposición final tercera de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Castellón de la Plana, 25 de mayo de 2026
La rectora (p. d. R 24.05.2022; DOGV 9349, 27.05.2022)
Jesús Lancis Sáez
Vicerrector de Investigación
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ANEXO I: BASES DE LA CONVOCATORIA
Primera. Objeto, funciones y características
1.1.Objeto:
Estas bases tienen por objeto regular el procedimiento de concesión de plazas de personal
vinculado a la investigación en la Universitat Jaume I en el ámbito del proyecto de
investigación “25I455 UNE-ONTODIC. INTEROPERABILIDAD DE DICCIONARIOS
TERMINOLÓGICOS BASADOS EN CONOCIMIENTO”, enmarcado dentro del grupo
de investigación: Tecnologías del Lenguaje, la Terminología y la Traducción.
1.2.Funciones:
Generales
Colaborar
en
el
proyecto
de
investigación
“25I455
UNE-ONTODIC.
INTEROPERABILIDAD DE DICCIONARIOS TERMINOLÓGICOS BASADOS EN
CONOCIMIENTO”, bajo la dirección y la supervisión de María Amparo Alcina Caudet del
Dep. de Traducción y Comunicación como responsable de la contratación.
Realizará las funciones propias del personal tecnólogo o gestor superior del grupo A.
Específicas
Las tareas están relacionadas con creación y gestión de ontologías, uso de editores de
ontologías, configuración de ontologías siguiendo las recomendaciones W3C,
formalización e implementación de axiomas y reglas en el editor de ontologías,
comprobación del buen funcionamiento de herencia e inferencias, ayuda en la preparación
de protocolos de trabajo.
Se trabajará en la definición de arquitectura técnica, implementación de modelo de datos,
desarrollo backend y supervisión de interoperabilidad. Colaborará en las tareas de los
distintos paquetes de trabajo.
Colaboración y tareas de apoyo en difusión del proyecto.
1.3.Características:
Número de plazas convocadas: 1
Categoría laboral: personal tecnólogo o gestor superior (grupo A).
Origen de los fondos con los que se financia la plaza: “25I455 UNE-ONTODIC.
INTEROPERABILIDAD DE DICCIONARIOS TERMINOLÓGICOS BASADOS EN
CONOCIMIENTO”
Lugar de adscripción: Dep. de Traducción y Comunicación.
Grupo de investigación: Tecnologías del Lenguaje, la Terminología y la Traducción
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Duración prevista: 4 meses, siempre vinculada a la existencia de crédito en el proyecto de
I+D+I que financia esta convocatoria. Se establecerá un periodo de prueba de acuerdo con
la legislación laboral vigente.
Modalidad: Indefinida, se formalizará un contrato, vinculado a la financiación procedente
del proyecto de investigación de acuerdo con el artículo 23 bis de la Ley 14/2011, de 1 de
junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Dedicación: La jornada de trabajo será a tiempo parcial, con una jornada de trabajo de 20
horas a la semana.
Retribución: 1.394,29 euros brutos mensuales que se distribuirán en los siguientes
conceptos salariales: sueldo base y la parte proporcional de pagas extraordinarias (12
mensualidades).
Segunda. Requisitos
Las personas que deseen participar en esta convocatoria deberán reunir los requisitos siguientes:
Generales
2.1. Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea
o nacional de aquellos estados en los que, en virtud de tratados internacionales celebrados
por la Comunidad Europea y ratificados por España, se aplique la libre circulación de
trabajadores y trabajadoras, en los términos en los que se encuentra definida en el Tratado
constitutivo de la Comunidad Europea.
También se podrán presentar aspirantes con nacionalidad diferente a la mencionada
anteriormente, para lo cual será necesario cumplir los requisitos establecidos en la
normativa vigente. En ese caso, la persona a quien se adjudique el puesto de trabajo ofertado
deberá acreditar al menos el permiso de trabajo y de residencia en el momento de la
contratación.
2.2. Tener cumplidos dieciséis años y no haber alcanzado la edad legal de jubilación el día en el
que finaliza el plazo de presentación de la solicitud.
2.3. No sufrir enfermedad ni estar afectado o afectada por limitación física o psíquica que sea
incompatible con el ejercicio de las correspondientes funciones.
2.4. No haber sido separado o separada mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las administraciones públicas, ni encontrarse inhabilitado o inhabilitada para
el ejercicio de las funciones públicas. Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la
española deberán acreditar, igualmente, no estar incursos o incursas en sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su estado, el acceso a la función pública.
Específicos
2.5. Estar en posesión de la titulación universitaria oficial de grado en Ingeniería Informática o
equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, será necesario acreditar estar en
posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, si procede, la
homologación o la declaración de equivalencia a titulación. Este requisito no será aplicable
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a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su calificación profesional en
el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho
comunitario.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero que no se encuentren homologadas,
declarada su equivalencia o reconocidas en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, se podrá validar este requisito siempre que el órgano
convocante, a través de la comisión de selección, presuma que la titulación es equivalente
a la exigida en la convocatoria, rescindiéndose el contrato si, posteriormente, la autoridad
competente resuelve su denegación, entendiendo que existe denegación cuando la misma
se condiciona al cumplimiento de determinados requisitos, en tanto no se cumplan.
Estos requisitos deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de
solicitudes, y mantenerse hasta el momento de la firma del contrato de trabajo.
Si en cualquier momento posterior a la aprobación de la lista de personas admitidas y excluidas,
incluso una vez finalizado el proceso selectivo, se advierte inexactitud o falsedad en las
solicitudes o en la documentación aportada por las personas interesadas, se considerará que esa
circunstancia no es subsanable y se resolverá con la exclusión de la solicitud del procedimiento.
Tercera. Méritos preferentes
Experiencia en desarrollo de software, estructuras de datos preferentemente tecnologías
semánticas (RDF/OWL).
Cuarta. Sistema selectivo
4.1.La comisión encargada de la selección valorará el currículo de las personas aspirantes de
acuerdo con el baremo que figura en el anexo II.
La comisión podrá, si lo cree conveniente, realizar una prueba posterior a la aplicación del
baremo relacionada con el objeto y perfil indicados en esta convocatoria (teórica y/o
práctica). Tendrá carácter obligatorio, por lo que si alguna persona aspirante convocada no
se presenta en el día, lugar y hora establecidos perderá sus derechos. La finalidad será
valorar la adecuación de las personas candidatas para ocupar los puestos de trabajo, se
puntuará de 0 a 10 puntos y será necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarla.
La prueba se convocará con una antelación mínima de cuatro días hábiles. La Comisión
Evaluadora podrá establecer una puntuación mínima para realizar la prueba.
Igualmente, se podrá realizar una entrevista posterior a la aplicación del baremo relacionada
con el objeto y perfil indicados en esta convocatoria. Tendrá carácter obligatorio, por lo que
si alguna persona aspirante convocada no se presenta en el día, lugar y hora establecido
perderá sus derechos. La finalidad será valorar la adecuación de los aspirantes para
desempeñar los puestos de trabajo, se puntuará de acuerdo con la proporción indicada en el
anexo II. La entrevista se convocará con una antelación mínima de cuatro días hábiles. La
Comisión Evaluadora podrá establecer una puntuación mínima para realizar la entrevista.
4.2.La comisión evaluadora podrá declarar desierto el procedimiento de selección en el caso en
que, valorados los méritos y, en su caso, realizada la prueba y/o entrevista, el perfil de las
candidaturas no se ajuste a las necesidades del proyecto.
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4.3.La comisión evaluadora podrá establecer una puntuación mínima necesaria para formar
parte de la bolsa de trabajo constituida a partir de este procedimiento selectivo.
4.4.El baremo del anexo II, valorará los aspectos recogidos en la Carta Europea del
Investigador, en el Código de Conducta para la Contratación de Personal Investigador y en
el Código de Buenas Prácticas en Investigación y Doctorado de la Universidad Jaume I.
Quinta. Comisión evaluadora
5.1.La comisión evaluadora, que será designada para este proceso selectivo destinado a la
contratación de personal vinculado a la investigación para el desarrollo de actividades de
I+D+i en proyectos, contratos y convenios que apoyen líneas de investigación de la UJI,
estará integrada por tres miembros.
Todas las personas miembros de la comisión evaluadora pertenecerán al colectivo de
personal docente e investigador de la UJI con vinculación permanente y estarán en posesión
de la titulación de doctorado.
La comisión de selección estará compuesta por:
1) Un vicerrector o vicerrectora o persona en quien delegue.
2) Uno de los investigadores o investigadoras principales.
3) Un miembro a propuesta del o de los investigadores o investigadoras principales.
Se designará una comisión de selección suplente, compuesta, asimismo, por tres miembros.
5.2.Para garantizar la imparcialidad en el proceso de selección, los miembros de la comisión
evaluadora firmarán una declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI), que se
adjuntará al acta de constitución de la comisión, y formará parte del expediente
administrativo.
5.3.La comisión resolverá todas las dudas que puedan surgir de la aplicación de estas normas,
así como de los casos no previstos en las mismas.
El procedimiento de actuación de la comisión se ajustará en todo momento a lo dispuesto
en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.4. Para cualquier aclaración sobre la convocatoria, las personas interesadas podrán dirigirse a
la persona investigadora responsable: María Amparo Alcina Caudet del Dep. de Traducción
y Comunicación. Correo electrónico: alcina@uji.es
Sexta. Presentación de solicitudes
6.1 La convocatoria se publicará en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) y
en el Tablón de Anuncios Oficial de la Universitat Jaume I (TAO-UJI), dentro de la categoría
«Convocatorias PI». El plazo de presentación solicitudes será de diez días hábiles a contar
desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOGV.
Las solicitudes deberán tramitarse a través del Registro Electrónico, directamente, a través
de:
https://www.uji.es/seu/info-adm/tao/ (categoría “convocatorias PI” buscar por código:
22973).
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También es posible utilizar un registro genérico:
http://www.registre.uji.es/ (indicando el código de la convocatoria PI: 22973)
Para realizarla será necesario disponer de una cuenta corporativa de la UJI, de un certificado
digital de firma electrónica o del DNI electrónico. Las personas que no dispongan de cuenta
corporativa de la UJI deberán registrarla en la web de la Universidad:
http://www.registre.uji.es/ (Registrar cuenta). En caso de problemas registre@uji.es
En la solicitud se indicará lo siguiente:
En el apartado EXPONGO, literalmente:
“Que son ciertos los datos consignados en esta solicitud y que reúno las condiciones
exigidas para el ingreso en la función pública y las especialmente señaladas en esta
convocatoria.”
En el apartado SOLICITO, literalmente:
«La admisión en el proceso selectivo para la contratación de personal vinculado a la
investigación (personal tecnólogo o gestor superior ). Código: 22973”.
Destino: Servicio de Recursos Humanos.
A la solicitud electrónica deberá adjuntarse un archivo en PDF de cada uno de los
documentos siguientes:
• Identificación (DNI, NIE, pasaporte...).
• Titulación requerida en esta convocatoria con el certificado de notas correspondiente
donde se indique la nota media del expediente.
• Otra documentación, en caso que sea requerida en la convocatoria.
• Curriculum vitae, confeccionado según la clasificación indicada en el anexo II.
• Méritos baremables correctamente acreditados y justificados (no se baremarán los
méritos no aportados y no justificados correctamente en el plazo de presentación de
solicitudes).
• Declaración jurada.
6.2.No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, es
suficiente con la declaración jurada de la persona interesada sobre su autenticidad, así como
sus datos que figuran en la instancia, sin perjuicio de que en cualquier momento la comisión
o la Universidad puedan requerir a las personas aspirantes para que acrediten la veracidad
de las circunstancias y documentos aportados que hayan sido objeto de valoración.
6.3.Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a
participar deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su
caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco, así como el hecho de vivir a
expensas o estar a cargo de una persona nacional de otro estado con el que tenga dicho
vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar separado o
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separada de derecho de su cónyuge y, en su caso, de que la persona aspirante vive a sus
expensas o está a su cargo.
6.4.Las mujeres víctimas de violencia de género que participen en esta convocatoria pueden
solicitar la anonimización de sus datos identificativos. A tal efecto, las mujeres interesadas
deben formular la petición correspondiente en la solicitud de participación en el presente
proceso selectivo utilizando el modelo de solicitud de anonimización de los datos de la
mujer víctima de violencia de género.
Séptima. Lista de personas admitidas y resultado de la selección
7.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, se publicarán las listas provisionales de
personas admitidas y excluidas, y se abrirá un plazo de diez días hábiles para posibles
enmiendas o reclamaciones. Cuando transcurra este plazo sin que haya reclamaciones o
enmiendas, esta resolución se considerará definitiva. En caso contrario, se publicará la
resolución definitiva de personas admitidas y excluidas. Junto con la lista definitiva, se
publicará la composición de la Comisión Evaluadora.
7.2 Una vez publicado el resultado de este proceso selectivo, se realizarán las ofertas, por orden
descendente de puntuación, al correo electrónico indicado por la persona candidata en su
solicitud de registro.
7.3 Los sucesivos anuncios relacionados con esta convocatoria, los acuerdos de la comisión
evaluadora y el resultado de este proceso de selección se publicarán en el TAO-UJI:
https://www.uji.es/seu/info-adm/tao/
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ANEXO II. BAREMO
Personal tecnólogo o gestor superior
A) Formación académica y contratos de investigación o transferencia
ejercidos
15 puntos
B) Actividad investigadora y de transferencia de conocimiento (incluyendo
valorización de la investigación)
15 puntos
C) Experiencia profesional
30 puntos
D) Otras competencias y formación investigadora
10 puntos
E) Conocimientos de valenciano con acreditación oficial
5 puntos
F) Conocimientos de inglés con acreditación oficial
5 puntos
G) Entrevista, en el caso de que la comisión evaluadora lo crea conveniente,
destinada a evaluar los conocimientos de la persona candidata en relación
con las tareas a desarrollar en el proyecto
20 puntos
Será posible aplicar coeficientes correctores que midan la adecuación de los méritos preferentes
alegados al perfil de la plaza.
No se baremarán los méritos no aportados y no justificados correctamente en el plazo de presentación
de solicitudes.
En caso de empate, se ordenará primero por el apartado A, B, C, D…