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A1
Concurso-oposición
Libre
Local (ayuntamiento/diputación)

1 plaza de Arquitecte/a

Ajuntament de Tuéjar·Tuejar, Valencia

Plazo cerrado — 21/08/2026

El plazo de solicitud de esta convocatoria está cerrado desde el 21/08/2026.

La ficha se conserva para seguir el proceso (listas de admitidos, fechas de examen y resultados se publican en la fuente oficial). Si buscas plazas con el plazo abierto:

Línea temporal

  1. Publicación

    24/07/2026

  2. Fin plazo

    21/08/2026

Requisitos y perfil

Titulación requerida

Grado en Fundamentos de la Arquitectura

Grupo profesional

A1 · Universitario superior (máster/grado + habilitación)

Tipo de acceso

Libre

Tipo de proceso

Concurso-oposición

Plazas

1

Plazo

20 días hábiles

Origen y fuentes

Administración

Local (ayuntamiento/diputación)

Fuente principal

BOP Valencia

Texto oficial completo

Núm. 140 Pág. 24-7-2026 1 M U N I C I P I O S Ayuntamiento de Tuéjar 2026/09175 Anuncio del Ayuntamiento de Tuéjar sobre la aprobación de las bases de la convocatoria para la provisión en propiedad, mediante el sistema de concurso-oposición, de una plaza de arquitecto/a. ANUNCIO Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía n.º 341.2026 de fecha 15 de julio de 2026, las bases y la convocatoria del proceso selectivo para la provisión en propiedad de una plaza de arquitecto/a del Ayuntamiento de Tuéjar, el plazo de presentación de solicitudes, será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín oficial del Estado. VER ANEXO Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valencia o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica fuera de la provincia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. Tuéjar, 15 de julio de 2026.—El alcalde-presidente, Carlos Tarazón Illueca. Verificable en https://bop.dival.es/bop CSV: BOPV-2026/09175 Ayuntamiento de Tuéjar Ayuntamiento de Tuéjar C/ Pintor Sorolla, 1, Tuéjar. 46177 (Valencia). Tfno. 961635034. Fax: 961635151 BASES REGULADORAS DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE ARQUITECTO/A DEL AYUNTAMIENTO DE TUÉJAR PRIMERA. Objeto de la convocatoria Es objeto de las presentes bases regular la convocatoria y el proceso selectivo para la provisión en propiedad, mediante el sistema de concurso-oposición, de una plaza de Arquitecto/a, como personal funcionario de carrera del Ayuntamiento de Tuéjar, incluida en la correspondiente Oferta de Empleo Público, con las siguientes características: Característica Descripción Grupo A Subgrupo A1 Escala Administración Especial Subescala Técnica Clase Técnico/a Superior Denominación Arquitecto/a Naturaleza Personal funcionario de carrera Número de plazas Una Jornada Parcial, equivalente al 75% de la jornada ordinaria Sistema selectivo Concurso-oposición Turno Libre 1 Núm. 140 Pág. 24-7-2026 2 Verificable en https://bop.dival.es/bop CSV: BOPV-2026/09175 Ayuntamiento de Tuéjar Ayuntamiento de Tuéjar C/ Pintor Sorolla, 1, Tuéjar. 46177 (Valencia). Tfno. 961635034. Fax: 961635151 Titulación exigida Título universitario oficial de Arquitecto/a, Grado en Fundamentos de la Arquitectura más Máster Universitario habilitante para el ejercicio de la profesión de Arquitecto/a, o titulación equivalente que habilite para el ejercicio de la profesión de Arquitecto/a, de conformidad con la normativa vigente La plaza estará dotada con las retribuciones básicas correspondientes al grupo/subgrupo A1 y con las retribuciones complementarias que correspondan conforme a la relación de puestos de trabajo, plantilla presupuestaria o instrumento organizativo equivalente del Ayuntamiento de Tuéjar, en proporción a la jornada parcial establecida. Las funciones del puesto serán las propias de la titulación y categoría convocadas en el ámbito de la Administración Local, y en particular, entre otras, las siguientes: a) Emisión de informes técnicos urbanísticos, de licencias urbanísticas, declaraciones responsables, comunicaciones previas y demás expedientes de intervención municipal en materia urbanística. b) Redacción, supervisión, dirección o informe de proyectos técnicos municipales, obras públicas municipales, memorias valoradas, pliegos técnicos y documentación técnica necesaria para la contratación administrativa. c) Informes en materia de planeamiento, gestión, disciplina urbanística, órdenes de ejecución, ruina, protección de la legalidad urbanística y restauración de la legalidad. d) Asistencia técnica a los órganos municipales en materias propias de arquitectura, urbanismo, edificación, accesibilidad, eficiencia energética, patrimonio municipal, espacios públicos e infraestructuras municipales. e) Supervisión técnica de obras municipales, comprobación de certificaciones, replanteos, recepción de obras y seguimiento técnico de contratos relacionados con el puesto. f) Colaboración en la tramitación de subvenciones, planes provinciales, autonómicos, estatales o europeos que requieran documentación técnica, memoria, proyecto, dirección técnica o justificación técnica. g) Emisión de informes técnicos en expedientes de actividades, ocupación de vía pública, patrimonio municipal, bienes inmuebles, accesibilidad, seguridad de edificios y demás materias relacionadas con las competencias municipales. h) Responsabilidad técnica municipal sobre la red de abastecimiento de agua potable y la red de saneamiento, incluyendo el seguimiento técnico de su funcionamiento, conservación, mantenimiento, control de incidencias, coordinación con los servicios municipales o empresas contratistas, emisión de informes técnicos, propuesta de actuaciones de mejora, supervisión de obras, control de acometidas y apoyo técnico en la planificación de inversiones relacionadas con dichas infraestructuras. i) Cualesquiera otras funciones técnicas propias de la plaza y del puesto de trabajo que le sean encomendadas por los órganos municipales competentes, dentro de su ámbito profesional. La jornada será parcial, equivalente al 75% de la jornada ordinaria, y se distribuirá de lunes a viernes, conforme a las necesidades del servicio y a la organización municipal que determine el Ayuntamiento de Tuéjar, respetando la normativa vigente en materia de jornada, horario, permisos, vacaciones, descansos e incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Núm. 140 Pág. 24-7-2026 3 Verificable en https://bop.dival.es/bop CSV: BOPV-2026/09175 Ayuntamiento de Tuéjar Ayuntamiento de Tuéjar C/ Pintor Sorolla, 1, Tuéjar. 46177 (Valencia). Tfno. 961635034. Fax: 961635151 SEGUNDA. Publicidad de la convocatoria y de sus bases Las presentes bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Tuéjar. Asimismo, se publicará el correspondiente anuncio o extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, siendo dicha publicación la que determinará el inicio del plazo de presentación de solicitudes. Los sucesivos anuncios relativos al proceso selectivo, incluyendo la lista provisional y definitiva de personas admitidas y excluidas, la composición del Tribunal calificador, la fecha, hora y lugar de realización de los ejercicios, las calificaciones obtenidas, los llamamientos, los acuerdos del Tribunal y cualesquiera otros actos de trámite o resoluciones que deban conocer las personas aspirantes, se publicarán en la sede electrónica del Ayuntamiento de Tuéjar, sin perjuicio de aquellos supuestos en que legalmente proceda su publicación en el Boletín Oficial correspondiente. La publicación en la sede electrónica municipal surtirá los efectos de notificación a las personas interesadas, de conformidad con lo previsto en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, sin perjuicio de las notificaciones individuales que, en su caso, resulten procedentes. A efectos de transparencia y publicidad del proceso, el Ayuntamiento podrá publicar también los anuncios en el tablón de anuncios municipal y en otros medios institucionales, sin que dichas publicaciones sustituyan a las legalmente exigidas. TERCERA. Condiciones de admisión de las personas aspirantes Para ser admitidas en el proceso selectivo, las personas aspirantes deberán reunir, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, y mantener hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera, los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española o alguna otra que, conforme a lo dispuesto en la normativa vigente, permita el acceso al empleo público. b) Haber cumplido dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa o de aquella otra que pueda establecerse legalmente. c) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones correspondientes a la plaza convocada. Quienes superen el proceso selectivo deberán aportar declaración responsable de poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las funciones o tareas que correspondan al puesto de trabajo, que constituirá presunción de disponer de tales capacidades, sin perjuicio de la verificación que pueda realizarse a través del servicio de prevención correspondiente. d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, órgano constitucional o estatutario, ni hallarse inhabilitado/a por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas o para el desempeño de funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria. En el caso de personas nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitadas o en situación equivalente, ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en los mismos términos en su Estado, el acceso al empleo público. e) Estar en posesión, o haber cumplido los requisitos para su obtención en la fecha de finalización del Núm. 140 Pág. 24-7-2026 4 Verificable en https://bop.dival.es/bop CSV: BOPV-2026/09175 Ayuntamiento de Tuéjar Ayuntamiento de Tuéjar C/ Pintor Sorolla, 1, Tuéjar. 46177 (Valencia). Tfno. 961635034. Fax: 961635151 plazo de presentación de solicitudes, del título universitario oficial de Arquitecto/a, o del Grado en Fundamentos de la Arquitectura más Máster Universitario habilitante para el ejercicio de la profesión de Arquitecto/a, o titulación equivalente que habilite para el ejercicio de la profesión de Arquitecto/a, de conformidad con la normativa vigente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse la correspondiente homologación, equivalencia o reconocimiento oficial que habilite para el ejercicio profesional en España. f) No pertenecer ya como personal funcionario de carrera del Ayuntamiento de Tuéjar a la misma escala, subescala, clase y categoría objeto de la presente convocatoria. g) Aceptar expresamente que la plaza convocada tiene una jornada parcial equivalente al 75% de la jornada ordinaria, con las retribuciones que correspondan proporcionalmente conforme a la legislación aplicable, la plantilla presupuestaria, la relación de puestos de trabajo o instrumento organizativo equivalente del Ayuntamiento de Tuéjar. h) Poseer los demás requisitos que, en su caso, puedan ser exigibles de conformidad con la normativa aplicable. Las personas aspirantes deberán reunir todos los requisitos exigidos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y conservarlos hasta el momento de la toma de posesión. Quienes superen el proceso selectivo deberán acreditar, con carácter previo al nombramiento, que reúnen los requisitos exigidos en estas bases. CUARTA. Turno de reserva, igualdad de condiciones y adaptaciones No se establece turno de reserva para personas con discapacidad, al convocarse una única plaza, sin perjuicio del cumplimiento de la normativa vigente en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal. Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones que el resto de aspirantes, siempre que reúnan los requisitos generales y específicos exigidos en la presente convocatoria y acrediten la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones correspondientes a la plaza convocada. Las personas aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo o medios para la realización de las pruebas selectivas deberán indicarlo expresamente en la solicitud de participación, especificando la adaptación concreta que solicitan. A tal efecto, deberán aportar, junto con la solicitud, certificado acreditativo del grado de discapacidad y dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico competente, en el que se acrediten las circunstancias que justifican la adaptación solicitada. El Tribunal calificador valorará la procedencia de las adaptaciones solicitadas, de acuerdo con la normativa aplicable, garantizando que dichas adaptaciones no desvirtúen el contenido de las pruebas ni supongan una reducción o alteración del nivel de exigencia requerido para el desempeño de la plaza. Las adaptaciones concedidas, en su caso, se publicarán en la sede electrónica del Ayuntamiento de Tuéjar o se comunicarán individualmente a las personas interesadas cuando resulte necesario para preservar datos personales especialmente protegidos. En todo caso, el proceso selectivo se desarrollará con pleno respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad, transparencia, imparcialidad, profesionalidad de los órganos de Núm. 140 Pág. 24-7-2026 5 Verificable en https://bop.dival.es/bop CSV: BOPV-2026/09175 Ayuntamiento de Tuéjar Ayuntamiento de Tuéjar C/ Pintor Sorolla, 1, Tuéjar. 46177 (Valencia). Tfno. 961635034. Fax: 961635151 selección y adecuación entre el contenido de las pruebas y las funciones de la plaza convocada. QUINTA. Forma, plazo de presentación de solicitudes, documentación y tasa La convocatoria del presente proceso selectivo será aprobada por el órgano municipal competente. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Quienes deseen participar en el proceso selectivo deberán presentar solicitud dirigida a la Alcaldía- Presidencia del Ayuntamiento de Tuéjar, mediante instancia general, que estará disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Tuéjar. La presentación de solicitudes se realizará obligatoriamente por medios electrónicos, a través de la sede electrónica municipal del Ayuntamiento de Tuéjar. Las solicitudes presentadas por medios distintos al electrónico se tendrán por no presentadas, salvo en los supuestos legalmente previstos de imposibilidad técnica debidamente acreditada. La solicitud deberá estar debidamente cumplimentada y firmada electrónicamente por la persona aspirante. En ella deberá declararse expresamente que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en las presentes bases, referidos siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. La participación en el proceso selectivo implicará la aceptación íntegra de las presentes bases. Documentación que deberá acompañar a la solicitud Las personas aspirantes deberán presentar, junto con la solicitud, la siguiente documentación: a) Copia del DNI, NIE, pasaporte o documento equivalente acreditativo de la identidad. b) Copia de la titulación exigida para participar en el proceso selectivo, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición, o certificación académica que acredite haber finalizado los estudios y cumplido los requisitos para la obtención del título. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá aportarse la correspondiente homologación, equivalencia o reconocimiento oficial. c) Justificante del abono de la tasa por derechos de examen, conforme a la Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación de servicios administrativos en procesos de selección de personal del Ayuntamiento de Tuéjar. d) En su caso, documentación acreditativa de la exención o bonificación de la tasa, conforme a la ordenanza fiscal aplicable. e) En su caso, certificado acreditativo del grado de discapacidad y dictamen técnico facultativo cuando se soliciten adaptaciones de tiempo o medios para la realización de las pruebas. f) Relación ordenada de los méritos alegados para la fase de concurso, conforme al modelo de autobaremación que se apruebe como anexo a estas bases. g) Documentación acreditativa de los méritos alegados, de acuerdo con lo previsto en las presentes bases. h) Informe de vida laboral actualizado, cuando se alegue experiencia profesional. i) Certificados de servicios prestados o documentación equivalente emitida por la Administración Pública o entidad correspondiente, cuando se alegue experiencia profesional. No serán valorados aquellos méritos que no hayan sido alegados y acreditados dentro del plazo de presentación de solicitudes, salvo que las presentes bases dispongan expresamente otra cosa. Núm. 140 Pág. 24-7-2026 6 Verificable en https://bop.dival.es/bop CSV: BOPV-2026/09175 Ayuntamiento de Tuéjar Ayuntamiento de Tuéjar C/ Pintor Sorolla, 1, Tuéjar. 46177 (Valencia). Tfno. 961635034. Fax: 961635151 Los méritos deberán estar referidos, como máximo, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Tasa por derechos de examen De conformidad con la Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación de servicios administrativos en procesos de selección de personal del Ayuntamiento de Tuéjar, las personas aspirantes deberán abonar una tasa de 70 euros para poder participar en el presente proceso selectivo. La falta de pago íntegro de la tasa dentro del plazo de presentación de solicitudes determinará la exclusión de la persona aspirante, salvo que resulte aplicable algún supuesto de exención o bonificación debidamente acreditado en plazo conforme a la ordenanza fiscal aplicable. El justificante acreditativo del pago de la tasa deberá adjuntarse a la solicitud de participación. En caso de solicitarse exención o bonificación, deberá aportarse la documentación justificativa correspondiente junto con la solicitud. Protección de datos personales Los datos personales facilitados por las personas aspirantes serán tratados por el Ayuntamiento de Tuéjar con la finalidad de gestionar el presente proceso selectivo, realizar las publicaciones legalmente procedentes, efectuar comunicaciones y tramitar, en su caso, el nombramiento correspondiente. La publicación de actos administrativos que contengan datos personales se realizará conforme a lo previsto en la normativa vigente en materia de protección de datos personales, especialmente en lo relativo a la identificación de las personas interesadas en publicaciones administrativas. SEXTA. Admisión de las personas aspirantes Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía-Presidencia dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Tuéjar, concediéndose un plazo de diez días hábiles para que las personas excluidas puedan subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión o presentar las alegaciones que estimen oportunas. Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o no aleguen frente a la omisión justificando su derecho a ser incluidas en la relación de admitidas, serán definitivamente excluidas del proceso selectivo. Transcurrido el plazo de subsanación y resueltas, en su caso, las reclamaciones presentadas, la Alcaldía-Presidencia dictará resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas. La resolución por la que se apruebe la lista definitiva se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Tuéjar. En dicha resolución se hará constar, al menos: a) La relación definitiva de personas admitidas y excluidas. b) La causa de exclusión, en su caso. Núm. 140 Pág. 24-7-2026 7 Verificable en https://bop.dival.es/bop CSV: BOPV-2026/09175 Ayuntamiento de Tuéjar Ayuntamiento de Tuéjar C/ Pintor Sorolla, 1, Tuéjar. 46177 (Valencia). Tfno. 961635034. Fax: 961635151 c) La composición nominal del Tribunal calificador, con indicación de sus miembros titulares y suplentes. d) El lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio de la fase de oposición. e) Cualquier otra circunstancia que resulte necesaria para el desarrollo del proceso selectivo. Las sucesivas comunicaciones, anuncios, llamamientos, calificaciones, acuerdos del Tribunal y demás actos derivados del proceso selectivo se publicarán en la sede electrónica del Ayuntamiento de Tuéjar, surtiendo dicha publicación los efectos de notificación a las personas interesadas, salvo aquellos supuestos en que proceda legalmente la notificación individual. Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados y apreciados por el Tribunal calificador. La no comparecencia de una persona aspirante al llamamiento correspondiente determinará su exclusión del proceso selectivo. El llamamiento para la realización de un ejercicio posterior deberá publicarse con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, salvo que se trate de la continuación de un mismo ejercicio, en cuyo caso será suficiente una antelación mínima de doce horas. El Tribunal podrá acordar, cuando lo estime conveniente para la mejor organización del proceso selectivo, la realización de varios ejercicios en una misma sesión, siempre que se garantice la adecuada información a las personas aspirantes y el correcto desarrollo de las pruebas. SÉPTIMA. Tribunal calificador El Tribunal calificador será designado por resolución de la Alcaldía-Presidencia y su composición se publicará junto con la lista definitiva de personas admitidas y excluidas. El Tribunal estará integrado por un número impar de miembros, no inferior a cinco, con sus respectivos suplentes, y estará compuesto por: Presidencia. Secretaría. Tres vocalías. Todos los miembros del Tribunal deberán tener la condición de personal funcionario de carrera y pertenecer a un grupo o subgrupo de clasificación profesional igual o superior al de la plaza convocada. Asimismo, al menos más de la mitad de sus miembros deberá poseer una titulación correspondiente a la misma área de conocimientos que la exigida para participar en la convocatoria. La composición del Tribunal tenderá a la paridad entre mujeres y hombres, de conformidad con la normativa vigente. No podrán formar parte del Tribunal: a) El personal de elección o designación política. b) El personal funcionario interino. c) El personal laboral no fijo. d) El personal eventual. e) El personal directivo profesional. f) Las personas que hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los Núm. 140 Pág. 24-7-2026 8 Verificable en https://bop.dival.es/bop CSV: BOPV-2026/09175 Ayuntamiento de Tuéjar Ayuntamiento de Tuéjar C/ Pintor Sorolla, 1, Tuéjar. 46177 (Valencia). Tfno. 961635034. Fax: 961635151 cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria. La pertenencia al Tribunal será siempre a título individual, sin que pueda ostentarse en representación o por cuenta de nadie. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la Presidencia y la Secretaría, o de quienes legalmente les sustituyan, y de al menos la mitad de sus miembros titulares o suplentes. El Tribunal podrá disponer la incorporación de personas asesoras especialistas para aquellas pruebas o materias que considere necesarias por razón de la especialización técnica del puesto convocado. Dichas personas actuarán con voz pero sin voto, limitándose a prestar asesoramiento técnico dentro de su especialidad. Asimismo, el Tribunal podrá designar personal colaborador para el desarrollo material de las pruebas cuando la organización del proceso selectivo lo aconseje. Dicho personal actuará bajo la dirección del Tribunal y no participará en la valoración de las personas aspirantes. Las personas integrantes del Tribunal, asesoras especialistas y colaboradoras deberán guardar sigilo y confidencialidad respecto de los datos, deliberaciones, pruebas y asuntos de los que tengan conocimiento como consecuencia de su intervención en el proceso selectivo. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan surgir en la aplicación de las presentes bases, adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo y garantizar el cumplimiento de los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad, transparencia, imparcialidad y profesionalidad. Las decisiones del Tribunal se adoptarán por mayoría de votos de las personas miembros presentes. En caso de empate, decidirá el voto de calidad de la Presidencia. Las personas integrantes del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, y podrán ser recusadas por las personas aspirantes, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. A efectos de asistencias e indemnizaciones, el Tribunal tendrá la categoría que corresponda conforme a la normativa vigente sobre indemnizaciones por razón del servicio. OCTAVA. Sistema de selección y desarrollo del proceso selectivo El procedimiento de selección será el de concurso-oposición, por turno libre, y constará de dos fases: a) Fase de oposición, de carácter obligatorio y eliminatorio, con una puntuación máxima de 60 puntos, equivalente al 60% de la puntuación total del proceso selectivo. b) Fase de concurso, de carácter no eliminatorio, con una puntuación máxima de 40 puntos, equivalente al 40% de la puntuación total del proceso selectivo. La fase de oposición será previa a la fase de concurso. Solo se valorarán los méritos de las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición. Núm. 140 Pág. 24-7-2026 9 Verificable en https://bop.dival.es/bop CSV: BOPV-2026/09175 Ayuntamiento de Tuéjar Ayuntamiento de Tuéjar C/ Pintor Sorolla, 1, Tuéjar. 46177 (Valencia). Tfno. 961635034. Fax: 961635151 Las pruebas de la fase de oposición deberán guardar relación directa con las funciones propias de la plaza convocada y con el temario incluido en las presentes bases. Siempre que la naturaleza de los ejercicios lo permita, el Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar el anonimato de las personas aspirantes en la corrección de las pruebas escritas. Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único, quedando excluidas quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y apreciada por el Tribunal. Antes del inicio de cada ejercicio, y siempre que el Tribunal lo estime conveniente durante el desarrollo del mismo, podrá comprobarse la identidad de las personas aspirantes. Las personas aspirantes tendrán derecho a elegir cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana para la realización de las pruebas selectivas, salvo aquellas que, por su propia naturaleza, deban realizarse en una lengua determinada. A) Fase de oposición La fase de oposición tendrá una puntuación máxima de 60 puntos y estará integrada por los siguientes ejercicios, todos ellos obligatorios y eliminatorios. Primer ejercicio. Cuestionario tipo test De carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 50 preguntas tipo test, más las preguntas de reserva que determine el Tribunal, con tres respuestas alternativas, de las cuales solo una será correcta. El cuestionario versará sobre la totalidad del temario incluido en el Anexo I de estas bases, tanto de la parte general como de la parte específica. El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de 60 minutos. El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos para superarlo. Cada respuesta correcta se valorará con 0,20 puntos. Las respuestas en blanco no penalizarán. Las respuestas erróneas penalizarán conforme a la siguiente fórmula: P = [A - E / (n - 1)] × 10 / N Donde: P = puntuación obtenida. A = número de aciertos. E = número de errores. n = número de respuestas alternativas por pregunta. N = número total de preguntas válidas. Núm. 140 Pág. 24-7-2026 10 Verificable en https://bop.dival.es/bop CSV: BOPV-2026/09175
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