Núm. 141
Pág.
27-7-2026
1
M U N I C I P I O S
Ayuntamiento de Jarafuel
2026/09281
Anuncio del Ayuntamiento de Jarafuel sobre la aprobación de las bases
de la convocatoria para la provisión interina, con carácter de urgencia,
del
puesto
de
secretaria-intervención,
por
el
sistema
de
concurso-oposición,
y
creación
de
una
bolsa
para
posibles
nombramientos para cubrir la plaza de secretario-interventor.
ANUNCIO
Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía n.º 2026-0305 de fecha 13
julio 2026, las bases y la convocatoria para la selección de candidatos para la
provisión interina del puesto de secretaria-intervención del Ayuntamiento de Jarafuel
por el sistema de concurso-oposición y creación de una bolsa al efecto para posibles
nombramientos en caso de necesidad de cubrir la plaza de Secretario - Interventor
en este Ayuntamiento, se abre un plazo de presentación de solicitudes, que será de
15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el
Boletín Oficial de la Provincia.
En la sede electrónica de este Ayuntamiento http://Jarafuel.sedelectronica.es
con fecha 16 julio de 2026, aparecen íntegramente publicadas las bases que han de
regir la convocatoria y el proceso de selección.
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede
interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un
mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante
ALCALDE de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante la Sección de
lo Contencioso Administrativo del Tribunal de Instancia de Valencia o, a su elección,
el que corresponda a su domicilio, si éste radica en otra provincia, en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición
potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que
aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime
pertinente.
Jarafuel, 16 de julio de 2026.—El alcalde-presidente, Fernando García
Martínez.
Verificable en https://bop.dival.es/bop
CSV: BOPV-2026/09281