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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A) OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO, OPOSICIONES Y CONCURSOS
Ayuntamiento de Tavernes de la Valldigna
ANUNCIO de las bases específicas para la provisión en propiedad, como personal funcionario de carrera, de plazas de
administrativo o administrativa de administración general (subgrupo C1), por turno de promoción interna restringida,
incluidas en la oferta pública de empleo.
Mediante el Decreto 2272, de 15 de junio de 2026, de la Concejalía Delegación de Personal, se ha resuelto aprobar
la modificación de las bases específicas para la selección en propiedad de plazas de personal funcionario de carrera,
administrativo/a de administración general (subgrupo C1), incluidas en la oferta pública de empleo, por el turno de
promoción interna restringida, que quedaran redactadas conforme se publican en el anexo.
Tavernes de la Valldigna, 2 de julio de 2026
Emilio Fonseca Martí
Concejal de Recursos Humanos
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BASES ESPECÍFICAS PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE PLAZAS DE PERSONAL
FUNCIONARIO DE CARRERA, ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL (SUBGRUPO C1),
INCLUIDAS EN LA OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO, POR EL TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA
RESTRINGIDA. (EXP. 920463X – ref. interna 004210105).
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Estas bases específicas tienen por objeto desarrollar las previsiones hechas en las bases generales que
deben regir las convocatorias de los procesos para la selección de las plazas incluidas en las distintas ofertas
de empleo público del Ayuntamiento de Tavernes de la Valldigna, aprobadas mediante Decreto de fecha 10 de
mayo de 2005. Estas bases se publicaron en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de fecha 15 de junio de
2005, así como en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) de fecha 22 de junio de 2005 (exp. 4-
053/2005).
Desde su aprobación, estas bases han sido modificadas para ajustarlas a las normas legales posteriores
y a la casuística y práctica administrativa adecuada en las siguientes ocasiones:
Data decreto de
modificación
Expediente
Publicación BOPV
Publicación DOGV
25 de junio de 2007
4-053/2007
11 julio 2007
8 agosto 2007
10 de mayo de 2010
4-053/2010
27 mayo 2010
26 mayo 2010
31 d’octubre de 2011
4-084/2011
15 noviembre 2011
8 noviembre 2011
27 de enero de 2012
4-084/2011
27 febrero 2012
24 febrero 2012
6 de marzo de 2018
4-063/2018
5 abril 2018
9 abril 2018
Principalmente, el objeto de estas bases específicas es regular el proceso selectivo para la provisión en
propiedad de las plazas de personal funcionario, administrativo, subgrupo C1, incluidas en la oferta de empleo
público del Ayuntamiento.
Las características de estas plazas, actualmente incluidas en las OEP de 2022 y 2025, son las
siguientes:
Denominación: ADMINISTRATIVO De ADMINISTRACIÓN GENERAL.
Naturaleza: personal funcionario (dedicación 37,5 h/semanales).
Grupo: Subgrupo C1 (art. 76 TRLEBEP).
Escala: Administración General.
Subescala: Administrativa.
Clase: ---.
Categoría: ----.
Número de vacantes: 7 plazas:
- 1 OEP 2022. BOPV 31-05-2022. (Incorporación OOP 2026. BOPV 25-06-2026).
- 1 OEP 2023. BOPV 09-06-2023. (Incorporació OOP 2026. BOPV 25-06-2026).
- 5 OEP 2025. BOPV 26-05-2025. (Incorporación OOP 2026. BOPV 25-06-2026).
Turno de selección: Turno promoción interna restringida.
Procedimiento de selección: Concurso oposición.
En el supuesto de que alguna de las plazas vacantes no sea cubierta mediante el turno de promoción
interna restringida, no se procederá a su provisión por otros turnos de selección. En este supuesto, la plaza
permanecerá vacante, sin perjuicio que los puestos de trabajo correspondientes continúan siendo ejercidos por
personal funcionario de carrera del cuerpo auxiliar administrativo de administración general que actualmente los
ocupa con carácter definitivo.
2. LEGISLACIÓN APLICABLE
En todo el que no prevén estas bases, se aplicarán las bases generales que deben regir las
convocatorias de las pruebas selectivas para la selección de las plazas incluidas en las distintas ofertas de
empleo público del Ayuntamiento de Tavernes de la Valldigna, así como lo que establecen las disposiciones
mencionadas en las bases generales y otras normas que sean aplicables.
3. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
Las personas aspirantes deben reunir los requisitos siguientes:
- Estar en posesión del título de Bachiller o de Técnico Medio, o de una titulación equivalente, de
conformidad con lo que dispone el artículo 76 del TRLEBEP (Real decreto legislativo 5/2015), o bien
encontrarse en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
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Alternativamente, podrán acreditar una antigüedad mínima de 10 años en un cuerpo o escala como
funcionario del subgrupo C2 (disposición adicional 22ª de la Ley 30/1984).
En todo caso, la equivalencia de titulaciones deberá ser acreditada por las personas aspirantes mediante
certificado expedido por la administración competente.
- Haber cumplido dieciséis años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.
- Tener la nacionalidad española, sin perjuicio del que dispone el artículo 57 del TRLEBEP.
- Estar ocupando plaza en propiedad como Funcionario de Carrera en el Ayuntamiento de Tavernes de la Valldigna
y estar encuadrado en el Grupo profesional C, Subgrupo C2, como Auxiliar Administrativo de Administración General, con
una antigüedad mínima de dos años como funcionario de carrera en el Grupo, Subgrupo, Escala o Categoría indicados, en
situación de servicio activo o asimilado y tener asignada la titularidad de los puestos de trabajo de la *RLT con códigos:
B003, C203, A018, C204, E202, F002 y L102 tal como prevén los PORH del Ayuntamiento vigentes tramitados en los
expedientes 4-140/2019, 4-147/2019 Y 4-148/2023.
- No sufrir ninguna enfermedad ni limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las
funciones propias de las plazas convocadas o que impida el desarrollo.
- No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración
pública, ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni estar cumpliendo una sanción firme
de suspensión de empleo y sueldo como empleado público.
4. SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN Y PAGO DE LOS DERECHOS De EXAMEN.
Quien quiera participar en las pruebas de acceso debe solicitarlo mediante el modelo de instancia
correspondiente, en la cual manifiesten que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos a la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Así mismo, habrá que adjuntar a la instancia y
rellenar correctamente referidos a los méritos que se presentarán posteriormente para su valoración en la fase
de concurso cuando sean requeridos por el tribunal:
- Declaración responsable
- Y autobaremación
En cuanto a los derechos de participación en el proceso selectivo, es obligatorio abonar las tasas de
participación en las pruebas selectivas de conformidad con la ordenanza fiscal reguladora de las mismas,
dentro del plazo de presentación de solicitudes. El aspirante que no pague las tasas, o las pague fuera de ese
plazo, será declarado excluido de participar en el proceso selectivo en las listas de aspirantes admitidos, por
entender que desiste tácitamente de participar en el proceso de selección.
5. PRUEBAS SELECTIVAS
El proceso selectivo constará de dos fases: oposición y concurso.
La fase de oposición será previa a la valoración de la fase de concurso.
A) Oposición
Los ejercicios de la fase de oposición son los siguientes:
Primer ejercicio: (práctico). De carácter obligatorio y eliminatorio.
Consistirá en la resolución, por escrito o mediante la realización de trabajos prácticos, de dos
supuestos a elegir entre tres que planteará el tribunal inmediatamente antes del inicio de la prueba. Los
supuestos tendrán un nivel de dificultad adecuado a las plazas convocadas y estarán relacionados con las
funciones propias del puesto y con el temario de la convocatoria. La prueba podrá implicar la utilización de
herramientas, máquinas o herramientas, así como de programas de ofimática, gestión documental o gestión
de expedientes, según su naturaleza.
Para la resolución de los supuestos, las personas aspirantes utilizarán su ordenador personal, con los
programas necesarios. En este caso, no se valorará ningún ejercicio que no haya sido realizado en apoyo
informático.
Así mismo, atendidas las características de la prueba, se permitirá el uso de textos legales,
comentarios doctrinales, libros de consulta, bases de datos legislativas o de jurisprudencia, así como
cualquier otra publicación, tanto en formado papel como digital, habitual en el ejercicio profesional.
De acuerdo con las medidas de adecuación de este Ayuntamiento al Esquema Nacional de Seguridad,
queda expresamente prohibido el uso de cualquier programa o aplicación de inteligencia artificial.
La puntuación máxima de este ejercicio será de 45 puntos, y será necesario obtener una puntuación
mínima de 22,50 puntos para superarlo.
Segundo ejercicio. (valenciano) De carácter obligatorio y no eliminatorio.
Consistirá en la valoración por el tribunal de los conocimientos de valenciano de los aspirantes, relacionados con las
funciones propias de la plaza convocada.
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La duración será establecida por el tribunal según la dificultad del ejercicio propuesto; la dificultad se adecuará a la
categoría y nivel del perfil lingüístico de la plaza que se convoca.
Esta prueba será escrita y consistirá en la redacción de un texto propuesto por el tribunal calificador que tendrá
relación con las tareas propias de la plaza convocada.
Los ejercicios escritos de redacción se valorarán mediante los siguientes criterios:
VALORACIÓN GRAMATICAL (crédito de puntos: 11,250)
DESCONTARÁN 0,375 puntos: errores en acentos, diéresis, apóstrofes, contracciones, mayúsculas,
errores de puntuación graves (que afectan la comprensión) o repetitivos, etc.
DESCONTARÁN 0,495 puntos: Faltas de ortografía (excepto las valoradas en el apartado anterior), de
morfosintaxis y de léxico.
- Como hay limitación de texto, la repetición de un error contará tantas veces como se haya producido.
ADECUACIÓN (crédito de puntos: 3,750)
- Se valorará que la redacción se ajuste a lo que se pide.
- Se valorarán los recursos lingüísticos empleados.
- Si en la primera parte se pierden todos los créditos, la segunda no se valorará.
- Se penalizará superar el máximo de palabras escritas. Se descontarán 0,03 puntos por cada palabra
que supero el máximo establecido.
Este ejercicio se calificará de 0 a 15 puntos.
B) Concurso:
Una vez finalizada la fase de oposición, se valorará la fase de concurso únicamente respecto de las
personas aspirantes que hayan superado aquella, con independencia de lo que puedan establecer las bases
generales aplicables.
En la fase de concurso únicamente se valorarán los documentos acreditativos correspondientes a los
méritos declarados en la autobaremación, siempre que hayan sido declarados junto con la solicitud de
participación en el proceso. Todo esto sin perjuicio de que el tribunal pueda requerir la enmienda o aclaración de
algún mérito.
A tal efecto, una vez finalizado el último ejercicio eliminatorio de la fase de oposición y publicadas las
puntuaciones correspondientes, las personas aspirantes que continúan en el procedimiento selectivo dispondrán
de un plazo de cinco días para presentar, por registro de entrada, o bien la autorización expresa correspondiente
indicando el servicio de consulta disponible en la Plataforma de Intermediación de la Administración General del
Estado o bien la aportación del original electrónico, copia electrónica auténtica u original en papel, que será
objeto de digitalización y conversión en copia electrónica auténtica por parte del Ayuntamiento.
Los méritos que se valoran en la fase de concurso son los siguientes:
a) Antigüedad: Tiempo de prestación de servicios profesionales como funcionario o contratado laboral en
cualquier administración pública en cualquier categoría.
b) Experiencia en la categoría de la plaza que se convoca: Tiempo de prestación de servicios en plazas
de la misma categoría de la plaza convocada, sea como interino, comisión de servicios, mejora de empleo o
cualquier otra forma de provisión.
c) Experiencia en puestos superiores a los de la categoría de la plaza que se convoca: Tiempo de
prestación de servicios en plazas de superior categoría a la de la plaza que se convoca, sea como interino,
comisión de servicios, mejora de empleo o cualquier otra forma de provisión.
d) Participación en otras pruebas selectivas a plazas a las que se promociona: Por la superación de todo
o parte de procesos selectivos anteriores, sea en propiedad o para formación de una bolsa de trabajo de plazas
de la misma categoría y naturaleza a la convocada.
e) Titulaciones complementarias: se valorará estar en posesión de las titulaciones que se indican
seguidamente que sean diferentes a las que se presenta como requisito de acceso. Solo se valorará la titulación
superior acreditada.
f) Conocimientos de valenciano: únicamente serán evaluables los certificados expedidos por la Junta
Qualificadora de Coneixements de Valencià, Escuela Oficial de Idiomas, Universidades u otros organismos
oficiales con la debida acreditación de la equivalencia.
g) Otros méritos: Se valorará de forma separada este apartado atendiendo a los siguientes criterios:
1. Trabajos por cuenta propia o ajeno como abogado o técnico asesor, consultor, auditor o administrativo.
2. Conocimiento de lenguas comunitarias.
3. Diversidad funcional.
Méritos a valorar
Puntuació
n máxima
Valoración
a) Antigüedad
5 puntos
0,025 puntos por cada mes de servicios como funcionario o contratado laboral en cualquier administración
pública en cualquier categoría
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Méritos a valorar
Puntuació
n máxima
Valoración
b) Experiencia en la categoría
de la plaza convocada
8,75 punto
0,25 puntos por cada mes de servicios en plazas de la misma categoría a la de la plaza que se convoca, sea
como interino, comisión de servicios, mejora de empleo o cualquier otra forma de provisión.
c) Experiencia en puestos
superiores
3,75
puntos
0,10 puntos por cada mes de servicios en plazas de superior categoría a la de la plaza que se convoca, sea
como interino, comisión de servicios, mejora de empleo o cualquier otra forma de provisión.
d) Participación en otras
pruebas selectivas a plazas
a las que se promociona
5 puntos
Por haber superado en otra ocasión todo el proceso selectivo en propiedad: 5,00 puntos
Por haber superado el 1.º ejercicio de un proceso selectivo en propiedad o todo el proceso selectivo por la
formación de una bolsa de trabajo: 2,5 punto
e) Titulaciones diferentes a
las que se presenta como
requisito de acceso
5 puntos
Ciclo superior de FP: 3,75 puntos.
Diplomatura: 4,375 puntos
Grado universitario, licenciado , máster universitario, doctorado: 5,00 puntos
Solo se valorará la titulación superior acreditada.
f) Valenciano
5 puntos
Oral / Nivel A2 del MCER: 1,25 puntos
Elemental / Nivel B1 del MCER: 2,50 puntos
--- / Nivel B2 del MCER: 3,125 puntos
Medio / Nivel C1 del MCER: 3,75 puntos
Lenguaje administrativo / sin equivalencia del MCER: 4,375 puntos
Superior / Nivel C2 del MCER: 5,00 puntos
Se contará el certificado superior acreditado.
g) Otros méritos
2,5 punto
1. Trabajo por cuenta propia o ajeno como abogado o técnico asesor, consultor, auditor o administrativo.
Por cada mes completo de trabajo 0,02 puntos hasta un máximo de 0,60 puntos.
2 Conocimiento de lenguas reconocidas a nivel comunitario (máximo 1,50 puntos):
Se valorarán cada nivel del marco europeo según la siguiente tabla de equivalencias:
Nivel Básico = Nivel A2 del MCER 0,50 puntos
Nivel Intermedio = Nivel B1 del MCER 0.75 puntos
Nivel Avanzado = Nivel B2 del MCER 1,00 puntos
Nivel C1 = Nivel C1 del MCER 1,25 puntos
Nivel C2 = Nivel C2 del MCER 1,50 puntos
Se contará el certificado superior acreditado.
3. Diversidad funcional (máximo 0,60 puntos):
Diversidad superior al 33% 0,30 puntos.
Diversidad superior al 66% 0,60 puntos.
h) Cursos
5 puntos
0,0625 puntos por hora de curso o acción formativa.
Puntuación máxima
40
PUNTOS
40% DEL TOTAL POSIBLE (60 OPOSICIÓN – 40 CONCURSO)
Acreditaciones: para valorar los méritos referidos han de acreditarse en la forma que a continuación se
detalla:
Los apartados a) b) y c), se acreditarán mediante certificado expedido por el órgano competente de la
administración donde se hayan prestado los servicios, que se detallará por meses completos de servicios
prestados.
d) Participación en otras pruebas selectivas a plazas a las que se promociona: Mediante certificado
expedido por el órgano competente de la administración en el que se haga constar el detalle del apartado de las
bases que regulan los ejercicios de la convocatoria, y si es el caso, el concurso de méritos, pruebas selectivas
realizadas por el aspirante y puntuación en cada ejercicio realizado, así como la naturaleza de las pruebas
selectivas para acreditar si se trata de pruebas selectivas para la provisión en propiedad o contratación laboral
indefinida, o si por el contrario se trata de pruebas selectivas para formar bolsas de trabajo.
e) Titulaciones: Mediante la aportación de original o copia debidamente compulsada o electrónica
auténtica del título expedido por el organismo público competente.
f) Conocimientos de valenciano: Mediante la aportación del original o copia debidamente compulsada o
electrónica auténtica del título expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià u otros
organismos oficiales, si es el caso, original o copia compulsada del título equivalente, siempre que por parte del
aspirante se acredite la equivalencia por organismo competente.
g) Otros méritos:
1. Trabajo por cuenta propia o ajena como abogado o técnico asesor, consultor, auditor o administrativo:
Copia del contrato de trabajo u otro documento acreditativo, ambos acompañados del documento de tiempo y
periodos de cotizaciones a la seguridad social en los grupos de cotización 01, 02 ó 05.
2. Conocimiento de lenguas comunitarias: Los idiomas comunitarios se acreditarán mediante certificado
de conocimientos de la Escuela Oficial de Idiomas y/o Universidades, o títulos equivalentes debidamente
acreditada esta circunstancia por el aspirante
3. Diversidad funcional: Certificado emitido por el organismo competente en el que se acredite el grado
de diversidad funcional.
h) Cursos: La realización de cursos se acreditará a través de certificados o diplomas, y se valorará
únicamente si fueron organizados o convocados por universidades, institutos o escuelas oficiales de formación
de funcionarios, y otras entidades o centros docentes públicos o privados de los previstos en la Ley Orgánica
8/1985, de 13 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, cuando hayan sido homologados por los
institutos o escuelas oficiales de formación de funcionarios o por la universidad, o estén incluidos dentro del
marco de los planes de formación continua de las administraciones públicas. No se podrán valorar ni se tendrán
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en cuenta aquellos cursos en que no se exprese la duración en horas lectivas.
6. PROGRAMA DE TEMAS
Materias comunes
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y principios fundamentales. Derechos y deberes
fundamentales.
Tema 2. Las Cortes Generales. Elaboración de las leyes. El gobierno y la administración. El poder
judicial.
Tema 3. Organización territorial del Estado. Principios generales. La administración local. Las
comunidades autónomas. Distribución de competencias.
Tema 4. El Tribunal Constitucional y la reforma de la Constitución.
Tema 5. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana: Estructura. Competencias de la
Generalitat Valenciana, especial referencia al régimen local.
Tema 6. Las Cortes: composición y funciones. El presidente de la Generalitat. El Consejo. Otras
instituciones: El síndico de agravios. La Sindicatura de Cuentas.
Tema 7. El régimen local español: La administración local en la Constitución de 1978. Régimen jurídico:
especial referencia a la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Tema 8. La sumisión de la administración al derecho. El ordenamiento jurídico administrativo: fuentes. El
reglamento: concepto, naturaleza y clases. Límites de la potestad reglamentaria.
Tema 9. El acto administrativo: concepto, elementos y clases. Validez y eficacia. Silencio administrativo:
concepto, naturaleza y efectos. Ejecución de los actos administrativos.
Tema 10. El procedimiento administrativo electrónico: concepto. Los sujetos. Las fases del
procedimiento administrativo. Identificación y firma electrónicas. Conceptos básicos de Seguridad e
interoperabilidad de acuerdo con los Esquemas Nacionales de Seguridad e interoperabilidad.
Tema 11. Los recursos administrativos: concepto y clases. Revisión de oficio. Actas impugnables.
Tema 12. Hacienda pública: principios constitucionales. Recursos: clases y elementos. Gestión.
Recaudación voluntaria y ejecutiva.
Tema 13. La legislación estatal sobre régimen local: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
del Régimen Local. Contenido, ámbito de aplicación y principios generales. Real decreto legislativo 781/1986,
de 18 de abril, por el cual se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de
régimen local. Contenido, ámbito de aplicación y principios generales.
Tema 14. La potestad reglamentaria de las entidades locales: órganos titulares. Bandos. Reglamentos y
ordenanzas: clases, procedimiento, elaboración y aprobación. La publicación de las normas locales. Límites de
la potestad reglamentaria local.
Tema 15. Las entidades locales: clases y potestades. El municipio. Concepto y elementos. Órganos de
gobierno y administración. Las mancomunidades. Las competencias de municipios.
Tema 16. Potestad de autoorganización de las entidades locales. Órganos necesarios y
complementarios en los municipios de régimen común. El alcalde. Los tenientes de alcalde. El pleno. La junta
de gobierno. Las comisiones informativas y otros órganos complementarios.
Tema 17. Régimen de funcionamiento de los órganos de gobierno del municipio. Régimen de sesiones y
de votación. Información y participación ciudadana.
Tema 18. Intervención de los entes locales en la actividad de los particulares: principios y límites. La
actividad de fomento. Las subvenciones.
Tema 19. Potestad sancionadora y procedimiento sancionador: normas básicas.
Tema 20. Enumeración y concepto de los servicios públicos municipales. Servicios obligatorios.
Tema 21. Los bienes de las entidades locales. Definiciones y tipos de os.
Tema 22. Legislación por la igualdad efectiva de mujeres y hombres y para promover la conciliación de
la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras. Plan de igualdad para empleadas y empleados del
Ayuntamiento.
Tema 23. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: derecho a la
protección frente a los riesgos laborales. Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de
riesgos. Delegados de Prevención. Comité de Seguridad y Salud. Condiciones generales de seguridad en los
trabajos de oficina, esfuerzo físico, postural y visual.
Tema 24. La organización municipal del ayuntamiento de Tavernes de la Valldigna. El organigrama de
sus órganos unipersonales y colegiados. Protección de Datos de Carácter Personal. La Guía de Buenas
Prácticas del Ayuntamiento. Manual de Procedimientos y Protocolos en materia de protección de datos de
carácter personal; Protocolos generales y de Seguridad (PR-1 al PR-23).
Materias específicas
Tema 25. La contratación administrativa local. Formas de selección del contratista. Derechos y
obligaciones de las partes. Modificaciones contractuales.
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Tema 26. Regulación básica de las distintas figuras contractuales.
Tema 27. El planeamiento urbanístico: Enumeración y objeto de los instrumentos de planeamiento en la
legislación urbanística valenciana.
Tema 28. El régimen jurídico del sol en la legislación básica estatal. La clasificación del sol en la
legislación valenciana.
Tema 29. La gestión urbanística. Enumeración y objeto de los instrumentos de gestión en la ley
urbanística valenciana: especial referencia al concepto de programa de actuación integrada.
Tema 30. La disciplina urbanística. Especial referencia a las licencias urbanísticas: tipo, requisitos
básicos y plazos de resolución.
Tema 31. Régimen jurídico del personal al servicio de la administración local. Concepto de funcionario
de carrera e interino, personal laboral, personal eventual y personal directivo en el *TRLEBEP.
Tema 32. Enumeración y concepto de los derechos y deberes del personal al servicio de las entidades
locales. Peculiaridades de su régimen disciplinario.
Tema 33. Conceptos básicos de las retribuciones de funcionarios y del personal laboral en la
administración local. Enumeración y concepto de las vacaciones, permisos, licencias.
Tema 34. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Enumeración y concepto de las
situaciones administrativas de los funcionarios de carrera.
Tema 35. Recursos de las haciendas locales: enumeración y concepto. Reglas básicas de imposición y
ordenación de los tributos locales. Ordenanzas fiscales: contenido y aprobación. Reclamaciones y recursos en
materia tributaria.
Tema 36. Los impuestos locales, tasas, contribuciones especiales y precios públicos: Enumeración y
concepto.
Tema 37. Definición de la gestión tributaria y la recaudación. El procedimiento recaudador.
Tema 38. El presupuesto municipal: contenido, aprobación, ejecución y liquidación. Modificaciones de
crédito. La estructura presupuestaria: reglas básicas de clasificación.
Tema 39. Los créditos presupuestarios y las fases de gasto público. La ordenación del pago. Control e
intervención del gasto y régimen de cuentas.
Tema 40. Ordenanzas y reglamentos del Ayuntamiento de Tavernes de la Valldigna. Especial referencia
a los siguientes:
Reglamento orgánico municipal
Reglamento de actuación preferencial del valenciano
Ordenanza municipal reguladora de la tenencia de animales de compañía
Ordenanza municipal reguladora de la venta no sedentaria.
Ordenanza municipal reguladora del servicio de policía rural
Ordenanza reguladora de la concesión de licencias para la entrada y salida de vehículos a través de las
aceras, carga y descarga.
Ordenanza reguladora de la empleo del dominio público municipal mediante mesas, sillas y otros
elementos auxiliares.
Lo que se hace público para general conocimiento.