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Excelentísimo Ayuntamiento de València
Anuncio del Excelentísimo Ayuntamiento de València sobre bases específicas que han de regir la convocatoria de promoción interna
mediante el sistema selectivo de concurso-oposición, para la cobertura de 158 plazas en el marco de estabilización del empleo
temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el
Empleo Público.
ANUNCIO
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 12 de diciembre de 2022, aprobó las Bases específicas que han de regir la convocatoria
de Promoción Interna mediante el sistema selectivo de concurso-oposición, para la cobertura de 158 plazas en el marco de estabilización del
empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el
Empleo Público, las cuales se transcriben a continuación:
“Primero. Aprobar las Bases Específicas que han de regir la convocatoria de promoción interna para la cobertura de 158 plazas de conformidad
con la normativa legal referenciada en los fundamentos de derecho, las cuales se transcriben a continuación:
“Primero. Aprobar las Bases Específicas que han de regir la convocatoria de
promoción interna para la cobertura de 158 plazas de conformidad con la normativa
legal referenciada en los fundamentos de derecho, las cuales se transcriben a
continuación:
BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DE
PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL ACCESO, POR PROMOCIÓN INTERNA
PARA LA PROVISIÓN DEFINITIVA DE 158 PLAZAS DE DIFERENTES
CATEGORÍAS, A TRAVÉS DEL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN.
Las bases por las que se regirá la presente convocatoria serán, además
de las presentes, las establecidas en las bases generales que regirán los
procesos selectivos para el acceso a la función pública en el Ayuntamiento de
València, aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión
celebrada el día 21 de septiembre de 2022 y publicadas en el BOP de València nº
205, de 25 de octubre de 2022.
1. OBJETO, NATURALEZA Y SISTEMA SELECTIVO
Las presentes bases tienen por objeto regular el proceso selectivo para la
provisión definitiva de 158 plazas correspondientes a las categorías y ofertas de
empleo público de los años 2017 a 2021 aprobadas y publicadas, que se señalan
a continuación, mediante el sistema de concurso-oposición:
PLAZA
CUPO
GENERAL
RESERVA
DISCAPACIDAD
TOTAL
OFERTA
OFIC. MEC.CONDUCTOR
C2
5
0
5
2017
PLAZA
CUPO
GENERAL
RESERVA
DISCAPACIDAD
TOTAL
OFERTA
PEDAGOGO/A A1
1
0
1
2017
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PLAZA
CUPO
GENERAL
RESERVA
DISCAPACIDAD
TOTAL
OFERTA
ECONOMISTA A1
1
0
1
2018
PLAZA
CUPO
GENERAL
RESERVA
DISCAPACIDAD
TOTAL
OFERTA
ADMINISTRATIVO/A C1
47
3
50
2018
ADMINISTRATIVO/A C1
60
4
64
2019
ADMINISTRATIVO/A C1
6
0
6
2020
ADMINISTRATIVO/A C1
3
0
3
2021
ADMINISTRATIVO/A C1
116
7
123
PLAZA
CUPO
GENERAL
RESERVA
DISCAPACIDAD
TOTAL
OFERTA
AUXILIAR
ADMINISTRATIVO/A C2
26
2
28
2020
TOTAL
CUPO
GENERAL
RESERVA
DISCAPACIDAD
158 PLAZAS
149
9
Del total de las plazas convocadas se reservarán 9 plazas, para ser
cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad
de grado igual o superior al 33 por ciento, siempre que acrediten el indicado
grado de discapacidad y la compatibilidad funcional con el desempeño de las
tareas propias que corresponden a las plazas convocadas y superen las
pruebas selectivas.
Las plazas reservadas a personas con discapacidad que queden
desiertas se acumularán a las del cupo general de promoción interna de esta
convocatoria de sistema general.
Los aspirantes que opten por el cupo de reserva para personas con
discapacidad no podrán participar por el resto de plazas del cupo general de
promoción interna.
El proceso selectivo tendrá lugar por el sistema de concurso-oposición. La
fase de oposición será eliminatoria y se desarrollará en primer lugar con los
ejercicios, puntuaciones y valoraciones que se especifican en estas bases
específicas que rigen la presente convocatoria.
A las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición se les
aplicará el baremo de méritos de la fase de concurso que se especifican en las
disposiciones específicas para el turno de promoción interna en las bases
generales que regirán los procesos selectivos para el acceso a la función
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pública en el Ayuntamiento de València.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma
de las puntuaciones finales obtenidas en cada una de las fases de oposición y
concurso.
En ningún caso podrá declararse superado el proceso selectivo a un
número mayor de aspirantes que el de plazas objeto de esta convocatoria,
siendo nulas de pleno derecho las propuestas de personas aprobadas que
contravengan esta limitación.
2. REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES
Para ser admitido en el presente proceso selectivo para el acceso a la
función pública será necesario poseer los siguientes requisitos en la fecha de
finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerlos hasta la
incorporación efectiva o toma de posesión como personal funcionario de carrera:
a)
Ser personal funcionario de carrera del Ayuntamiento de València
integrado en la Escala, Subescala, Clase y Grupo de clasificación profesional
inmediatamente inferior a la plaza que se convoque, siendo la Escala de
administración especial para el acceso a las categorías de oficial mecánico
conductor, economista y pedagogo; y de la administración general para el
acceso a las categorías de administrativo y auxiliar administrativo.
b)
Haber permanecido al menos dos años como personal funcionario de
carrera en el puesto de trabajo desde el que se concurre en propiedad.
c)
Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el desempeño de las
funciones de los puestos de trabajo afectados.
d)
No hallarse suspendido, ni inhabilitado en firme, para el ejercicio de
funciones públicas. De producirse la suspensión o la inhabilitación con
posterioridad a la resolución de proceso selectivo por promoción interna, por un
procedimiento iniciado con anterioridad a la fecha de la convocatoria de dicho
proceso, se entenderán anuladas todas las actuaciones respecto de dicho
aspirante.
e)
Estar en posesión de las titulaciones que se requieren de conformidad
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con la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de València, o en
condiciones de obtenerla en la fecha en que termine el plazo de presentación de
instancias, siendo estas las siguientes, dependiendo de la categoría a la que se
opte:
-
Oficial/a Mecánico Conductor: Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria y permiso de conducir clase B.
-
Pedagogo/a: Licenciatura en Ciencias de la Educación.
-
Economista: Licenciatura en Económicas o Grado en Economía, o
Licenciatura en Empresariales.
-
Administrativo/a: Título de Bachiller o Técnico o una antigüedad de diez
años en un cuerpo o escala del subgrupo C2, o de cinco años y la superación de
un curso específico de formación al que se accederá por criterios objetivos.
-
Auxiliar Administrativo: Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
En todo caso, la equivalencia de titulaciones deberá ser aportada por quien
participe mediante certificación expedida a este efecto por la Administración
competente en cada caso. En el caso de títulos expedidos al extranjero, se
requerirá acreditar la homologación del mismo.
f)
Abonar los derechos de examen correspondientes según el grupo de
clasificación profesional, de conformidad con la Ordenanza Fiscal reguladora de
la Tasa por prestación de servicios administrativos en pruebas y expedientes de
selección de personal del Ayuntamiento de València.
3. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN
3.1.
Instancias
Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria se
dirigirán a la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de València y se presentarán
por registro electrónico (www.valencia.es/sede), a tal efecto es necesario estar
registrado/a para el uso del sistema de identificación y firma electrónica Cl@ve, o
poseer un certificado digital de firma electrónica, o DNIe.
La presentación electrónica de la instancia requerirá el cumplimiento
sucesivo de los siguientes pasos:
- La cumplimentación e inscripción en línea
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- El pago electrónico de la tasa correspondiente, que asciende a:
Subgrupo A1
46,87 €
Subgrupo A2
41,41 €
Grupo B
41,41 €
Subgrupo C1
35,97 €
Subgrupo C2
29,44 €
Agrupaciones Profesionales
23,97 €
- El registro electrónico de la solicitud
El personal participante podrá sujetarse a las bonificaciones establecidas
en el artículo 6 de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por prestación de
servicios administrativos en pruebas y expedientes de selección de personal del
Ayuntamiento de València.
Los citados derechos de examen sólo serán devueltos a quienes no sean
admitidos al procedimiento selectivo por falta de algunos de los requisitos
exigidos para tomar parte en el mismo. La devolución de los derechos de
examen no procederá en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas
por causa imputable a la persona interesada.
No serán admitidas y, consecuentemente quedarán excluidas, aquellas
personas que habiendo abonado la tasa no hayan registrado la solicitud
electrónicamente tras el plazo de subsanación concedido al efecto.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión
de la persona aspirante.
3.2.
Plazo
El plazo de presentación de instancias será de 20 días hábiles a partir del
siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín
Oficial del Estado.
3.3.
Documentación a acompañar a la solicitud
Se presentará por sede electrónica junto a la instancia de participación la
documentación acreditativa de los méritos alegados, salvo aquellos relativos a
experiencia en esta Corporación, formación recibida en la misma y certificado de
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superación de exámenes del Ayuntamiento.
A la instancia habrá que acompañar un documento índice de los méritos
que se desean hacer valer para el acceso a la plaza. En ningún caso serán
valorados méritos no alegados por las personas aspirantes en su solicitud.
En sede electrónica municipal se pondrá a disposición de las personas
aspirantes un documento orientativo para la debida cumplimentación de los
méritos que se deseen alegar.
Tanto la documentación como el índice deben aportarse debidamente
ordenados cronológicamente.
No serán tenidos en cuenta aquellos méritos no obtenidos, ni justificados ni
presentados correctamente dentro del plazo de presentación de instancias.
Las personas aspirantes se responsabilizan expresamente de la
documentación aportada. En caso de falsedad o manipulación en algún
documento, podrán decaer en el derecho a participar en esta convocatoria, con
independencia de la responsabilidad a que hubiere lugar.
Quienes precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización
de las pruebas selectivas deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la
solicitud de participación e identificar el tipo o tipos de adaptaciones pretendidas,
sin que, en ningún caso, la adaptación pueda consistir en la exención de la
realización del ejercicio.
3.4.
Tratamiento de datos personales
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de Protección
de Datos Personal y garantías de los derechos digitales, el Ayuntamiento de
València informa a las personas interesadas en participar en el presente
proceso selectivo que los datos de carácter personal que faciliten serán
incorporados a un fichero cuya finalidad es la selección de personal y les
reconoce la posibilidad de ejercer gratuitamente los derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición, mediante escrito, acompañado de
fotocopia de DNI o documento equivalente, que podrá ser presentado por
registro o en cualquiera de las formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de
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octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
La participación en el presente proceso selectivo supone la autorización al
Ayuntamiento de València para proceder al tratamiento de sus datos, así como
para la publicación de los datos meramente identificativos y de los resultados de
la convocatoria en los diarios y boletines oficiales correspondientes y en los
tablones de anuncios o en la página web municipal, en su caso. Asimismo,
implica la autorización para el tratamiento de la documentación que han de
aportar los aspirantes en el curso del procedimiento de selección.
4. ÓRGANO TÉCNICO DE SELECCIÓN.
El presente proceso selectivo será evaluado por un Órgano Técnico de
Selección, por cada una de las categorías convocadas, integrado por cinco
personas funcionarias de carrera de esta corporación con voz y voto, tendiendo
en la medida de lo posible, a la paridad entre hombre y mujer, de conformidad
con lo señalado en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público y en el Plan de Igualdad para empleadas y empleados del
Ayuntamiento de València.
- Presidente (titular y suplente): Personal funcionario de carrera de esta
Corporación en plaza con titulación igual o superior a la requerida para las
plazas convocadas y correspondientes a la misma área de conocimiento.
- Secretaría (titular y suplente): Personal funcionario con habilitación de
carácter nacional, subescala Secretaría de esta Corporación.
- Tres vocales (titulares y suplentes): personal funcionario de carrera de
esta Corporación en plaza con titulación igual o superior a la requerida para el
acceso a las plazas convocadas y correspondientes a la misma área de
conocimientos, elegidos por sorteo público celebrado en sesión de la Mesa
general de Negociación.
El nombramiento como componente de este órgano selectivo se hará por
acuerdo de la Junta de Gobierno Local, haciéndose público junto con la lista
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provisional de personas admitidas y excluidas, en su caso.
La constitución, sesiones y competencias del Órgano Técnico de Selección
se regirán por lo establecido por las Bases Generales que rigen los procesos
selectivos para el acceso a la función pública en el Ayuntamiento de València.
El Órgano Técnico de Selección podrá disponer la incorporación a sus
sesiones de asesores especialistas.
5. ORDEN DE INTERVENCIÓN DE LAS PERSONAS ASPIRANTES.
El orden de intervención de las personas aspirantes en aquellos ejercicios
que no se puedan realizar conjuntamente, será el alfabético, dando comienzo por
aquella cuyo primer apellido empiece por la letra “F” de acuerdo con el
resultado del sorteo público que se celebró al efecto, publicado en el Diario
Oficial de la Comunidad Valenciana nº 8476 de fecha 28 de enero de 2019.
6. SISTEMA SELECTIVO
El sistema selectivo que se utilizará para la cobertura de las plazas objeto
de la presente convocatoria constará de dos fases diferenciadas, consistiendo la
primera en la de oposición y la segunda en la de concurso, la calificación final del
concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en cada una de las fases.
A.- FASE OPOSICIÓN
Hasta un máximo de 60 puntos.
En los procesos selectivos de promoción interna, el contenido de las
pruebas guardará relación con los procedimientos, tareas y funciones habituales
de los puestos de trabajo objeto de cada convocatoria, las cuales contemplarán
necesariamente una reducción de parte del temario que será determinada en las
bases específicas. Consistirá, dependiendo de la clasificación de la plaza que se
convoca, en los siguientes ejercicios:
Para los subgrupos de clasificación profesional A1 (Economista y
Pedagogo/a).
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Primer Ejercicio.- De carácter obligatorio y eliminatorio. Hasta un
máximo de 30 puntos.
Consistirá en un cuestionario de 120 preguntas tipo test, con cuatro
respuestas alternativas, una de ellas cierta, relacionadas con el temario Anexo,
y el tiempo de máximo de duración de la prueba será máximo de 140 minutos.
Las preguntas serán claras, concretas y concisas, tendentes a demostrar
los conocimientos del aspirante.
Las respuestas en blanco, erróneas y/o incorrectamente cumplimentadas,
no tendrán ninguna incidencia en la puntuación del ejercicio.
La calificación de este ejercicio será de 0 a 30 puntos, debiendo
obtenerse un mínimo de 15 puntos para superarlo y acceder a la realización del
segundo ejercicio.
Segundo Ejercicio.- De carácter obligatorio y eliminatorio. Hasta una
máximo de 30 puntos.
Consistirá en la realización de un supuesto práctico de entre dos
propuestos por el Órgano Técnico de Selección inmediatamente antes de la
celebración del ejercicio, relacionado con las funciones propias de los puestos
reservados a la categoría convocada y con las materias incluidas en el
programa que figura en el anexo.
El tiempo de duración de la prueba, será determinado por el Órgano
Técnico de Selección inmediatamente antes de empezar la prueba, en función
de la dificultad que represente, con una duración máxima de dos horas y media,
salvo las excepciones señaladas expresamente en las bases específicas.
Este ejercicio será leído en audiencia pública ante el Órgano Técnico de
Selección por el aspirante. La no presentación a la lectura dará lugar a la
exclusión del proceso selectivo.
La calificación de este ejercicio será de 0 a 30 puntos, debiendo
obtenerse un mínimo de 15 puntos para superarlo.
Para
los
subgrupos
de
clasificación
profesional
C1
y
C2
(Administrativo/a, Auxiliar Administrativo y Oficial Mecánico Conductor).
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Ejercicio único.- De carácter obligatorio y eliminatorio. Hasta un
máximo de 60 puntos.
Consistirá en un cuestionario de preguntas de carácter teórico y práctico
tipo test, con cuatro respuestas alternativas, una de ellas cierta, relacionadas
con el temario.
El número de preguntas, relacionadas con el temario Anexo, y el tiempo
de máximo de duración de la prueba vendrá determinado en función de la
clasificación profesional de la plaza:
SUBGRUPO/GRUPO DE
CLASIFICACIÓN
NÚMERO DE
PREGUNTAS
TIEMPO MÀXIMO
(MINUTOS)
C1
60
80
C2
50
70
Las respuestas en blanco, erróneas y/o incorrectamente cumplimentadas,
no tendrán ninguna incidencia en la puntuación del ejercicio.
Las preguntas serán claras, concretas y concisas, tendentes a demostrar
los conocimientos del aspirante.
La calificación de este ejercicio será de 0 a 60 puntos, debiendo
obtenerse un mínimo de 30 puntos para superarlo.
B.- FASE CONCURSO
Hasta un máximo de 40 puntos
1.- Méritos profesionales. Hasta un máximo de 32 puntos.
1.A.
Servicios prestados en la misma plaza o categoría a la que se desea
acceder o en plaza o categoría inmediatamente inferior a la que se desea
acceder, a razón de 0,18 por mes completo trabajado en el Ayuntamiento de
València.
1.B.
Servicios prestados en la misma plaza o categoría a la que se desea
acceder 0,045 por mes completo trabajado en otra Administración Pública.
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de València no tendrán que
ser acreditados por las personas aspirantes, que se limitarán a indicar la