Saltar al contenido
Volver a resultados
AP
Oposición
Libre
Local (ayuntamiento/diputación)

1 plaza de Peón sepulturero

AYUNTAMIENTO ALBATERA·Albatera, Alicante

32 días restantes — finaliza 19/10/2026

Línea temporal

  1. Publicación

    16/09/2026

  2. Fin plazo

    19/10/2026

    en 32d

Requisitos y perfil

Titulación requerida

No se requiere (art

Grupo profesional

AP · Agrupaciones profesionales (certificado escolaridad)

Tipo de acceso

Libre

Tipo de proceso

Oposición

Plazas

1

Plazo

20 días hábiles

Origen y fuentes

Administración

Local (ayuntamiento/diputación)

Fuente principal

BOP Alicante

Algunos datos son aproximados

Hemos inferido tipo de acceso porque la fuente oficial no los explicita. Verifica siempre con el anuncio original.

Texto oficial completo

Butlletí Oficial de la Província d´Alacant edita excma. diputació provincial d´alacant Boletín Oficial de la Provincia de Alicante edita excma. diputación provincial de alicante Nº 176 de 16/09/2026 Pág. 1 6891 / 2026 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO ALBATERA 6891 CONVOCATORIA PROCESO SELECTIVO PARA PROVEER EN PROPIEDAD DE 1 PLAZA DE PEÓN SEPULTURERO, AYUNTAMIENTO DE ALBATERA ANUNCIO CONVOCATORIA PROCESO SELECTIVO PARA PROVEER EN PROPIEDAD DE 1 PLAZA DE PEÓN SEPULTURERO, AYUNTAMIENTO DE ALBATERA: ACCESO LIBRE-OPOSICIÓN-CONCURSO-OEP 2025 Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 07/09/2026 se han aprobado las Bases de selección que a continuación se trascriben, convocando el proceso selectivo, pudiendo los interesados presentar solicitudes por plazo de 20 días hábiles, a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), del anuncio extractado de la presente convocatoria: BASES ESPECIFICAS QUE RIGEN EL PROCESO SELECTIVO DE ACCESO A LA CONDICIÓN DE FUNCIONARIO DE CARRERA DEL AYUNTAMIENTO DE ALBATERA DE UNA (1) PLAZA DE PEÓN SEPULTURERO PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA 1.- El objeto de las Bases especificas es regular la convocatoria del proceso selectivo para el acceso a la condición de funcionario de carrera del Ayuntamiento de Albatera que deriva de la Oferta de Empleo Público del año 2025 (BOPA 19/05/2025), con las siguientes condiciones: Butlletí Oficial de la Província d´Alacant edita excma. diputació provincial d´alacant Boletín Oficial de la Provincia de Alicante edita excma. diputación provincial de alicante Nº 176 de 16/09/2026 Pág. 2 6891 / 2026 Sistema: Acceso Libre, Oposición-Concurso Turno General Plaza/as totales: 1 Plazas por sistema y turno - Plaza: Peón Sepulturero Grupo/Categoría: AP Vinculo: Funcionario 2.- Todo lo no regulado en las presentes bases, se encuentra fijado en las Bases Generales que han de regir los procesos selectivos del personal funcionario de carrera y/o personal laboral fijo del Ayuntamiento de Albatera, que se encuentran publicadas en el B.O.P Alicante de fecha 4/8/2020, y su modificación en 25/9/2025. (Texto Refundido puede ser consultado en Portal de Transparencia – Apartado 10.6.- Planes e instrucciones en materia de recursos humanos). SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Ademas de los requisitos contenidos en el apartado 3 de las Bases Generales, los interesados deberán cumplir los siguientes requisitos específicos: A) Titulación: No se requiere (art.76 TREBEP) B) Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales: No TERCERA.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES 1.- La presentación de solicitudes se ajustará a los plazos, formato, y contenido fijado en el apartado 5 de las Bases Generales. 2.- Tasa: De conformidad con las Bases Generales y la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por concurrencia a las pruebas selectivas para el ingreso de personal (BOPA 1/7/2026) se deberá abonar la siguiente tasa: Grupo Tasa ordinaria Tasa con bonificación AP 30 euros 15 euros Butlletí Oficial de la Província d´Alacant edita excma. diputació provincial d´alacant Boletín Oficial de la Provincia de Alicante edita excma. diputación provincial de alicante Nº 176 de 16/09/2026 Pág. 3 6891 / 2026 El documento justificativo del abono de la tasa deberá acompañar la documentación que se presente junto con la solicitud de participación en el proceso selectivo. CUARTA.- PROCESO SELECTIVO: PRUEBAS SELECTIVAS El proceso selectivo será de concurso - oposición y esta formado por las siguientes fases: Fase 1.- Oposición – 60 PUNTOS Esta Fase consistirá en la realización de las siguientes pruebas: 1º.- Ejercicio – Eliminatorio – 30 PUNTOS Prueba de conocimientos de materias, que consistirá en la superación del siguiente ejercicio, de un ejercicio - cuestionario tipo test: • Consistirá en contestar por escrito, un test de 50 preguntas con cuatro respuestas alternativas de las cuales una sola será la valida y que versará sobre el contenido del programa incluido en el Anexo I de estas Bases y las funciones del puesto de trabajo. • A su vez, se incluirán 5 preguntas reservas. a fin de sustituir y convalidar sucesivamente, según el orden en el que se presenten en el cuestionario, aquellas preguntas que pudieran ser objeto de anulación • El tiempo máximo para el ejercicio es de 60 minutos. • Las preguntas correctas tienen una puntuación de 0,6 puntos. Por cada tres preguntas mal contestadas, se restará una correcta. Las preguntas en blanco, no detraen puntos. Calificación del ejercicio: • Con una puntuación máxima de 30 puntos. Para superar la prueba, será necesario que el aspirante obtenga una puntuación mínima de 15 puntos. Butlletí Oficial de la Província d´Alacant edita excma. diputació provincial d´alacant Boletín Oficial de la Provincia de Alicante edita excma. diputación provincial de alicante Nº 176 de 16/09/2026 Pág. 4 6891 / 2026 2º- Ejercicio – Eliminatorio – 30 PUNTOS Consistirá en uno o varios supuestos prácticos que podrá contener varios apartados y supuestos con una duración máxima de 2 horas, cuyo contenido fijará el Tribunal antes de la realización del ejercicio, referido a las funciones específicas del puesto de trabajo, en relación con el temario anexo. Se tendrá en cuenta lo siguiente: • El Tribunal en la convocatoria de la prueba determinará los medios materiales y/o técnicos que deberán llevar los opositores el día de la prueba. • El ejercicio será corregido directamente por el Tribunal. • En su calificación se valorará fundamentalmente la precisión y el rigor técnico en el planteamiento, exposición y resolución del supuesto práctico planteado. • En el caso de ponerse un supuesto con varios apartados, o varios supuestos prácticos por el Tribunal, deberá indicarse en el ejercicio entregado al opositor la ponderación sobre el total de este ejercicio o la puntuación de cada uno de ellos, y los criterios para la superación del ejercicio. • Los supuestos podrá consistir en una serie de preguntas desglosadas, con respuestas alternativas, donde solo una de ellas podrá ser correcta. Calificación del ejercicio: • Con una puntuación máxima de 30 puntos. Para superar la prueba, será necesario que el aspirante obtenga una puntuación mínima de 15 puntos. Fase 2.- Concurso – 40 PUNTOS La fase de concurso se ajustará a lo fijado en el apartado 8 de las Bases Generales, si bien se aplicará el Baremo contenido en el Anexo II de las presentes bases. Solo accederán a la fase concurso aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición, a los que se les requerirá la presentación de la documentación una vez superada la Fase 1 Fase 3.- Periodo de Practicas - Apto o no apto Butlletí Oficial de la Província d´Alacant edita excma. diputació provincial d´alacant Boletín Oficial de la Provincia de Alicante edita excma. diputación provincial de alicante Nº 176 de 16/09/2026 Pág. 5 6891 / 2026 1.- Se realizará un periodo de practicas de conformidad con el Anexo IV de las Bases Generales, que tendrá una duración de 1 mes. A este periodo, solo accederán el mismo numero de aspirantes que plazas se convocan. El aspirante será nombrado funcionario en practicas durante el plazo que duren estas. La adquisición plena de la condición de funcionario de carrera, quedará supeditada a la superación del citado periodo de practicas. 2.- El período de prácticas será objeto de evaluación y calificación valorándose las siguientes variables: • Cumplimiento de tareas y obligaciones. • Calidad en el trabajo. • Conductas de aprendizaje. • Iniciativa. • Responsabilidad y adaptación. • Conductas de colaboración. • Relaciones con la ciudadanía y colaboradores 3.- Se constituirá una Comisión Evaluadora, que tendrá la misma composición que el órgano técnico de selección, y a su vez, se designará un tutor o responsable de las practicas, que realizará la actividad directa de tutoría, seguimiento y evaluación. 4.- En el plazo máximo de 10 días posteriores al fin del plazo de practicas, el responsable de la unidad administrativa donde se encuentre adscrito el puesto realizará una evaluación relativa al desarrollo de dicho período, cuyo resultado será comunicado a la persona interesada, en caso de ser negativo para la presentación de alegaciones. y a la Comisión evaluadora, que resolverá: apto o no apto. 5.- Esta fase será objeto de desarrollo mediante una Instrucción del órgano de gobierno de manera previa al inicio de estas. 6.- Quedará exentos de realizar el periodo de practicas aquellos aspirantes que acrediten, la existencia de un nombramiento previo, ya de funcionario de carrera, ya en régimen de interinidad en esta u otra Administración Pública, siempre y cuando la plaza/puesto ocupado sea sustancialmente idéntico por un plazo de 1 año. QUINTA.- CONSTITUCIÓN DE BOLSA DE TRABAJO 1.- Se procederá a la constitución de una Bolsa de Trabajo derivada del proceso selectivo respecto a los aspirantes que hubieran superado al menos la primera prueba del proceso selectivo. La Bolsa estará constituida en primer lugar por el grupo de opositores que hubiesen superado el proceso selectivo sin obtener plazas, y en segundo lugar, por el grupo de Butlletí Oficial de la Província d´Alacant edita excma. diputació provincial d´alacant Boletín Oficial de la Provincia de Alicante edita excma. diputación provincial de alicante Nº 176 de 16/09/2026 Pág. 6 6891 / 2026 opositores que que no habiendo superado el proceso selectivo, hubiesen superado al menos una de las pruebas de este. 2.- La Bolsa se regirá por lo fijado en la Base 12 de las Bases Generales (BOP 8/4/2020), y en lo no fijado en ellas, en la Base 11 de las Bases Generales de los procesos selectivos por interinidad y/o constitución de bolsas de trabajo del Ayuntamiento de Albatera ((BOP 13/3/2020, modificadas en BOP 25/9/2025, pudiendo consultar su texto refundido en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento apartado 10.6). 3.- En virtud del principio de cooperación, colaboración y coordinación entre las administraciones Públicas, que la Ley 40/2015 recoge en su art. 3.1.k), así como la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local -LRBRL-, dispone en su art. 57.1, se podrán suscribir convenios de colaboración con otras entidades locales con el fin de poder utilizar/ceder la bolsa de trabajo que a tal efecto se cree tras la finalización del proceso selectivo Asimismo, el participar en el proceso implicará, en principio, el consentimiento para que los datos correspondientes a la Bolsa de Trabajo que se constituya sean compartidos con otros Ayuntamientos de la provincia de Alicante que se hayan suscrito el oportuno convenio colaborador con el Ayuntamiento de Albatera. No obstante lo previsto en el párrafo anterior, el interesado podrá, -en lo relativo a la cesión de la información de la Bolsa de Trabajo que le afecta-, ejercitar el derecho a la limitación del tratamiento de sus datos, en consonancia con lo preceptuado por el artículo 16 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. SEXTA.- RÉGIMEN DE ALEGACIONES Y RECURSOS. 1.- El régimen de alegaciones y recursos frente a los actos del Tribunal es el fijado en la Base 14 de las Bases Generales, sin perjuicio de aquellos otros apartados de las mismas en los que se contienen aspectos reguladores del régimen. Butlletí Oficial de la Província d´Alacant edita excma. diputació provincial d´alacant Boletín Oficial de la Provincia de Alicante edita excma. diputación provincial de alicante Nº 176 de 16/09/2026 Pág. 7 6891 / 2026 2.- La convocatoria, y las presentes Bases especificas, y cuantos actos administrativos se deriven de estas, agotan la vía administrativa, pudiendo los/as interesados/as interponer recurso potestativo de reposición ante la Presidencia de la Corporación en el plazo de un mes, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Elche, conforme a lo dispuesto en el artículo 114.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y el articulo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contado en ambos supuestos desde el día siguiente al de su publicación. En Albatera, en la fecha al margen (DOCUMENTO FIRMADO ELECTRONICAMENTE) LA ALCALDESA Fdo. Ana I. Serna García Butlletí Oficial de la Província d´Alacant edita excma. diputació provincial d´alacant Boletín Oficial de la Provincia de Alicante edita excma. diputación provincial de alicante Nº 176 de 16/09/2026 Pág. 8 6891 / 2026 ANEXO I.- TEMARIO TEMA 1.‐ La Constitución española de 1978. Principios generales. Derechos y libertades fundamentales de los españoles. La Corona. Las Cortes Generales. El gobierno y la administración. El poder judicial. TEMA 2.‐ Organización territorial del estado. Los estatutos de autonomía. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. Principios generales y su organización. TEMA 3.- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. Disposiciones generales: El Municipio: territorio y población, organización y competencias. TEMA 4.- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos y deberes. El régimen disciplinario. TEMA 5.- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Disposiciones generales. De los interesados en el procedimiento. De la actividad de las Administraciones Públicas. De los actos administrativos. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común TEMA 6.- Decreto 39/2005, de 25 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las prácticas de policía sanitaria mortuoria en el ámbito de la Comunidad Valenciana. TEMA 7.- Conceptos generales de albañilería. Tipos de materiales. Herramientas: Tipos, uso y mantenimiento. Principales reparaciones de albañilería. Revestimientos, solados y alicatados: Clases y medios auxiliares para su ejecución. TEMA 8.- Conceptos generales de fontanería, instalaciones de agua potable en los edificios. Materiales y herramientas. Mantenimiento de instalaciones y reparación de averías en tuberías, desagües, grifos y llaves de paso. Ruidos en instalaciones. TEMA 9.- Conceptos generales de redes de saneamiento y evacuación. Materiales y herramientas. Mantenimiento y reparación de averías más frecuentes. TEMA 10.- Conceptos generales de jardinería y sistemas de riego. Maquinaria y herramientas. Trabajos básicos de jardinería y pequeñas reparaciones. TEMA 11.- Herramientas y maquinaria empleada en los enterramientos: Carretillas elevadoras. El trabajo en altura: escaleras, andamios y plataformas elevadoras. TEMA 12.- Seguridad e higiene en el trabajo: normativa aplicable, y conceptos básicos. Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales. Protección individual: Equipos de protección individual. Obligaciones del empresario. Obligaciones del trabajador. Utilización y mantenimiento de los E.P.I, especialmente los relacionados con el trabajo de inhumaciones, exhumaciones, reducción y traslado de restos. TEMA 13.- Marco normativo en materia de Igualdad efectiva de mujeres y hombres; Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, Butlletí Oficial de la Província d´Alacant edita excma. diputació provincial d´alacant Boletín Oficial de la Provincia de Alicante edita excma. diputación provincial de alicante Nº 176 de 16/09/2026 Pág. 9 6891 / 2026 y Ley 9/2003, de 2 de abril, para la igualdad entre mujeres y hombres de la Comunidad Valenciana. TEMA 14.- Habilidades de comunicación. El trabajo en equipo. La integración en un equipo de trabajo. Administración del tiempo. Gestión y resolución de conflictos. Los conocimientos exigidos relativos a normas jurídicas, harán referencia a las vigentes a la fecha en que se realice el ejercicio correspondiente. Butlletí Oficial de la Província d´Alacant edita excma. diputació provincial d´alacant Boletín Oficial de la Provincia de Alicante edita excma. diputación provincial de alicante Nº 176 de 16/09/2026 Pág. 10 6891 / 2026 ANEXO II.- BAREMO DE CONCURSO El baremo de méritos a valorar se detalla a continuación: A.-Experiencia profesional, hasta un máximo de 20 puntos: La experiencia profesional / laboral debidamente acreditada,se valorará hasta un máximo de 20 puntos, conforme a la siguiente distribución: a.1) Por cada mes completo de servicios en la Administraciones Públicas y sus Organismos Autónomos sujetos a derecho administrativo, prestados en puestos de igual o similar categoría y naturaleza al de la plaza convocada: 0,20 puntos a.2) Por cada mes completo de servicios en cualquier Organismo Público no contemplado anteriormente o empresa privada, prestados en puestos de igual o similar categoría y naturaleza al de la plaza convocada: 0,09 puntos. A estos efectos, se tendrá en cuenta lo siguiente: • La acreditación de la experiencia en el sector público, se realizará mediante certificado de servicios previo, actas de toma de posesión, o acto administrativo de nombramiento, o en caso, de ser laboral, mediante contrato de trabajo. • El resto de casos, la acreditación se realizará mediante el contrato de trabajo, si bien, también se podrá presentar nominas, o certificado de empresa según modelo oficial , siempre y cuando quede acreditada la categoría profesional. • Se deberá presentar en todo caso de informe de vida laboral expedido por la Seguridad Social, que se tendrá en consideración a los efectos del computo de días, % de jornada, y categoría profesional. • A los efectos del aplicación de la formula, se calculará teniendo en cuenta que un mes son 30 días. B.- Méritos académicos y formación hasta un máximo de 16 puntos: b.1) Titulación académica- Máximo 4 punto
Premium

Guía de estudio con IA

Temario orientativo, plan de estudio y preguntas tipo generadas a partir de esta convocatoria.

Temario probable
Plan de estudio
Bibliografía sugerida
Preguntas ejemplo

Inicia sesión para continuar

Iniciar sesión
Premium

Pregúntale a la IA

Pregunta sobre el temario del informe generado. Hasta 10 preguntas.

Inicia sesión para preguntar

Iniciar sesión

Convocatorias similares

Todas las oposiciones en AlbateraTodas las oposiciones en AlicanteGuía: Oposiciones de Conserje en la Comunitat Valenciana