Volver a resultadosTodas las oposiciones en AlbateraTodas las oposiciones en AlicanteGuía: Oposiciones de Conserje en la Comunitat Valenciana
AP
Oposición
Libre
Local (ayuntamiento/diputación)
1 plaza de Peón sepulturero
AYUNTAMIENTO ALBATERA·Albatera, Alicante
32 días restantes — finaliza 19/10/2026
Línea temporal
Publicación
16/09/2026
Fin plazo
19/10/2026
en 32d
Requisitos y perfil
Titulación requerida
No se requiere (art
Grupo profesional
AP · Agrupaciones profesionales (certificado escolaridad)
Tipo de acceso
Libre
Tipo de proceso
Oposición
Plazas
1
Plazo
20 días hábiles
Origen y fuentes
Administración
Local (ayuntamiento/diputación)
Fuente principal
BOP Alicante
Algunos datos son aproximados
Hemos inferido tipo de acceso porque la fuente oficial no los explicita. Verifica siempre con el anuncio original.
Texto oficial completo
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO ALBATERA
6891 CONVOCATORIA PROCESO SELECTIVO PARA PROVEER EN PROPIEDAD DE 1 PLAZA DE PEÓN
SEPULTURERO, AYUNTAMIENTO DE ALBATERA
ANUNCIO CONVOCATORIA PROCESO SELECTIVO PARA PROVEER EN
PROPIEDAD DE 1 PLAZA DE PEÓN SEPULTURERO, AYUNTAMIENTO DE
ALBATERA: ACCESO LIBRE-OPOSICIÓN-CONCURSO-OEP 2025
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 07/09/2026 se han aprobado las
Bases de selección que a continuación se trascriben, convocando el proceso selectivo,
pudiendo los interesados presentar solicitudes por plazo de 20 días hábiles, a partir de
la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), del anuncio extractado de la
presente convocatoria:
BASES ESPECIFICAS QUE RIGEN EL PROCESO SELECTIVO DE ACCESO A LA
CONDICIÓN DE FUNCIONARIO DE CARRERA DEL AYUNTAMIENTO DE
ALBATERA DE
UNA (1) PLAZA DE PEÓN SEPULTURERO
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA
1.- El objeto de las Bases especificas es regular la convocatoria del proceso selectivo
para el acceso a la condición de funcionario de carrera del Ayuntamiento de Albatera
que deriva de la Oferta de Empleo Público del año 2025 (BOPA 19/05/2025), con las
siguientes condiciones:
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Sistema:
Acceso Libre, Oposición-Concurso
Turno
General
Plaza/as totales:
1
Plazas por
sistema y turno
-
Plaza:
Peón Sepulturero
Grupo/Categoría: AP
Vinculo:
Funcionario
2.- Todo lo no regulado en las presentes bases, se encuentra fijado en las Bases
Generales que han de regir los procesos selectivos del personal funcionario de carrera
y/o personal laboral fijo del Ayuntamiento de Albatera, que se encuentran publicadas
en el B.O.P Alicante de fecha 4/8/2020, y su modificación en 25/9/2025. (Texto
Refundido puede ser consultado en Portal de Transparencia – Apartado 10.6.- Planes
e instrucciones en materia de recursos humanos).
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
Ademas de los requisitos contenidos en el apartado 3 de las Bases Generales, los
interesados deberán cumplir los siguientes requisitos específicos:
A) Titulación: No se requiere (art.76 TREBEP)
B) Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales: No
TERCERA.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
1.- La presentación de solicitudes se ajustará a los plazos, formato, y contenido fijado
en el apartado 5 de las Bases Generales.
2.- Tasa:
De conformidad con las Bases Generales y la Ordenanza Fiscal Reguladora de la
Tasa por concurrencia a las pruebas selectivas para el ingreso de personal (BOPA
1/7/2026) se deberá abonar la siguiente tasa:
Grupo
Tasa ordinaria
Tasa con bonificación
AP
30 euros
15 euros
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El documento justificativo del abono de la tasa deberá acompañar la documentación
que se presente junto con la solicitud de participación en el proceso selectivo.
CUARTA.- PROCESO SELECTIVO: PRUEBAS SELECTIVAS
El proceso selectivo será de concurso - oposición y esta formado por las siguientes
fases:
Fase 1.- Oposición – 60 PUNTOS
Esta Fase consistirá en la realización de las siguientes pruebas:
1º.- Ejercicio – Eliminatorio – 30 PUNTOS
Prueba de conocimientos de materias, que consistirá en la superación del siguiente
ejercicio, de un ejercicio - cuestionario tipo test:
•
Consistirá en contestar por escrito, un test de 50 preguntas con cuatro
respuestas alternativas de las cuales una sola será la valida y que versará
sobre el contenido del programa incluido en el Anexo I de estas Bases y las
funciones del puesto de trabajo.
•
A su vez, se incluirán 5 preguntas reservas. a fin de sustituir y convalidar
sucesivamente, según el orden en el que se presenten en el cuestionario,
aquellas preguntas que pudieran ser objeto de anulación
•
El tiempo máximo para el ejercicio es de 60 minutos.
•
Las preguntas correctas tienen una puntuación de 0,6 puntos. Por cada tres
preguntas mal contestadas, se restará una correcta. Las preguntas en blanco,
no detraen puntos.
Calificación del ejercicio:
•
Con una puntuación máxima de 30 puntos. Para superar la prueba, será
necesario que el aspirante obtenga una puntuación mínima de 15 puntos.
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2º- Ejercicio – Eliminatorio – 30 PUNTOS
Consistirá en uno o varios supuestos prácticos que podrá contener varios apartados y
supuestos con una duración máxima de 2 horas, cuyo contenido fijará el Tribunal
antes de la realización del ejercicio, referido a las funciones específicas del puesto de
trabajo, en relación con el temario anexo. Se tendrá en cuenta lo siguiente:
•
El Tribunal en la convocatoria de la prueba determinará los medios materiales
y/o técnicos que deberán llevar los opositores el día de la prueba.
•
El ejercicio será corregido directamente por el Tribunal.
•
En su calificación se valorará fundamentalmente la precisión y el rigor técnico
en el planteamiento, exposición y resolución del supuesto práctico planteado.
•
En el caso de ponerse un supuesto con varios apartados, o varios supuestos
prácticos por el Tribunal, deberá indicarse en el ejercicio entregado al opositor
la ponderación sobre el total de este ejercicio o la puntuación de cada uno de
ellos, y los criterios para la superación del ejercicio.
•
Los supuestos podrá consistir en una serie de preguntas desglosadas, con
respuestas alternativas, donde solo una de ellas podrá ser correcta.
Calificación del ejercicio:
•
Con una puntuación máxima de 30 puntos. Para superar la prueba, será
necesario que el aspirante obtenga una puntuación mínima de 15 puntos.
Fase 2.- Concurso – 40 PUNTOS
La fase de concurso se ajustará a lo fijado en el apartado 8 de las Bases Generales, si
bien se aplicará el Baremo contenido en el Anexo II de las presentes bases.
Solo accederán a la fase concurso aquellos aspirantes que hayan superado la fase de
oposición, a los que se les requerirá la presentación de la documentación una vez
superada la Fase 1
Fase 3.- Periodo de Practicas - Apto o no apto
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1.- Se realizará un periodo de practicas de conformidad con el Anexo IV de las Bases
Generales, que tendrá una duración de 1 mes. A este periodo, solo accederán el
mismo numero de aspirantes que plazas se convocan.
El aspirante será nombrado funcionario en practicas durante el plazo que duren estas.
La adquisición plena de la condición de funcionario de carrera, quedará supeditada a
la superación del citado periodo de practicas.
2.- El período de prácticas será objeto de evaluación y calificación valorándose las
siguientes variables:
•
Cumplimiento de tareas y obligaciones.
•
Calidad en el trabajo.
•
Conductas de aprendizaje.
•
Iniciativa.
•
Responsabilidad y adaptación.
•
Conductas de colaboración.
•
Relaciones con la ciudadanía y colaboradores
3.- Se constituirá una Comisión Evaluadora, que tendrá la misma composición que el
órgano técnico de selección, y a su vez, se designará un tutor o responsable de las
practicas, que realizará la actividad directa de tutoría, seguimiento y evaluación.
4.- En el plazo máximo de 10 días posteriores al fin del plazo de practicas, el
responsable de la unidad administrativa donde se encuentre adscrito el puesto
realizará una evaluación relativa al desarrollo de dicho período, cuyo resultado será
comunicado a la persona interesada, en caso de ser negativo para la presentación de
alegaciones. y a la Comisión evaluadora, que resolverá: apto o no apto.
5.- Esta fase será objeto de desarrollo mediante una Instrucción del órgano de
gobierno de manera previa al inicio de estas.
6.- Quedará exentos de realizar el periodo de practicas aquellos aspirantes que
acrediten, la existencia de un nombramiento previo, ya de funcionario de carrera, ya en
régimen de interinidad en esta u otra Administración Pública, siempre y cuando la
plaza/puesto ocupado sea sustancialmente idéntico por un plazo de 1 año.
QUINTA.- CONSTITUCIÓN DE BOLSA DE TRABAJO
1.- Se procederá a la constitución de una Bolsa de Trabajo derivada del proceso
selectivo respecto a los aspirantes que hubieran superado al menos la primera prueba
del proceso selectivo.
La Bolsa estará constituida en primer lugar por el grupo de opositores que hubiesen
superado el proceso selectivo sin obtener plazas, y en segundo lugar, por el grupo de
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opositores que que no habiendo superado el proceso selectivo, hubiesen superado al
menos una de las pruebas de este.
2.- La Bolsa se regirá por lo fijado en la Base 12 de las Bases Generales (BOP
8/4/2020), y en lo no fijado en ellas, en la Base 11 de las Bases Generales de los
procesos selectivos por interinidad y/o constitución de bolsas de trabajo del
Ayuntamiento de Albatera ((BOP 13/3/2020, modificadas en BOP 25/9/2025, pudiendo
consultar su texto refundido en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento apartado
10.6).
3.- En virtud del principio de cooperación, colaboración y coordinación entre las
administraciones Públicas, que la Ley 40/2015 recoge en su art. 3.1.k), así como la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local -LRBRL-,
dispone en su art. 57.1, se podrán suscribir convenios de colaboración con otras
entidades locales con el fin de poder utilizar/ceder la bolsa de trabajo que a tal efecto
se cree tras la finalización del proceso selectivo
Asimismo, el participar en el proceso implicará, en principio, el consentimiento para
que los datos correspondientes a la Bolsa de Trabajo que se constituya sean
compartidos con otros Ayuntamientos de la provincia de Alicante que se hayan
suscrito el oportuno convenio colaborador con el Ayuntamiento de Albatera.
No obstante lo previsto en el párrafo anterior, el interesado podrá, -en lo relativo a la
cesión de la información de la Bolsa de Trabajo que le afecta-, ejercitar el derecho a la
limitación del tratamiento de sus datos, en consonancia con lo preceptuado por el
artículo 16 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales.
SEXTA.- RÉGIMEN DE ALEGACIONES Y RECURSOS.
1.- El régimen de alegaciones y recursos frente a los actos del Tribunal es el fijado en
la Base 14 de las Bases Generales, sin perjuicio de aquellos otros apartados de las
mismas en los que se contienen aspectos reguladores del régimen.
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2.- La convocatoria, y las presentes Bases especificas, y cuantos actos
administrativos se deriven de estas, agotan la vía administrativa, pudiendo los/as
interesados/as interponer recurso potestativo de reposición ante la Presidencia de la
Corporación en el plazo de un mes, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y
124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses ante el el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Elche, conforme a lo
dispuesto en el artículo 114.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y el articulo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
contado en ambos supuestos desde el día siguiente al de su publicación.
En Albatera, en la fecha al margen
(DOCUMENTO FIRMADO ELECTRONICAMENTE)
LA ALCALDESA
Fdo. Ana I. Serna García
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ANEXO I.- TEMARIO
TEMA 1.‐ La Constitución española de 1978. Principios generales. Derechos y
libertades fundamentales de los españoles. La Corona. Las Cortes Generales. El
gobierno y la administración. El poder judicial.
TEMA 2.‐ Organización territorial del estado. Los estatutos de autonomía. Especial
referencia al Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. Principios generales
y su organización.
TEMA 3.- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Disposiciones generales: El Municipio: territorio y población, organización y
competencias.
TEMA 4.- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Personal al
servicio de las Administraciones Públicas. Derechos y deberes. El régimen
disciplinario.
TEMA 5.- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas. Disposiciones generales. De los interesados en el
procedimiento. De la actividad de las Administraciones Públicas. De los actos
administrativos. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común
TEMA 6.- Decreto 39/2005, de 25 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que
se aprueba el Reglamento por el que se regulan las prácticas de policía sanitaria
mortuoria en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
TEMA 7.- Conceptos generales de albañilería. Tipos de materiales. Herramientas:
Tipos, uso y mantenimiento. Principales reparaciones de albañilería. Revestimientos,
solados y alicatados: Clases y medios auxiliares para su ejecución.
TEMA 8.- Conceptos generales de fontanería, instalaciones de agua potable en los
edificios. Materiales y herramientas. Mantenimiento de instalaciones y reparación de
averías en tuberías, desagües, grifos y llaves de paso. Ruidos en instalaciones.
TEMA 9.- Conceptos generales de redes de saneamiento y evacuación. Materiales y
herramientas. Mantenimiento y reparación de averías más frecuentes.
TEMA 10.- Conceptos generales de jardinería y sistemas de riego. Maquinaria y
herramientas. Trabajos básicos de jardinería y pequeñas reparaciones.
TEMA 11.- Herramientas y maquinaria empleada en los enterramientos: Carretillas
elevadoras. El trabajo en altura: escaleras, andamios y plataformas elevadoras.
TEMA 12.- Seguridad e higiene en el trabajo: normativa aplicable, y conceptos
básicos. Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos
laborales. Protección individual: Equipos de protección individual. Obligaciones del
empresario. Obligaciones del trabajador. Utilización y mantenimiento de los E.P.I,
especialmente los relacionados con el trabajo de inhumaciones, exhumaciones,
reducción y traslado de restos.
TEMA 13.- Marco normativo en materia de Igualdad efectiva de mujeres y hombres;
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres,
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y Ley 9/2003, de 2 de abril, para la igualdad entre mujeres y hombres de la Comunidad
Valenciana.
TEMA 14.- Habilidades de comunicación. El trabajo en equipo. La integración en un
equipo de trabajo. Administración del tiempo. Gestión y resolución de conflictos.
Los conocimientos exigidos relativos a normas jurídicas, harán referencia a las
vigentes a la fecha en que se realice el ejercicio correspondiente.
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ANEXO II.- BAREMO DE CONCURSO
El baremo de méritos a valorar se detalla a continuación:
A.-Experiencia profesional, hasta un máximo de 20 puntos:
La experiencia profesional / laboral debidamente acreditada,se valorará hasta un máximo
de 20 puntos, conforme a la siguiente distribución:
a.1) Por cada mes completo de servicios en la Administraciones Públicas y sus
Organismos Autónomos sujetos a derecho administrativo, prestados en puestos de igual o
similar categoría y naturaleza al de la plaza convocada: 0,20 puntos
a.2) Por cada mes completo de servicios en cualquier Organismo Público no contemplado
anteriormente o empresa privada, prestados en puestos de igual o similar categoría y
naturaleza al de la plaza convocada: 0,09 puntos.
A estos efectos, se tendrá en cuenta lo siguiente:
•
La acreditación de la experiencia en el sector público, se realizará mediante
certificado de servicios previo, actas de toma de posesión, o acto administrativo de
nombramiento, o en caso, de ser laboral, mediante contrato de trabajo.
•
El resto de casos, la acreditación se realizará mediante el contrato de trabajo, si
bien, también se podrá presentar nominas, o certificado de empresa según modelo
oficial , siempre y cuando quede acreditada la categoría profesional.
•
Se deberá presentar en todo caso de informe de vida laboral expedido por la
Seguridad Social, que se tendrá en consideración a los efectos del computo de
días, % de jornada, y categoría profesional.
•
A los efectos del aplicación de la formula, se calculará teniendo en cuenta que un
mes son 30 días.
B.- Méritos académicos y formación hasta un máximo de 16 puntos:
b.1) Titulación académica- Máximo 4 punto
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Guía de estudio con IA
Temario orientativo, plan de estudio y preguntas tipo generadas a partir de esta convocatoria.
Temario probable
Plan de estudio
Bibliografía sugerida
Preguntas ejemplo
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