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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO ORBA
6352 BASES Y CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE UN PUESTO DE PROFESOR DE GUITARRA EN LA
ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA
BASES PARA LA PROVISIÓN DE UN PUESTO DE PROFESOR DE GUITARRA LA
ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA DE ORBA.
GUITARRA
1ª.- Es objeto de estas Bases la selección, mediante el sistema concurso de
méritos de un Profesor de GUITARRA para la Escuela Municipal de Música de
Orba.
El objeto de estas bases es seleccionar personal laboral temporal para cubrir
temporalmente hasta la cobertura definitiva los siguientes puestos de trabajo
vacantes en la relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Orba:
PROFESOR DE GUITARRA de la Escuela Municipal de Orba.
La modalidad contractual es la de personal laboral fijo discontinuo, con la finalidad de
dar cobertura al curso escolar 2026-2027, si bien el límite temporal del contrato será
hasta la cobertura definitiva del puesto de trabajo y siempre con el límite legal de tres
años como máximo.
2ª.- Profesorado
La especialidad instrumental que se requiere es la de GUITARRA.
3ª.- Objeto
- Hacerse cargo de las necesidades finales de la Escuela de Música y aquellas que
designe el Director de la misma.
- Participar en las actividades y audiciones programadas por la Escola de Música.
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4ª.- Requisitos.
Para poder ser admitidos, los aspirantes deberán reunir en la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes, todos y cada uno de los siguientes requisitos:
1- Ser ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea
2- Tener cumplidos 18 años de edad en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
3- No padecer enfermedad ni defecto físico que impide el normal desarrollo de las
actividades propias del objeto del contrato
4- No hallarse culpable en causa de incapacidad o incompatibilidad, ni haber sido
separado mediante expediente disciplinario de cualquier Administración Pública, ni
hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
5- Estar en posesión del Título de profesor (Plan 1966), Título profesional (Plan de
1992) en la especialidad de guitarra o título superior de guitarra.
6- Haber realizado el pago de la tasa, conforme a la ordenanza vigente, a la siguiente
cuenta bancaria: BANC SABADELL ES30 0081 1052 2900 0102 1309.
Los aspirantes que resulten seleccionados tendrán que reunir también los requisitos
exigidos en el momento de ser contratados
5 ª.- Instancias y plazos de presentación
Las instancias en las que se solicite tomar parte en el proceso selectivo se
presentarán, siguiendo el modelo del anexo, en un plazo de DIEZ días hábiles desde
el día siguiente al de la inserción del extracto de la convocatoria en el BOP, mostrador
electrónico y físico del Ayuntamiento.
Las instancias, en las que los aspirantes deberán indicar que reúnen todos y cada uno
de los requisitos para participar en las pruebas de selección en la fecha de finalización
del plazo de presentación de las mismas, se presentarán en el Registro General del
Ayuntamiento, situado en C/ Bonaire número 12. Y por cualquiera de las formas
admitidas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común
de las administraciones públicas.
Junto con la instancia se presentará:
Currículum vitae, Título mínimo exigido en la convocatoria, fotocopia del D.N.I,
Proyecto educativo y metodología (Base 9.1),
Experiencia laboral (Base 9.2.a) y Méritos académicos (Base 9.2.b).
Documentación acreditativa de los méritos alegados.
Expirado el plazo de presentación de instancias no será posible entregar
documentación adicional alguna, salvo aquella necesaria para la subsanación de
posibles errores materiales siempre que la comisión de baremación lo demande.
6ª.- Procedimiento de selección de aspirantes.
Acabado el plazo de presentación de instancias, se aprobará la lista provisional de
aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el Tablón de anuncios del
Ayuntamiento, concediéndose un plazo de cinco días hábiles para la presentación de
reclamaciones.
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Resueltas las reclamaciones presentadas, se aprobará la lista definitiva de aspirantes
que se dará a conocer, junto con el calendario de valoración y composición de la
Comisión de Valoración, mediante Decreto de Alcaldía, en la sede electrónica del
Ayuntamiento y en el tablón de anuncios.
7ª.- Comisión de Valoración
La comisión de valoración estará integrada por los siguientes miembros:
PRESIDENTE
Miguel Torrens Escrivá
VOCALES
Manuel Olivencia Moreno
Vicent Mut Abellán
Berta Balaguer Mora
SECRETARIO/A
Mª Ángeles Romero Castelló
Los miembros de la Comisión tendrán que abstenerse de formar parte de la misma y
de intervenir, cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 23 de la Ley
40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, notificándolo a la autoridad
convocante. Los aspirantes podrán recusarlos.
La Comisión no podrá constituirse, ni actuar, sin la asistencia de más de la mitad de
sus miembros, siendo necesaria la presencia del Presidente y Secretario. Las
decisiones se adoptarán por mayoría.
Podrán designarse suplentes que actuarán indistintamente con sus titulares.
La Comisión resolverá, por mayoría de votos de sus miembros presentes, todas las
dudas y propuestas que surgen para la aplicación de las normas contenidas en estas
Bases, y estará facultado para resolver las cuestiones que puedan suscitarse durante
la realización del proceso selectivo, así como adoptar las medidas necesarias para
garantizar el debido orden en las mismas.
Contra las resoluciones y acuerdos definitivos, y contra los actos de trámite que
impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, podrá interponer recurso
administrativo ordinario ante la autoridad que haya nombrado su presidente.
8ª.- Celebración del proceso selectivo.
La fecha, hora y lugar de celebración del proceso selectivo se anunciará
oportunamente en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en la Sede Electrónica
del Ayuntamiento.
9ª.- Procedimiento de selección.
El sistema de selección es concurso de méritos, se realizará valorando en el siguiente
orden los siguientes apartados:
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1. VALORACIÓN DE MÉRITOS
a) Formación: hasta un máximo de 40 puntos [supondrán como mínimo un 40% de la
valoración de la fase de concurso]
Titulaciones. Máximo 5 puntos.
Se valorará la posesión de titulaciones
académicas oficiales iguales o superiores a la
exigida en la convocatoria para su acceso al
cuerpo o escala en que está clasificado el
puesto objeto de la convocatoria. No se
valorarán aquellas titulaciones que sean
requisito para acceder a dicho cuerpo o escala.
- Ciclos formativos grado superior: 4 puntos.
-Diplomado universitario o equivalente: 5,00
puntos.
- Grado o equivalente: 5,00 puntos.
-Licenciado universitario o equivalente: 5,00
puntos.
- Master o equivalente: 5,00 puntos.
- Doctorado: 5,00 puntos.
Formación específica. Máximo 20,00 puntos. Se valorarán aquellos cursos de formación y
perfeccionamiento que hayan sido realizados
con posterioridad al 1 de enero de 2005 y
tengan relación con el puesto convocado.
Se valorará a razón de 0,10 puntos por hora de
curso.
Los justificantes de la formación que se
aporten deberán recoger específicamente las
horas realizadas.
En otro caso, no serán tenidas en cuenta por el
tribunal.
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Superación de algún proceso selectivo
previo. Máximo 10,00 puntos.
En este apartado se tendrán en cuenta
aquellos
procesos
selectivos
superados
completamente para una plaza igual a la
ofertada, destinados a cubrir en propiedad o
de manera temporal una plaza, así como los
procesos selectivos superados completamente
para la creación de una bolsa de trabajo.
La valoración será la siguiente:
- Haber superado completamente un proceso
selectivo para una plaza igual a la plaza objeto
de la convocatoria en
en cualquier administración local habiendo
obtenido o no plaza: 10,00 puntos, con un
máximo de 10 puntos.
Valenciano. Máximo 5,00 puntos
Se valorará el conocimiento del valenciano
siempre que se acredite estar en posesión del
certificado expedido u homologado por la
Junta Qualificadora de Coneixements de
Valencià, o de la Escuela Oficial de Idiomas o
de
la
Comissió
Interuniversitària
d’Estandardització
d’Acreditacions
de
Coneixements de Valencià (CIEACOVA), con
arreglo a la siguiente escala: Titulación A2:
1,00 puntos.
Titulación B1: 2,00 puntos.
Titulación B2: 3,00 puntos.
Titulación C1: 4,00 puntos.
Titulación C2: 5,00 puntos.
En caso de poseer más de un certificado de
conocimiento del valenciano, sólo se valorará
el de nivel superior.
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b) Experiencia: [no podrán superar más de un 60% del total de la puntuación máxima] Se
valorarán los servicios prestados en la Administración Pública, como funcionario interino o
personal laboral temporal, en la misma plaza o categoría a la que se desea acceder y con
funciones correspondientes a las del mismo cuerpo, escala o agrupación profesional
convocado, con la siguiente valoración:
- 0.40 puntos por cada mes completo (no
valorándose
la
fracción)
de
servicios
prestados en cualquier administración local
como personal docente de escuela de música
o conservatorio.
- 0.04 puntos por cada mes completo (no
valorándose la fracción) de servicios en la
empresa privada en servicio de personal
docente de escuela de música homologada
oficialmente.
La calificación definitiva vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en los apartados anteriores.
En caso de empate éste se resolverá a favor del aspirante que haya obtenido mayor
puntuación en el apartado de experiencia y de continuar éste, el aspirante que haya
obtenido mayor puntuación en el apartado de formación.
10.- Relación de aprobados
Terminada la calificación de los aspirantes, la comisión hará pública la relación de
aprobados y orden de puntuación. Esta relación se elevará al Presidente de la
Corporación, junto con el acta de la sesión, para que efectúe el nombramiento a favor
del aspirante que hubiera obtenido el primer puesto, y el resto de aprobados como lista
de reserva por el correspondiente orden de puntuación.
Dado el tipo de servicio a realizar y la imposibilidad de prescindir del mismo, si por
cualquier causa se produjera vacante del aspirante seleccionado, se procederá a
nombrar al siguiente de la lista.
11ª.- Documentación
Los aspirantes propuestos presentarán en la Secretaría General de la Corporación, en
el plazo de cinco días, la siguiente documentación:
- Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de ninguna de las administraciones públicas, ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
- Quienes no presenten la documentación dentro del plazo señalado, salvo causa de
fuerza mayor, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones,
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procediendo al nombramiento del siguiente aspirante por orden de puntuación. Si
ninguno de los aspirantes reuniera los requisitos exigidos, la plaza quedará vacante.
12ª.- La convocatoria, las bases y todos los actos administrativos que se deriven de la
misma y de la actuación de la Comisión de Valoración podrán ser impugnados por los
interesados en los casos, y en la forma que prevé la Ley 39/2015 de procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas.
EL ALCALDE PRESIDENTE
Documento firmado electrónicamente
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INSTANCIA PARA PARTICIPAR EN PROCESO SELECTIVO
I PROCESO SELECTIVO
NOMBRE DE LA PLAZA: AÑO OFERTA EMPLEO
PÚBLICO:
CONVOCADO EN BOP Nº FECHA PUBLICACIÓN:
II DATOS PERSONALES
Apellidos ____________________________________________Nombre_________________________ DNI
___________________
Domicilio ____________________________________________________________________________
Teléfono 1_____________________ Teléfono 2______________________
Email _________________________________
MEDIO PREFERENTE DE NOTIFICACIÓN:
Medios electrónicos: notificación telemática
Notificación en el domicilio indicado
Si selecciona la opción de medios electrónicos, se utilizará este medio para cualquier comunicación o
notificación relacionada con esta solicitud y las notificaciones se considerarán realizadas en debida forma y
surtirán los efectos que correspondan, hasta que comunique de forma expresa que se practiquen las
notificaciones a través del domicilio postal
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III.- HAGO CONSTAR.-
•
Que se ha efectuado el abono de la cantidad de _______ euros correspondientes en
concepto de “derechos de examen”, acompañándose a la solicitud el resguardo
acreditativo del citado abono.
•
Condiciones de discapacidad
NO reúno la condición de discapacidad
SÍ reúno la condición de discapacidad con un grado de minusvalía de_______%
•
Se aporta certificado de discapacidad
•
Se solicita
adaptación de tiempo
adaptación de medios
IV.- DECLARA. -
Que son ciertos todos y cada uno de los datos consignados en esta solicitud,
Que reúne los requisitos exigidos en la presente Convocatoria.
V.- SOLICITA. -
Ser admitido/a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia.
ORBA, ______ / __________________ / _________.
(Firma)
Los datos consignados en esta instancia se tratan de forma automatizada y se recogen
confidencialmente en los archivos del Ayuntamiento de Orba, para ser utilizados en el proceso
de selección al que se presenta. Los afectados podrán dirigirse al Ayuntamiento de Orba, para
ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, según lo dispuesto en
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales.
Delegado de protección de datos. Unive Servicios Jurídicos.
ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE ORBA