Núm. 10411 / 23.07.2026
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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A) OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO, OPOSICIONES Y CONCURSOS
Conselleria de Justicia, Transparencia y Participación
RESOLUCIÓN de 6 de julio de 2026, de la Dirección General de Justicia y Autogobierno, por la que se otorgan destinos a
los funcionarios del cuerpo de médicos forenses que superaron el proceso selectivo convocado por Orden PJC/1446/2024,
de 10 de diciembre.
De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Reglamento de ingreso, provisión de puestos de
trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de justicia, aprobado por Real
decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, esta Dirección General de Justicia y Autogobierno ha resuelto adjudicar destinos en
los órganos que se relacionan en anexo a los integrantes del cuerpo de médicos forenses nombrados funcionarios de carrera
por Orden de 6 de julio de 2026 teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero
Los funcionarios del cuerpo de médicos forenses a los que se les otorga destino en esta resolución deberán tomar
posesión ante el responsable del órgano de destino en el plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la
publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado y en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de
acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado Reglamento y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Segundo
Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados
cesarán el día anterior a aquél en que se produzca la toma de posesión del titular.
Tercero
En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la administración pública
(Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas),
aplicable al personal al servicio de la Administración de justicia en virtud del artículo 498 de la Ley orgánica 6/1985, de
1 de julio, del poder judicial, aquellos participantes que ostenten ya la condición de funcionarios de carrera deberán
manifestar su opción en el acta de toma de posesión.
Cuarto
Los funcionarios del cuerpo de médicos forenses a los que se otorga destino en virtud de esta resolución no podrán
participar en concurso de traslados hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta resolución. Para el cómputo de los
dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley orgánica del poder judicial.
Quinto
Las plazas no adjudicadas a los aspirantes de nuevo ingreso en el cuerpo de médicos forenses mantienen su
condición de desiertas.
Contra la presente resolución podrá interponerse un recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de
Justicia y Autogobierno, en el plazo de un mes, según lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo
ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Valencia, en el plazo de dos meses, según lo
dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa; a contar
desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
València, 6 de julio de 2026
Maria José Adalid Hinarejos
Directora general de Justicia y Autogobierno
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ANEXO
Adjudicación Orden PJC/1446/2024, de de 10 de diciembre (BOE 20-12-2024), turno libre, para ingreso en el
cuerpo de médicos forenses de la Administración de justicia:
Apellidos, nombre
DNI
Puesto
Denominación
Localidad
Provincia
Pastor Sánchez, Manuel
***9885**
1125
Médico forense
Elda
Alicante