ANUNCIO
El concejal-delegad0 de Recursos Humanos, en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 21.1.g) y s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en
virtud de la delegación de competencias realizada mediante decreto de Alcaldía de 18 de septiembre
de 2025, ha dispuesto por Resolución núm. 3101 de fecha 12 de agosto de 2026, aprobar la convo
catoria y las siguientes bases para proveer temporalmente cuatro (4) puestos de agente de Policía
Local del Ayuntamiento de Benicarló mediante comisión de servicios.
Las bases son las transcritas a continuación:
BASES Y CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN TEMPORAL DE PUESTOS DE TRABAJO DE
AGENTE DE POLICÍA LOCAL MEDIANTE COMISIÓN DE SERVICIOS
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA
1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión temporal de puestos de trabajo de Agente
de la Policía Local, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Espe
ciales, clase Policía Local y sus auxiliares, encuadradas en la escala básica, subgrupo C1 y categoría
Agente, complemento de destino: nivel 20 y complemento específico 14.192,50 €/ anual, mediante el
sistema de comisión de servicios previsto en el artículo 69 de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de
la Generalitat, de Coordinación de Policías Locales de la Comunitat Valenciana.
1.2. La necesidad actual radica en la cobertura de un total de cuatro (4) plazas vacantes. Se podrán
proveer, en comisión de servicios, puestos vacantes, puestos pendientes de provisión definitiva,
puestos con derecho a reserva a favor de su titular y sustituciones por cualquiera de las causas pre
vistas legal o reglamentariamente.
1.3. La comisión de servicios durará el tiempo estrictamente necesario, hasta que se cubra el
puesto con carácter definitivo, y como máximo tendrá una duración de dos años de acuerdo con lo
previsto en el artículo 69.2 de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de la Generalitat, de Coordinación
de Policías Locales de la Comunitat Valenciana, que requerirá, en todo caso, la conformidad del
Ayuntamiento de origen con carácter previo al nombramiento en comisión de servicios.
SEGUNDA.- PUBLICIDAD
Se publicará en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Benicarló, así
como los sucesivos anuncios, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón.
Se podrá acceder a toda la información relativa al proceso selectivo a través de la siguiente direc
ción URL:
https://www.ajuntamentdebenicarlo.org/rhu/prhu-rhumans.php3
TERCERA.- REQUISITOS Y PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
3.1. Requisitos.-
- Ser funcionario de carrera en cualquiera de los Cuerpos de la Policía Local de la Comunitat
Valenciana perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales,
clase Policía Local y sus auxiliares, encuadrado en la escala básica, subgrupo C1 y categoría Agente.
- Encontrarse en servicio activo, faltándole al menos dos años para el pase a la situación de
segunda actividad por razón de edad.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio o inhabilitado, en los
términos establecidos en el artículo 1.d) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas
- Contar con el informe favorable del Ayuntamiento de procedencia.
ADMINISTRACIÓ LOCAL / ADMINISTRACIÓN LOCAL
Ajuntaments / Ayuntamientos
03702-2026-U
BENICARLÓ
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3.2. Solicitud.- El modelo de solicitud firmado y debidamente cumplimentado incluirá la declaración
responsable de reunir las condiciones exigidas en el punto anterior.
3.3. Plazo y forma de presentación.-
El plazo de presentación de solicitudes finalizará a los CINCO DÍAS HÁBILES contados a partir del
siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón.
Las solicitudes para participar se presentarán electrónicamente en el Registro de la Sede Electró
nica (https://benicarlo.sedipualba.es).
A las solicitudes deberán acompañarse las certificaciones y documentos justificativos de los
requisitos exigidos en la presente convocatoria, que son los siguientes:
- Certificación expedida por el Ayuntamiento de procedencia acreditativa de que el/la aspirante
es funcionario/a del Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento respectivo con la categoría de Poli
cía, y que se encuentra en servicio activo, faltándole al menos dos años para el pase a la situación
de segunda actividad por razón de edad.
- Certificación expedida por el Ayuntamiento de procedencia relativa a la Resolución de la Alcal
día por la que, en caso de que proceda, se autoriza la comisión de servicios.
- Currículum Vitae.
- Copia del DNI.
CUARTA.- COMISIÓN DE VALORACIÓN
La Comisión de Valoración estará compuesta por los siguientes miembros, todos ellos con
voz y voto:
- Presidente: El/La Jefe/a de la Policía Local de este Ayuntamiento o funcionario que legalmente
le sustituya, así como su suplente.
- Secretario: El/La Secretario/a General de este Ayuntamiento o funcionario que legalmente le
sustituya, así como su suplente.
- 3 Vocales, funcionarios de carrera, con igual o superior titulación académica que la exigida en
la convocatoria, así como sus suplentes.
La Comisión no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo, de la mitad más uno
de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.
En la misma Resolución en la que se apruebe la lista de aspirantes admitidos y excluidos, se fijará
la composición de la Comisión de Valoración a efectos de poder promover, en caso de que proceda,
la recusación de sus miembros. La resolución se anunciará en el Tablón de Anuncios de la Sede
Electrónica de este Ayuntamiento, e incluirá también la de los respectivos suplentes, que serán desig
nados conjuntamente con los titulares. La Alcaldía podrá requerir a los miembros del órgano de
selección una declaración expresa de no encontrarse sometidos a ninguna de las causas de absten
ción legalmente previstas. Igualmente, quienes incurriesen en causa de abstención deberán comu
nicarlo a la Alcaldía en el plazo máximo de 3 días hábiles.
QUINTA.-ADJUDICACIÓN Y NOMBRAMIENTO
Finalizado el plazo de presentación de instancias, por parte de Recursos Humanos se comprobará
el cumplimiento de los requisitos de participación y, si procede, requerirá a las personas interesadas
para que en un plazo de tres días hábiles realicen las subsanaciones que procedan.
A continuación, se realizara Resolución en la que se apruebe la lista de aspirantes admitidos y
excluidos y la composición de la Comisión de Valoración, concediendo tres días hábiles a las perso
nas interesadas para alegaciones que estimen oportunas. En caso de que no existieran alegaciones,
se entenderá por la lista provisional aprobada definitivamente.
Seguidamente, la Comisión de Valoración realizará un informe razonado y publicará en el Tablón
de Anuncios de la Sede Electrónica de este Ayuntamiento la relación de las personas aspirantes que
han sido seleccionadas para realizar la comisión de servicios, siendo elevada a la Alcaldía para que
proceda a la adjudicación de los puestos y nombramiento. En su caso, si la Comisión de Valoración
lo considera necesaria podrá requerir la documentación que estime oportuna para resolver adjudicar
los puestos, para ello, se podrá considerar la antigüedad, el nivel del grado consolidado, la titulación,
cursos vinculados al puesto de trabajo, valenciano o idiomas comunitarios.
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Las personas aspirantes que sean llamados para cubrir puestos de trabajo en comisión de servi
cios, tomarán posesión dentro del plazo de diez días a contar desde el día siguiente a aquél en que
reciba la notificación del nombramiento.
Se podrá declarar desierto el puesto convocado, si a pesar de que concurran candidatos que
reúnan los requisitos mínimos exigidas, se considera que ninguno resulta idóneo para el puesto
convocado.
SEXTA.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Sus datos personales son cedidos a las Administraciones Públicas en cumplimiento de la norma
tiva laboral, de Seguridad Social, tributaria y de colaboración entre administraciones públicas de
conformidad con los artículos 140 y 141 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público. Con la presentación de la instancia de participación al proceso selectivo:
- Consiente que sus datos personales figuren incorporados en el fichero que el Ayuntamiento de
Benicarló mantiene con finalidades de gestión y cesión a Organismos Públicos en cumplimiento de
la normativa laboral, de Seguridad Social y Tributaria.
- Consiente en cumplimiento del principio de colaboración entre Administraciones Públicas, que
sus datos personales sean cedidos por el Ayuntamiento de Benicarló a otras Administraciones Públi
cas en caso de cesión puntual de la bolsa de trabajo.
En cualquier caso, tiene derecho en cualquier momento a acceder, rectificar, opositar, limitar,
suprimir o cancelar los datos referentes a su persona, incluidos en nuestro fichero, solicitándolo por
escrito al Ayuntamiento de Benicarló
Benicarló a 13 de agosto de 2026.
El concejal delegado del área de Recursos Humanos (D.A. 18/09/2025),
Álvaro Luis París Sánchez.
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