Núm. 10398 / 06.07.2026
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CVE: DOGV-C-2026-19472
https://dogv.gva.es/
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A) OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO, OPOSICIONES Y CONCURSOS
Ayuntamiento de Sax
ANUNCIO de las bases y de la convocatoria del proceso selectivo para la contratación de un o una trabajador o
trabajadora sociales en régimen laboral fijo, en turno de promoción interna, mediante el sistema de concurso-oposición.
Mediante el Decreto de alcaldía n.º 2026-0801, de fecha 19 de mayo de 2026, ha sido aprobada la convocatoria del
proceso selectivo para la contratación de un/a trabajador/a social en régimen laboral fijo, en turno de promoción interna y
mediante el sistema concurso-oposición, así como las bases específicas que deberán regir dicho procedimiento.
La convocatoria y el contenido íntegro de las bases específicas han sido publicadas en la web municipal, en la
sede electrónica del Ayuntamiento de Sax (http://sax.sedelectronica.es/) y en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante
n.º 99 de fecha 28 de mayo de 2026.
Las solicitudes deberán realizarse por medios electrónicos a través del registro general electrónico del
Ayuntamiento de Sax (http://sax.sedelectronica.es/), en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al
de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan, se realizarán de conformidad con lo establecido
en las bases.
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso
de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la
alcaldesa de este ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el
juzgado de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del
presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer un recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Sax, 4 de junio de 2026
Laura Estevan Antolín
Alcaldesa-presidenta