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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A) OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO, OPOSICIONES Y CONCURSOS
Universidad Miguel Hernández de Elche
RESOLUCIÓN de 25 de junio de 2026, por la que se convoca concurso público para la provisión de una plaza de
profesorado permanente laboral. Ref.: 01560/2026.
En ejecución de la oferta pública de empleo Adicional para el año 2023 de plazas de cuerpos docentes
universitarios y de profesorado permanente laboral en aplicación de una tasa específica para cumplir el objetivo previsto en
la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público,
aprobada por Consejo de Gobierno de 9 de mayo de 2023 (DOGV de 8 de noviembre de 2023), atendiendo a las
necesidades docentes e investigadoras, la Universidad Miguel Hernández de Elche (UMH) ha resuelto convocar a concurso
una plazas de profesorado permanente laboral de carácter indefinido que se relaciona en el anexo I de la presente
resolución, de acuerdo a las siguientes bases:
Primera. Normas generales
El presente concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema
universitario, el Decreto 83/2023, de 2 de junio por el que se modifica el Decreto 174/2002, de 15 de octubre, del Gobierno
Valenciano, sobre régimen y retribuciones del personal docente e investigador contratado laboral de las universidades
públicas valencianas y sobre retribuciones adicionales del profesorado universitario, el Estatuto Básico del Empleado
Público (BOE 31.10.2015), los Estatutos de la UMH, el Reglamento General del Personal Docente e Investigador de la
Universidad Miguel Hernández de Elche la Universidad Miguel Hernández de Elche, aprobado por Consejo de Gobierno
en su sesión de 23 de abril de 2024, y demás normativa de general aplicación, así como por las bases de esta convocatoria.
Segunda. Requisitos de las personas aspirantes
Los requisitos que deben cumplir las personas aspirantes a la plaza convocada son los especificados a
continuación:
1. Tener cumplidos los 16 años y no haber cumplido la edad máxima de jubilación forzosa.
2. Las personas extranjeras no comunitarias y las que no puedan ser incluidas en el ámbito de aplicación de los
tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, han de disponer del permiso de residencia
y trabajo antes de la formalización de los contratos correspondientes.
3. No haber sufrido separación, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración del Estado o
de la Administración Autonómica, Local o institucional, ni hallarse en situación de inhabilitación por sentencia firme para
el ejercicio de funciones públicas. Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar,
igualmente, no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función
Pública.
4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas o funciones correspondientes a la plaza
convocada.
5. Estar en posesión del título de Doctora o Doctor.
6. Contar con la acreditación a Profesorado permanente laboral, emitida por parte de la Agencia Nacional de
Evaluación de la Calidad y Acreditación o de la Agència Valenciana d'Avaluació i Prospectiva. A estos efectos, de acuerdo
con la disposición transitoria tercera de la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario, la acreditación
vigente de Profesorado Contratado Doctor o de la figura equivalente en la normativa autonómica, será válida para la figura
de Profesorado Permanente Laboral.
La concurrencia de los requisitos anteriores deberá estar referida a una fecha anterior a la expiración del plazo de
presentación de instancias.
Tercera. Solicitudes
3.1 Plazo.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).
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3.2 Solicitudes y documentación a presentar.
Las solicitudes se cumplimentarán y presentarán exclusivamente por vía electrónica, accediendo al formulario
«Selección PDI-Laboral Fijo», disponible en la sede electrónica de la Universidad Miguel Hernández de Elche, dentro del
Catálogo de procedimientos y servicios de Recursos humanos, en la siguiente dirección web
(https://sede.umh.es/procedimientos/seleccion-pdi-laboral-fijo/), pulsando el botón «Tramitar» y seleccionando la
referencia de la convocatoria y la plaza ofertada en que esté interesado. Para el acceso a dicho procedimiento se requiere la
identificación electrónica de la persona interesada, para lo cual será necesario disponer de alguno de los sistemas de
identificación electrónica, entre los que se encuentran: DNI electrónico, Cl@ve – Identificación, certificado electrónico
(FNMT, ACCV, …) o cuenta de usuario UMH.
En el supuesto de presentación de solicitud presencial se requerirá a la persona interesada para que la subsane a
través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en
la que haya sido realizada la subsanación.
Necesariamente, habrán de presentarse tantas solicitudes y documentación como plazas a las que se opte.
Una vez acceda a dicho procedimiento podrá cumplimentar la solicitud para participar en concursos públicos a
plazas de profesorado en la Universidad Miguel Hernández de Elche, debiendo adjuntar en ficheros digitales (formato Pdf)
la siguiente documentación:
1. Copia del DNI o, en caso de no poseer la nacionalidad española, del documento que acredite su identidad y
fecha de nacimiento.
2. Copia del Título Académico de Doctor, o resguardo de haber abonado los derechos de expedición del Título de
Doctor. En su caso, la homologación correspondiente.
3. Copia de evaluación positiva de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o de la
Agencia Valenciana d'Avaluació i Prospectiva para la contratación como Profesorado Contratado Doctor o Profesorado
Permanente Laboral.
4. Justificante de estar exento, total o parcialmente, del pago.
5. Disfrutaran de una bonificación del 50% de la tasa las personas que formen parte de familias numerosas de
categoría general y los miembros de familias monoparentales de categoría general.
Estarán exentas del pago de la tasa las personas que acrediten una discapacidad en grado igual o superior al 33%,
los miembros de familias numerosas de carácter especial, los miembros de familias monoparentales de categoría especial y
las víctimas de actos de violencia sobre la mujer.
Las personas aspirantes mencionadas en el párrafo anterior deberán presentar las certificaciones correspondientes
que acrediten su condición de discapacidad, de ser miembro de familia numerosa o de familia monoparental (mediante
certificado de la Conselleria de Bienestar Social u órgano competente), y las víctimas de actos de violencia sobre la mujer
mediante cualquier de los medios de prueba que prevé el artículo 9.1 y 9.2 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la
Generalitat Valenciana, integral contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
Aquellos documentos acreditativos de los indicados anteriormente que se presenten en un idioma distinto de
alguno de los oficiales a la Comunitat Valenciana, deberán ir acompañados de traducción por intérprete jurado.
La exclusión por no cumplir alguno de los requisitos de la convocatoria o la no presentación a la prueba no
comportará el derecho a la devolución de las tasas.
3.3 La documentación antes referida, se presentará a través de la sede electrónica de la Universidad Miguel
Hernández de Elche tal y como se indica en el punto 3.2, la cual será dirigida automáticamente al Servicio de Profesorado,
Nómina y Seguridad Social como Unidad Tramitadora. La documentación se adjuntará en ficheros formato Pdf y en el
orden establecido en dicho punto, pudiendo adjuntar hasta un máximo de 10 archivos que no podrán superar en su conjunto
los 12 Mb. Después podrá pulsar el botón «Presentar en Registro» y el sistema le llevará directamente al pago telemático de
30 euros en concepto de derechos de participación, o de 15 euros en caso de las exenciones parciales indicadas en el punto
3.2.E. Una vez concluida esta acción, el sistema le mostrará el número de registro generado. Los documentos del
expediente relacionados con esta solicitud los tendrá disponibles en el apartado «Mis expedientes» de la sede electrónica.
En el caso de exención total de pago, este número de registro aparecerá después de pulsar el botón «Presentar en Registro».
3.4 Admisión de solicitudes.
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la lista provisional de las personas admitidas y
excluidas y los motivos de exclusión en el Boletín Oficial de la Universidad Miguel Hernández de Elche (BOUMH) y a
título informativo, en la página web de la Universidad (https://servicioprofesorado.umh.es/).
A través de la opción «Subsanar/Otros trámites» del expediente de la plaza a la que se opta, disponible en «Mis
expedientes» de la sede electrónica, las personas interesadas que lo entiendan necesario, podrán formular reclamaciones
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dirigidas al responsable del Servicio de Profesorado, Nómina y Seguridad Social en un plazo de 10 días hábiles a contar
desde la publicación de las listas. Revisadas las reclamaciones se publicará la relación definitiva de las personas admitidas
y excluidas en el Boletín Oficial de la Universidad Miguel Hernández de Elche (BOUMH) y a título informativo, en la
página web de la Universidad (https://servicioprofesorado.umh.es/).
Se dará por desistidas las personas que figuran en la lista de excluidos, por no haber subsanado dentro del plazo
concedido a tal efecto los defectos formales que contenían sus solicitudes iniciales, de conformidad con lo establecido en el
artículo 68 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Cuarta. Protección de Datos Personales
De acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de
abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la
libre circulación de estos datos, así como en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y garantía de los derechos digitales, se informa a los interesados que los datos de carácter personal aportados serán tratados
por la Universidad de Miguel Hernández de Elche como Responsable del Tratamiento, en base al interés público con la
finalidad de tramitar y gestionar su solicitud. Los datos de carácter personal aportados solo se conservarán durante el
tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se ha recabado y para determinar las posibles responsabilidades
que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación la normativa de archivos y
patrimonio documental español. Asimismo, se informa al interesado que no se comunicarán los datos a terceros, salvo
obligación legal.
Las personas interesadas podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, portabilidad y
limitación del tratamiento, así como, a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de
sus datos. Los derechos podrán ser ejercitados de la siguiente forma: por Sede electrónica (sede.umh.es), por escrito a la
Universidad Miguel Hernández de Elche, a la atención de la Delegada de Protección de Datos, Edificio Rectorado y
Consejo Social, av. de la Universidad S/N, 03202, Elche-Alicante. Asimismo, el interesado tiene derecho a presentar una
reclamación ante la Autoridad de control (www.aepd.es) si considera que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente.
Para más información el interesado se podrá dirigir a dpd@umh.es.
Quinta. Composición de las Comisiones de Contratación
5.1 La composición de las Comisiones de Contratación es la que figura en el anexo I de esta convocatoria.
5.2 En lo relativo a la constitución, sustituciones y funcionamiento de la misma se estará a lo previsto en el
Reglamento de Régimen General del Personal Docente e Investigador de la UMH. La Comisión deberá constituirse en el
plazo máximo de un mes desde la publicación de la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas de esta
convocatoria.
5.3 En la sesión de constitución la comisión fijará y hará públicos en el BOUMH y en la web de la Universidad (
https://servicioprofesorado.umh.es/), y antes del acto de presentación de las personas aspirantes, los criterios específicos de
valoración de la primera prueba de acuerdo con los criterios generales de valoración indicados en el artículo 31.2 del
Reglamento de régimen general del personal docente e investigador de la UMH, especificando la puntuación que se puede
obtener en cada uno de los criterios generales detallados en estos preceptos dentro de los límites estipulados en el mismo y
su desglose en cada uno de los aspectos a evaluar que establezca la comisión en cada criterio general. Además, se
establecerá la puntuación mínima a obtener en esta prueba para considerarse superada.
Los concursos para la provisión de plazas de profesor permanente laboral se desarrollarán en la sesión pública en
cualquiera de los campus de la Universidad Miguel Hernández y constarán de dos pruebas.
Sexta. Desarrollo del concurso
6.1 La valoración global de cada candidato en los concursos se obtendrá de la suma ponderada de la puntuación
obtenida en la primera prueba, en la que se valorará su historial académico, docente e investigador y el proyecto docente e
investigador presentado y de la puntuación de la segunda prueba, asignado un peso del 70% a la primera prueba y un peso
del 30% a la segunda prueba.
6.2. Acto de presentación.
Dentro del plazo habilitado para la constitución de la comisión, el Presidente, previa consulta a los restantes
miembros de la misma, dictará una resolución que deberá ser notificada a todos los interesados con una antelación mínima
de quince días hábiles respecto de la fecha del acto para el que se le cita, convocando a todos los aspirantes admitidos a
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participar en el concurso para realizar el acto de presentación de los concursantes con señalamiento del día, hora y lugar de
celebración de dicho acto.
La notificación a la que hace referencia el apartado anterior se entenderá realizada con la publicació en el «Boletín
Oficial de la Universidad Miguel Hernández de Elche» (BOUMH) y en la web de la Universidad (
https://servicioprofesorado.umh.es/).
El plazo entre la fecha prevista para el acto de constitución de la Comisión y la fecha señalada para el acto de
presentación no podrá exceder de dos días hábiles.
En el acto de presentación, que será público, los concursantes entregarán la documentación correspondiente y
recibirán cuantas instrucciones sobre el desarrollo del concurso deban comunicársele. En el mismo acto de presentación, el
Presidente de la comisión hará público el plazo fijado por aquélla para que cualquier concursante pueda examinar la
documentación presentada por los restantes concursantes, así como el lugar, fecha y hora del comienzo de la primera
prueba que en todo caso no podrá ser superior a veinte días hábiles desde la celebración del acto de presentación y se
determinará mediante sorteo el orden de actuación de los concursantes en los casos en los que sea necesario.
En el acto de presentación, las personas candidatas entregarán, por sextuplicado, al Presidente de la Comisión la
siguiente documentación:
1. Currículum, según modelo de esta Universidad, disponible en la página web de la UMH (
https://servicioprofesorado.umh.es/) dentro del apartado – Formularios – Modelo de currículum.
2. El proyecto docente que el candidato se propone desarrollar de serle adjudicada la plaza a la que concursa,
ajustado a las necesidades expresadas en la convocatoria.
3. El proyecto de investigación que el candidato se propone desarrollar de serle adjudicada la plaza a la que
concursa.
6.3 Primera prueba.
La primera prueba será pública y consistirá en la exposición oral por el concursante, durante un tiempo máximo de
90 minutos, del historial académico, docente e investigador, así como del proyecto docente y del proyecto investigador que
el candidato se propone desarrollar de serle adjudicada la plaza a la que concursa. Seguidamente, la comisión debatirá con
el concursante sobre el historial presentado, los proyectos a desarrollar y su adecuación a las necesidades de la Universidad
Miguel Hernández.
Finalizada la exposición de las personas aspirantes, la comisión valorará los méritos aportados, de forma que cada
aspirante podrá obtener un máximo de 100 puntos, de los cuales 70 corresponderán a los méritos aportados y 30 a la
adecuación de estos méritos a las necesidades de la Universidad Miguel Hernández. La valoración de los méritos se llevará
a cabo según los criterios específicos establecidos por la comisión en el acto de constitución que, en todo caso, serán
conformes con los siguientes criterios generales:
1. Actividad investigadora, incluyendo en su caso la de transferencia del conocimiento, y proyecto investigador. La
puntuación máxima que se puede obtener en este criterio estará comprendida entre 30 y 35 puntos.
2. Actividad y proyecto docente. La puntuación máxima que se puede obtener en este criterio estará comprendida
entre 30 y 35 puntos.
3. Actividad de liderazgo en gestión y en su caso actividad profesional, así como otros méritos. La puntuación
máxima que se puede obtener en este criterio será de 10 puntos.
La experiencia docente y la experiencia investigadora, incluyendo la de transferencia e intercambio del
conocimiento, tendrán una consideración análoga en el conjunto de los criterios de valoración de los méritos. La suma de
las puntuaciones máximas de los tres criterios generales de valoración debe ser 70 puntos.
Los 30 puntos a otorgar por adecuación de los méritos del solicitante serán concedidos por la comisión en atención
a las necesidades de la Universidad Miguel Hernández.
La valoración se motivará numéricamente, de 0 a 100 puntos, desglosada por cada aspecto a evaluar, por aspirante
y, de forma colectiva por la comisión, o individualmente por cada miembro de la misma. En el segundo supuesto, la
valoración final de esta prueba se obtendrá calculando la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de
los miembros de la comisión.
Un concursante habrá superado la primera prueba cuando obtenga la puntuación mínima exigida en los criterios
específicos de valoración y el voto favorable de, al menos, tres de los miembros de la comisión.
En el plazo máximo de 2 días hábiles desde la finalización de la primera prueba, la comisión hará pública, en el
Boletín Oficial de UMH (BOUMH) y en la web de la Universidad (https://servicioprofesorado.umh.es/), la valoración de
los candidatos en dicha prueba y emplazará, en su caso, a los concursantes que hayan superado la misma a la segunda
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prueba, que deberá realizarse como máximo en el plazo de 3 días hábiles desde que se publicaron los resultados de la
primera.
6.4 Segunda prueba
Para el desarrollo de la segunda prueba, los concursantes entregarán a la comisión un resumen de, al menos, tres
temas de los consignados en el proyecto docente relativos a una especialidad de conocimiento a la que corresponda la
plaza. La comisión elegirá aquel que deba ser expuesto oralmente, en la sesión pública, por el concursante.
El concursante dispondrá de un tiempo mínimo de cuarenta y cinco minutos, y máximo de hora y media, para
desarrollar el tema elegido. Seguidamente, la comisión debatirá con el concursante, acerca de los contenidos científicos de
los temas presentados, la metodología a utilizar en su impartición a los estudiantes y todos aquellos aspectos que estime
relevantes en relación con los temas presentados.
Con anterioridad al comienzo de la segunda prueba, la comisión de selección publicará, en el lugar de realización
de la misma, los criterios de valoración de ésta, así como el mínimo exigido para superarla. Dichos criterios deberán
respetar los especificados a continuación:
1. Contenidos científicos y metodología de impartición del tema elegido.
2. Dominio de la materia seleccionada.
3. Rigor, claridad expositiva y capacidad de síntesis en la presentación y debate con la comisión.
4. Capacidad para la comunicación y argumentación.
Finalizada la segunda prueba, la comisión, de forma colectiva, o individualmente cada miembro de la misma,
elaborará un informe razonado sobre cada aspirante ajustado a los criterios generales especificados en el apartado anterior,
consignando su puntuación numérica de 0 a 100. En el segundo supuesto, la valoración final de la segunda prueba se
obtendrá calculando la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros de la comisión.
Un concursante habrá superado la segunda prueba cuando obtenga el mínimo cuantitativo exigido en los criterios
de valoración y obtenga el voto favorable de, al menos, tres de los miembros de la comisión.
Finalizada la prueba y en el plazo máximo de 7 días hábiles, la comisión hará pública en el Boletín Oficial de
UMH (BOUMH) y en la web de la Universidad (https://servicioprofesorado.umh.es/) la valoración cualitativa que en esta
prueba le merece cada candidato, así como la propuesta de provisión de la plaza.
Séptima. De la propuesta de provisión
El tiempo transcurrido entre la publicación de las listas definitivas de personas admitidas y la propuesta de
provisión del concurso en ningún caso podrá exceder de 3 meses.
La Comisiones de Contratación propondrán al Rector la relación de las personas candidatas propuestas para su
contratación.
Cuando se hayan convocado varias plazas de igual categoría en una misma área de conocimiento y con idénticas
actividades docentes e investigadoras, se citará a las personas concursantes propuestas por el orden de valoración que de las
mismas se haya efectuado, para que procedan a elegir vacante.
En ningún caso, se podrán realizar más propuestas de provisión que plazas convocadas. Todos los concursos
podrán resolverse con la ausencia de propuesta de provisión de la plaza o plazas.
Las personas concursantes que no hayan sido propuestas para ser nombradas para las plazas objeto de concurso no
podrán alegar ningún derecho sobre plazas vacantes.
Octava. De la contratación
8.1 Contratación de la persona candidata.
A la vista de la propuesta de provisión hecha por la Comisión, y si lo entiende oportuno, el rector determinará la
efectividad de la propuesta. El Servicio de Profesorado, Nómina y Seguridad Social comunicará la incorporación del nuevo
profesorado a los Departamentos implicados.
8.2 Trámites de la contratación.
El Servicio de Profesorado, Nómina y Seguridad Social citará a la persona candidata propuesta para que, en un
plazo máximo de 3 días hábiles, se persone en dicho Servicio al objeto de aportar la documentación acreditativa de cumplir
los requisitos establecidos en la convocatoria y proceder, en su caso, a la firma de cuanta documentación sea precisa para la
formalización de su contratación. Transcurrido este plazo sin haberse personado, la persona candidata decaerá en su
derecho, procediéndose a citar a la siguiente y, en su caso, sucesivas.
En el caso de renuncia explícita de una persona candidata, con anterioridad a la presentación de la documentación
acreditativa de los requisitos, se aplicará el mismo procedimiento de citación del apartado anterior.
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Novena. De los recursos
Contra las resoluciones de las Comisiones de Contratación podrá interponerse un recurso de alzada, previsto en el
artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas,
en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación de dichas resoluciones. El recurso podrá interponerse
ante el rector de la UMH como órgano competente para resolverlo.
Décima. Características de los contratos
Los contratos laborales de profesorado permanente laboral con carácter indefinido tienen naturaleza especial
(artículo2.2. del Decreto 174/2002).
Los contratos de profesorado permanente laboral con carácter indefinido se formalizarán por escrito, de acuerdo
con el modelo que, al efecto, ha aprobado el Consejo de Gobierno de esta Universidad.
Las retribuciones son las determinadas en el Decreto 83/2023, de 2 de junio, por el que se modifica el Decreto
174/2002, de 15 de octubre, del Gobierno Valenciano, considerándose, en su caso, aquellas variaciones que aprueben los
órganos competentes de esta Universidad.
El profesorado permanente laboral será retribuido por los conceptos de sueldo, complemento de destino y, en su
caso, trienios, complemento específico general, incluyendo el complemento singular por desempeño de cargo académico y
percibirá dos pagas extras al año de acuerdo con lo estipulado en Convenio Colectivo del Personal Laboral de las
Universidades Públicas Valencianas.
El profesorado permanente laboral podrá adquirir y consolidar una cantidad anual por méritos docentes y por el
complemento de productividad investigadora que se percibirán por el mismo importe anual y las mismas condiciones que
las correspondiente a las retribuciones del profesorado universitario funcionario, atendiendo a lo dispuesto en la normativa
del estado en materia de retribuciones del profesorado universitario.
En el anexo I se especifica el código o número de la plaza, el tipo de contrato, la dedicación, el departamento, el
área de conocimiento al que se adscribe la plaza, actividades a desempeñar y el carácter indefinido del contrato. La fecha de
inicio del contrato coincidirá con la fecha de formalización de éste.
Decimoprimera. Referencia al género
En aplicación de la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como la Ley
9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, toda referencia a personas, colectivos o
cargos académicos, cuyo género sea masculino, estará haciendo referencia al género gramatical neutro; incluyendo, por
tanto, la posibilidad de referirse tanto a mujeres como hombres.
Decimosegunda. Computo de plazos en el mes de agosto
A los efectos de cómputo de los plazos previstos en esta convocatoria, el mes de agosto se declara inhábil salvo
para la presentación de solicitudes. En el mes de agosto no tendrán lugar las actuaciones de la comisión de contratación ni
se efectuarán tramites de contratación del profesorado seleccionado.
Decimotercera. Régimen de recursos
Las convocatorias de plazas de personal permanente laboral y cuantos actos administrativos se deriven de ellas,
podrán ser impugnadas en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas.
Todos los actos de notificación de los procedimientos que se inicien como consecuencia de admitir los recursos
regulados en la presente resolución, se harán con texto íntegro, en Boletín Oficial de la Universidad Miguel Hernández de
Elche (BOUMH) y a título informativo, en la página web (https://servicioprofesorado.umh.es/).
Elche, 25 de junio de 2026
(p. d. RR 01246/2023, 18.05.2023; DOGV 9600, 22.05.2023)
José Carlos Espigares Huete
Vicerrector de Profesorado
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ANEXO I
N.º plaza: DC3305
Categoría: Profesorado Permanente Laboral
Dedicación: Tiempo completo (37,5 h/semana)
Departamento: Biología Aplicada
Área de conocimiento: Genética
Actividades docentes e investigadoras: Docencia en la asignatura de Genética del Grado en Ciencias Ambientales.
Investigación en Genética vegetal: Regulación de la expresión génica, del metabolismo del ARN y del desarrollo.
Duración del contrato: Indefinido
Comisión titular:
Presidente: Antonio Martínez Laborda – CU Universidad Miguel Hernández de Elche
Secretaria: Sara Jover Gil – TU Universidad Miguel Hernández de Elche
Vocal primera: Montserrat Elías Arnanz – CU Universidad de Murcia
Vocal segundo: José Martín Nieto – CU Universidad de Alicante
Vocal tercero: Rafael Rodríguez Ariza – CU Universidad de Córdoba
Comisión suplente:
Presidente: Víctor Manuel Quesada Pérez – CU Universidad Miguel Hernández de Elche
Secretaria: Arántzazu Alonso Sanchis – Profesora Permanente Laboral Universidad Miguel Hernández de Elche
Vocal primera: María Teresa Roldán Arjona – CU Universidad de Córdoba
Vocal segunda: Julia Rosl Weiss – CU Universidad Politécnica de Cartagena
Vocal tercero: Marcos Egea Gutiérrez-Cortines – CU Universidad Politécnica de Cartagena
Lista de reserva
1. Jaime Prohens Tomás – CU Universidad Politécnica de Valencia
2. María Rosario Linacero de la Fuente – CU Universidad Complutense de Madrid
3. Julio Antonio Rozas Liras – CU Universidad de Barcelona
4. Marta Fontes Bastos – TU Universidad de Murcia