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C1
Oposició
Lliure
Estatal

1 plaça de Técnico/a de seguridad y prevención de riesgos laborales de

Autoridad Portuaria de Castellón (PortCastelló)·Castellon de la Plana, Castellón

Termini tancat — 05/08/2026

El plazo de solicitud de esta convocatoria está cerrado desde el 05/08/2026.

La ficha se conserva para seguir el proceso (listas de admitidos, fechas de examen y resultados se publican en la fuente oficial). Si buscas plazas con el plazo abierto:

Línia temporal

  1. Publicació

    07/07/2026

  2. Fi termini

    05/08/2026

Requisits i perfil

Titulació requerida

Formación profesional de Grado Superior

Grup professional

C1 · Administrativo (bachillerato / FP medio)

Tipus d'accés

Lliure

Tipus de procés

Oposició

Places

1

Termini

20 dies hàbils

Origen i fonts

Administració

Estatal

Font principal

Puertos

Text oficial complet

https://run.gob.es/hsblF8yLcR INFORME DE FIRMA, no sustituye al documento original | C.S.V. : GEN-06ec-5204-a100-f422-d4bb-2062-cd84-47c4 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección: CSV : GEN-06ec-5204-a100-f422-d4bb-2062-cd84-47c4 DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN : https://run.gob.es/hsblF8yLcR FIRMANTE(1) : RUBEN IBAÑEZ BORDONAU | FECHA : 02/07/2026 16:07 | Sin acción específica | Sello de Tiempo: 02/07/2026 16:07 1 BASES DE LA CONVOCATORIA 02/2025 PARA LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PRUEBAS SELECTIVAS, DE UNA (1) PLAZA DE TÉCNICO/A DE SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DE PERSONAL LABORAL FIJO SUJETO AL III CONVENIO COLECTIVO DE PUERTOS DEL ESTADO Y AUTORIDADES PORTUARIAS EN LA AUTORIDAD PORTUARIA DE CASTELLÓN. La Presidencia de la Autoridad Portuaria de Castellón, en virtud de la delegación de funciones que en materia de organización y laboral tiene concedida por el Consejo de Administración. RESUELVE: Convocar proceso selectivo para la contratación de una (1) plaza en la ocupación de Técnico/a de Seguridad y Prevención de Riesgos Laborales (Grupo II, Banda II, Nivel 8), como personal laboral fijo sujeto al III Convenio Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, que se desarrollará por las presentes Bases. I. INTRODUCCIÓN Mediante este proceso de selección se trata de identificar a la candidatura que mejor se adapta al puesto de trabajo, evaluando los conocimientos, habilidades, capacidades y actitudes, para comparar las que reúne el/la candidato/a con las requeridas para la Ocupación convocada. Con este sistema se pretende asegurar el ajuste de la persona en la realización de las funciones y tareas que se exigen desempeñar en el puesto de trabajo, una vez que se incorpore a éste. La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo y el Acuerdo de consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, y se desarrollará de acuerdo con las presentes bases. Asimismo, se tendrá en cuenta todo lo regulado en el Procedimiento de Contratación Fija (O.E.P.) de trabajadores en el Sistema Portuario de Titularidad Estatal aprobado por Resolución del Ministerio de Hacienda y Función Pública de 26 de abril de 2023. Al amparo de lo establecido en el Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2024, se convocan pruebas selectivas para cubrir la plaza de personal laboral fijo que se indica a continuación: Puesto de Trabajo / Ocupación Número de Plazas Técnico/a de Seguridad y Prevención de Riesgos Laborales Una (1) https://run.gob.es/hsblF8yLcR INFORME DE FIRMA, no sustituye al documento original | C.S.V. : GEN-06ec-5204-a100-f422-d4bb-2062-cd84-47c4 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección: CSV : GEN-06ec-5204-a100-f422-d4bb-2062-cd84-47c4 DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN : https://run.gob.es/hsblF8yLcR FIRMANTE(1) : RUBEN IBAÑEZ BORDONAU | FECHA : 02/07/2026 16:07 | Sin acción específica | Sello de Tiempo: 02/07/2026 16:07 2 II. OBJETO Es objeto de estas bases la regulación de las normas generales y requisitos a las que habrán de ajustarse las convocatorias y las pruebas de evaluación del proceso de selección. Las presentes bases se han elaborado conforme a los modelos de bases de convocatoria informados favorablemente por la Dirección General de la Función Pública. III. PUESTOS OFERTADOS Se convocan pruebas selectivas para cubrir una (1) plaza de Técnico de Seguridad y Prevención de Riesgos Laborales de carácter fijo en la plantilla de personal Dentro de Convenio por el procedimiento de Concurso - Oposición con los requisitos, valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en las Bases de esta Convocatoria. Los/las candidatos/as seleccionado/a estará sujeto/a toda la normativa laboral aplicable a los/as empleados/as de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias. La prestación de servicio quedará sometida a la normativa vigente de incompatibilidades de empleados del Sector Público, en concreto, la Ley 53/1984 de 26 de diciembre, de incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. La definición de las funciones y el perfil competencial de la ocupación del puesto de trabajo están definidos en el Anexo I y el Anexo II. IV. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES Los/as aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes: 1. Nacionalidad: a) Tener nacionalidad española. b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea. c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los cónyuges que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. e) Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España y tengan aptitud para trabajar en España. 2. Tener cumplidos dieciocho años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación ordinaria aplicable al empleo público. 3. Estar en posesión del permiso de conducir clase B y de los puntos legalmente establecidos para su utilización. https://run.gob.es/hsblF8yLcR INFORME DE FIRMA, no sustituye al documento original | C.S.V. : GEN-06ec-5204-a100-f422-d4bb-2062-cd84-47c4 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección: CSV : GEN-06ec-5204-a100-f422-d4bb-2062-cd84-47c4 DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN : https://run.gob.es/hsblF8yLcR FIRMANTE(1) : RUBEN IBAÑEZ BORDONAU | FECHA : 02/07/2026 16:07 | Sin acción específica | Sello de Tiempo: 02/07/2026 16:07 3 4. Estar en posesión o en condiciones de obtener antes de la fecha límite de presentación de la solicitud para formar parte del proceso, alguna de las siguientes titulaciones: Diplomatura, Ingeniería Técnica o Formación profesional de Grado Superior. Los/as aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no se aplicará a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario. 5. No padecer enfermedad ni estar afectados por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de las funciones inherentes a la plaza, de acuerdo con la Orden PCI/154/2019, de 19 de febrero, en la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público. 6. Los/as aspirantes con diversidad funcional habrán de tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento (33 %) y presentarán la certificación de los órganos competentes de las Administraciones Públicas que acredite la capacidad para el desempeño de las tareas que correspondan al puesto ofertado en esta convocatoria. 7. No haber sido separados/as del servicio o despedidos/as por sanción disciplinaria, ni inhabilitados para el desempeño de funciones en el sector público. 8. La falsificación o aportación incorrecta de cualquier dato o documento aportado en el proceso selectivo será causa de eliminación del candidato en el propio proceso. 9. Otros requisitos del puesto: • El puesto de Técnico/a de Seguridad y Prevención de Riesgos Laborales requerirá de disponibilidad para la atención de emergencias e incidencias relacionadas con la seguridad y la gestión de incidentes, e incluso por accidentes laborales, que puedan producirse fuera del horario ordinario de trabajo. En atención a estas circunstancias, se asignará al puesto el plus de irregularidad horaria, regulado en el artículo 65 del Convenio Colectivo. Este complemento, con carácter de complemento de puesto o de actividad, se justifica por la necesidad inherente al puesto de estar en total disponibilidad, sin sujeción a un horario regular, para garantizar la adecuada respuesta en situaciones de urgencia o especial riesgo. V. SOLICITUDES 1. Quienes deseen formar parte en estas pruebas, deberán cumplimentar y presentar el formulario electrónico “Solicitud Admisión Procesos Selectivos” a través de la Sede Electrónica de la Autoridad Portuaria de Castellón, en donde se encuentra disponible en la sección “Catálogo de Servicios - Recursos Humanos” (https://sede.portcastello.gob.es/) 2. Alternativamente, de acuerdo con el apartado 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá formalizar la solicitud de participación en la convocatoria a través de los restantes registros electrónicos de las administraciones públicas. En tal caso, en el formulario electrónico que se cumplimente al efecto se deberán incluir todos los datos que figuran en el formulario https://run.gob.es/hsblF8yLcR INFORME DE FIRMA, no sustituye al documento original | C.S.V. : GEN-06ec-5204-a100-f422-d4bb-2062-cd84-47c4 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección: CSV : GEN-06ec-5204-a100-f422-d4bb-2062-cd84-47c4 DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN : https://run.gob.es/hsblF8yLcR FIRMANTE(1) : RUBEN IBAÑEZ BORDONAU | FECHA : 02/07/2026 16:07 | Sin acción específica | Sello de Tiempo: 02/07/2026 16:07 4 “Solicitud Admisión Procesos Selectivos” alojado en la sede electrónica de la Autoridad Portuaria de Castellón, incluidas las declaraciones responsables, que se deberán redactar en el propio formulario electrónico, no deberán ser presentadas como documentos adjuntos. Asimismo, se deberán adjuntar al formulario de solicitud los documentos relacionados en el apartado VI de las presentes bases. 3. En tanto que la Disposición Adicional Primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, prescribe que las personas participantes en procesos selectivos convocados por la Administración General del Estado, sus organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes a la misma, deberán realizar la presentación de las solicitudes y documentación y, en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación de las actuaciones de estos procesos selectivos a través de medios electrónicos, en el caso de que un/a participante en esta convocatoria presente la solicitud de admisión en papel, la misma no será tenida en cuenta, por lo que no será incluido/a en el proceso de selección. De la misma manera, cualquier otro documento que sea presentado en papel por las personas participantes a lo largo del presente proceso de selección no será tenido en cuenta. Excepcionalmente, se podrá presentar la solicitud en papel cuando la misma se presente en el extranjero o por una incidencia técnica debidamente justificada. 4. No se admitirán aquellas solicitudes que no lleven el sello de entrada de las diferentes unidades registrales, dentro del plazo establecido para la presentación de instancias. Dicho plazo será de veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de la publicación de la convocatoria. Aquellos/as candidatos/as que presenten sus solicitudes en registros distintos al de la Autoridad Portuaria de Castellón, deberán comunicar mediante un correo electrónico a la dirección recursoshumanos@portcastello.com dicha circunstancia, indicando en el asunto “Solicitud Proceso de Selección – Técnico de Seguridad y Prevención de Riesgos Laborales” y anexando una copia de la solicitud en la que se aprecie de forma legible el sello de entrada de la unidad registral. 5. Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado/a. 6. Los/as aspirantes quedarán vinculados a los datos que hagan constar en su solicitud, siendo responsabilidad exclusiva del aspirante tanto los errores descriptivos, como la no comunicación durante el proceso de selección de cualquier cambio en los datos de la solicitud. 7. Las bases de la convocatoria se publicarán en el tablón de anuncios de la Autoridad Portuaria de Castellón, en su página web www.portcastello.com, en la de Puertos del Estado www.puertos.es y en la página www.administracion.gob.es (060). 8. Cuando se aleguen equivalencias u homologaciones de títulos obtenidos o estudios cursados, dichas circunstancias deberán, asimismo, acreditarse documentalmente. En otro caso no serán tenidas en cuenta. 9. La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos exigidos y la posesión de los méritos que se aleguen serán al día que finalice el plazo de presentación de solicitudes. https://run.gob.es/hsblF8yLcR INFORME DE FIRMA, no sustituye al documento original | C.S.V. : GEN-06ec-5204-a100-f422-d4bb-2062-cd84-47c4 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección: CSV : GEN-06ec-5204-a100-f422-d4bb-2062-cd84-47c4 DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN : https://run.gob.es/hsblF8yLcR FIRMANTE(1) : RUBEN IBAÑEZ BORDONAU | FECHA : 02/07/2026 16:07 | Sin acción específica | Sello de Tiempo: 02/07/2026 16:07 5 10. En la solicitud, los/as candidatos/as con discapacidad podrán pedir la adaptación del puesto o de los puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se deberá acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia que acredite la procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que tenga atribuidas el puesto o los puestos solicitados. VI. DOCUMENTACION A PRESENTAR A las solicitudes deberán acompañarse como mínimo y sin perjuicio de lo que establezca la convocatoria específica lo siguiente: 1. Copia del DNI, NIE o pasaporte vigente. 2. Copia del permiso de conducir clase B y certificado de vigencia de puntos. 3. Copia de la Titulación Oficial requerida en la convocatoria. 4. Para su valoración copia de la Titulación Oficial que acredite la formación en idiomas. 5. En su caso, original o copia del certificado acreditativo de grado de discapacidad y de capacidad para el desempeño de las tareas relativas al puesto ofertado. 6. Declaración responsable de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública ni del Sector Público de cada una de ellas, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas. Esta declaración responsable se encuentra integrada en el propio formulario “Solicitud Admisión Procesos Selectivos” disponible en la Sede Electrónica de la Autoridad Portuaria de Castellón. En el caso de presentar la solicitud de participación en la convocatoria en otro registro electrónico público, esta declaración jurada se deberá redactar en el propio formulario electrónico, no deberá ser presentada como documento adjunto al mismo. 7. Declaración responsable de que son ciertos los datos consignados en la instancia y que se compromete a acreditarlos documentalmente si así resulta requerido; y que reúne las condiciones exigidas en las bases de la convocatoria, las que asume y acepta. Esta declaración responsable se encuentra integrada en el propio formulario de “Solicitud Admisión Procesos Selectivos” disponible en la Sede Electrónica de la Autoridad Portuaria de Castellón. En el caso de presentar la solicitud de participación en la convocatoria en otro registro electrónico público, esta declaración jurada se deberá redactar en el propio formulario electrónico, no deberá ser presentada como documento adjunto al mismo. 8. Currículum Vitae del aspirante, elaborado de manera que se acredite la idoneidad del aspirante con relación a la definición de la ocupación u ocupaciones a cubrir. 9. Originales o copias de diplomas o certificados acreditativos de titulaciones oficiales y cursos formativos. 10. Acreditación de la experiencia profesional: en el caso de que el/la aspirante quiera que se valore la experiencia profesional deberá presentar conjuntamente los siguientes documentos: a) Certificado de Vida Laboral actualizado, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. La fecha límite del tiempo de valoración de la experiencia profesional, será la de la publicación de las presentes Bases (de presentación obligatoria). https://run.gob.es/hsblF8yLcR INFORME DE FIRMA, no sustituye al documento original | C.S.V. : GEN-06ec-5204-a100-f422-d4bb-2062-cd84-47c4 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección: CSV : GEN-06ec-5204-a100-f422-d4bb-2062-cd84-47c4 DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN : https://run.gob.es/hsblF8yLcR FIRMANTE(1) : RUBEN IBAÑEZ BORDONAU | FECHA : 02/07/2026 16:07 | Sin acción específica | Sello de Tiempo: 02/07/2026 16:07 6 b) Original o copia del contrato o contratos de trabajo de los que se derive dicha experiencia (de presentación obligatoria). c) Originales o copias de certificaciones de las empresas en las que haya trabajado que especifiquen claramente los puestos desempeñados y las funciones realizadas (de presentación opcional). d) Los trabajos para Administraciones Públicas se acreditarán siempre mediante original o copia de certificación oficial del órgano competente. e) Cuando la experiencia profesional se derive de la realización de un trabajo por cuenta propia, para acreditarla deberá presentarse el informe RETA y certificación de la actividad en la que se encuentra dado de alta como profesional por cuenta propia, el original o la copia del contrato o de los contratos de trabajo exigidos, en los demás casos se sustituirá por el original o la copia del contrato o contratos de servicios que hubieran dado lugar a la experiencia alegada, y en su caso se podrá acreditar la experiencia de los trabajadores autónomos a través de la certificación de la empresa reseñando los servicios prestados asimismo se valorará la experiencia del trabajador en este apartado cuando tenga concedida la compatibilidad por parte de la APCS (de presentación obligatoria). 11. Relación de méritos debidamente acreditados, realizando una autoevaluación de estos. En el Anexo III se encuentra el modelo para realizar la autoevaluación, que será cotejada junto con la documentación presentada por el Tribunal de la convocatoria. Cuando se aleguen equivalencias u homologaciones de títulos obtenidos o estudios cursados, dicha circunstancia deberá asimismo acreditarse. En otro caso no será tenida en cuenta. 12. No serán objeto de valoración aquellos méritos que no se detallen en la autoevaluación mencionada. 13. Los/as aspirantes no tendrán la obligación de aportar aquellos documentos que ya obren en poder de la APCS, pero sí que tendrán que cumplimentar el Anexo III antes indicado, de acuerdo con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas. En este caso, el/la aspirante deberá indicar en la solicitud la fecha en que el documento concreto se aportó y el procedimiento concreto en el que se produjo dicha aportación para facilitar la labor de localización y utilización en el presente procedimiento. VII. PLAZO DE PRESENTACIÓN Y ADMISIÓN DE ASPIRANTES 1. El plazo general de presentación de solicitudes finalizará transcurridos veinte (20) días hábiles, de fecha a fecha, a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria. Si el día de finalización del plazo coincidiese en sábado o festivo, se pasará al día siguiente hábil. 2. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes y una vez revisadas, el Tribunal, mediante Resolución, aprobará las listas de admitidos y excluidos al proceso de selección con carácter provisional Su publicación deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes, salvo que concurran causas excepcionales debidamente justificadas. Se publicará en el tablón de anuncios principal y en la web de este organismo público portuario. https://run.gob.es/hsblF8yLcR INFORME DE FIRMA, no sustituye al documento original | C.S.V. : GEN-06ec-5204-a100-f422-d4bb-2062-cd84-47c4 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección: CSV : GEN-06ec-5204-a100-f422-d4bb-2062-cd84-47c4 DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN : https://run.gob.es/hsblF8yLcR FIRMANTE(1) : RUBEN IBAÑEZ BORDONAU | FECHA : 02/07/2026 16:07 | Sin acción específica | Sello de Tiempo: 02/07/2026 16:07 7 3. Con la publicación de la citada Resolución se considerará efectuada la correspondiente notificación a los/las interesados/as de la eventual existencia de los defectos que justifican la exclusión de carácter provisional, con la advertencia de que si no se subsana el defecto que haya motivado su exclusión u omisión, se archivará su solicitud sin más trámite y, en su caso, no podrán realizar las pruebas del proceso de selección. 4. Los/as aspirantes excluidos/as, dispondrán de un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su omisión de la lista de admitidos/as o para efectuar las reclamaciones que estimen oportunas. Se formalizará desde el propio expediente abierto con la presentación de la solicitud de admisión al proceso selectivo, entrando en la Sección "Carpeta Ciudadana" de la Sede Electrónica de la Autoridad Portuaria de Castellón (https://sede.portcastello.gob.es/). A efectos de su eficacia, si el día de finalización coincidiera con sábado o festivo se pasará al siguiente día hábil o se computarán sus efectos en el mismo. Alternativamente se podrá utilizar para su presentación cualquier otro registro electrónico adscrito a una administración pública, de acuerdo con el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 5. Las subsanaciones o, en su caso, reclamaciones que se formulen contra la Resolución de la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as serán aceptadas o rechazadas por medio de la Resolución que apruebe la lista definitiva. Esta Resolución será publicada dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la finalización del plazo de alegaciones, en el tablón de anuncios principal y en la página web de este organismo portuario. 6. En dicha resolución, se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos/as y, determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del proceso de selección. 7. El hecho de figurar en la relación de admitidos/as no presupone que se reconozca a los/las candidatos/as la posesión de los requisitos exigidos en la presente convocatoria sino únicamente de su aportación en forma y plazo. 8. Si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los/as aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos, previa audiencia del interesado/a, deberá publicar Resolución excluyendo al candidato/a del proceso de selección, comunicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el/la aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas. VIII. TRIBUNAL 1. El Tribunal será nombrado por la Presidencia del organismo portuario, y estará conformado por un/a Presidente, 3 vocales, y con voz, pero sin voto de un/a Secretario/a y de un/una asesor/a legal, siguiendo el espíritu que para los órganos colegiados se establece en la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. Asimismo, se establecerá un Tribunal suplente con la misma estructura, para su actuación en caso de ser necesario. Ningún miembro podrá ocupar en el Tribunal una posición para la cual no ha sido nombrado. La composición de este se define en el Anexo IV. 2. Sin perjuicio de lo anterior, para la selección del personal sujeto a Convenio, el Tribunal se conformará y actuará a lo regulado en la norma convencional vigente en cada momento. https://run.gob.es/hsblF8yLcR INFORME DE FIRMA, no sustituye al documento original | C.S.V. : GEN-06ec-5204-a100-f422-d4bb-2062-cd84-47c4 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección: CSV : GEN-06ec-5204-a100-f422-d4bb-2062-cd84-47c4 DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN : https://run.gob.es/hsblF8yLcR FIRMANTE(1) : RUBEN IBAÑEZ BORDONAU | FECHA : 02/07/2026 16:07 | Sin acción específica | Sello de Tiempo: 02/07/2026 16:07 8 3. El Tribunal se reúne a convocatoria de su presidente y se constituye válidamente con la presencia de la mayoría de sus miembros. El presidente tendrá voto de calidad para casos de empate en las decisiones tomadas por el Tribunal, de acuerdo con lo previsto en el artículo 19 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. 4. El Curriculum Vitae (CV) de los miembros del órgano de selección, estará a disposición de los interesados en este proceso, pudiendo acceder al mismo previa solicitud al departamento de Recursos Humanos de la Autoridad Portuaria de Castellón. 5. El Tribunal levantará acta de todas sus actuaciones y decisiones formales, de conformidad con lo regulado en el artículo 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. 6. El Tribunal tiene la capacidad de valorar e interpretar todas las normas de procedimiento y evaluación que sean necesarias para el desarrollo del proceso de selección, incluyendo el contenido de las presentes Bases. Asimismo, tiene competencia plena para la valoración de los conocimientos y aptitudes en los términos previstos en estas Bases. 7. Los miembros de los Tribunales se abstendrán de intervenir en el proceso, por las causas establecidas en el artículo 23 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, comunicándolo al presidente de la Autoridad Portuaria de Castellón. El presidente de la Autoridad Portuaria podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias antes mencionadas. 8. Asimismo, los/as aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, en cualquier momento de la tramitación del procedimiento. La recusación se planteará por escrito, y en ella se expresará la causa o causas en que se funda. En el día siguiente el recusado manifestará al presidente del Tribunal si se da o no en él la causa alegada. En el primer caso, el presidente del Tribunal podrá acordar su sustitución acto seguido. Si el recusado niega la causa de recusación, el presidente del Tribunal resolverá en el plazo de tres (3) días hábiles, previos los informes y comprobaciones que considere oportunos. Contra las resoluciones adoptadas en esta materia no cabrá recurso, sin perjuicio de la posibilidad de alegar la recusación al interponer el recurso que proceda contra el acto que termine el procedimiento. 9. Todas las alegaciones, reclamaciones o peticiones deberán dirigirse al Tribunal en el plazo de tres (3) días hábiles desde la publicación de la comunicación de que se trate y se presentarán en el Registro General de la Autoridad Portuaria de Castellón con cita previa, o en los registros a los que se refiere el artículo 16.4 de la ley 36/2015. No se aplicará este plazo a las alegaciones, reclamaciones y peticiones establecidas en la Base VII de este documento (Plazo de presentación y admisión de aspirantes), dado que tiene su plazo específico. 10. Los miembros del Tribunal percibirán las indemnizaciones que legalmente les correspondan. IX. PROCESO DE SELECCIÓN El Tribunal evaluará a las personas candidatas mediante el sistema de Concurso – Oposición. El calendario aproximado de celebración del proceso de selección será confirmado en las distintas resoluciones del Tribunal, con un cronograma de fechas estimadas: https://run.gob.es/hsblF8yLcR INFORME DE FIRMA, no sustituye al documento original | C.S.V. : GEN-06ec-5204-a100-f422-d4bb-2062-cd84-47c4 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección: CSV : GEN-06ec-5204-a100-f422-d4bb-2062-cd84-47c4 DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN : https://run.gob.es/hsblF8yLcR FIRMANTE(1) : RUBEN IBAÑEZ BORDONAU | FECHA : 02/07/2026 16:07 | Sin acción específica | Sello de Tiempo: 02/07/2026 16:07 9 Prueba Fecha Conocimientos Generales Septiembre 2026 Competencias técnicas Septiembre 2026 Competencias genéricas Septiembre/ Octubre 2026 Concurso de méritos Octubre 2026 Se prevé que el proceso de selección tendrá una duración inferior a 5 meses. La celebración del primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará en un plazo máximo de tres (3) meses contados a partir de la publicación de estás ba
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