Convocatoria: 36/2025 A, B y C
Categoría: INSPECTOR/A DE LA POLICÍA LOCAL. Proceso selectivo para la provisión en propiedad de 3 plazas
de Inspector/a del cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Castelló de la Plana, mediante turno libre, turno
de promoción interna ordinaria y turno de promoción interna interadministrativa.
Subgrupo: A2.
Sistema selectivo: Oposición-Concurso
B.O.P.: n.º 152 de 20 de diciembre de 2025
Realizado el acto revisión de la prueba psicotécnica de este proceso selectivo, se publican los
resultados definitivos obtenidos en el turno libre, en el turno de promoción interna y en el turno
de promoción interna interadministrativa así como el informe final del asesor externo que el
Tribunal ha aprobado en sesión celebrada el 30 de julio de 2026.
De conformidad con la Base 7ª de las Bases rectoras de este proceso selectivo, se convoca a
las personas aspirantes que han obtenido la calificación de APTO/A en la prueba psicotécnica de
cada uno de los 3 turnos, para la realización del ejercicio escrito de preguntas con
respuestas alternativas, de carácter obligatorio y eliminatorio el próximo 8 de septiembre a
las 9:30 horas en la Escuela de Seguridad Pública.
Resultados definitivos TURNO LIBRE:
n.º
CÓDIGO
NOMBRE
CALIFICACIÓN
1
17719
Ana Belén Parra Hurtado
NO APTA
2
17720
Pablo Marín Herranz
NO APTO
5
17723
Javier Ávalos Ibáñez
NO APTO
7
17725
Raquel Monfort Sales
NO APTA
13
17731
Pedro José Moratalla Moratalla
NO APTO
14
17732
Eduardo Carlos González Rodríguez
APTO
15
17733
Norberto Illana Pérez
NO APTO
Resultados definitivos TURNO PROMOCIÓN INTERNA ORDINARIA
n.º
CÓDIGO
NOMBRE
CALIFICACIÓN
3
17721
Martín Bacas Naayen
APTO/
4
17722
Javier Carmona Montero
APTO
6
17724
Pascual Barreda Martínez
NO APTO
8
17726
Ismael Illana Pérez
NO APTO
10
17728
Carina Beltrán Aznar
APTA
12
17730
Germán Juan Ponz
APTO
16
17734
Juan Antonio Ortiz Vives
NO APTO
17
17735
Beatriz Domingo Guillén
APTA
18
17736
Roberto Traver Castelló
NO APTO
Resultados definitivos TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA INTERADMINISTRATIVA
n.
º
CÓDIGO
NOMBRE
CALIFICACIÓN
9
17727
Juan Pablo Pascual Berzosa
NO APTO
11
17729
Iván Castelló Mor
APTO/A
ANUNCIO
RESULTADO DEFINITIVO PRUEBA PSICOTÉCNICA
Y CONVOCATORIA EJERCICIO TEST
Cód. Validación: 6J2E332M4PLSEKQZ7CEQR4YGW
Verificación: https://sede.castello.es/
Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 9
Silvia Agost Puig (1 de 1)
TAG de Modernización
Fecha Firma: 04/08/2026
HASH: cabd0025fb3f41e0db8fa8073c06c4d0
INFORME DE CALIFICACIÓN FINAL
- Que, con la finalidad de atender al deber de motivar debidamente la declaración de superado, en las
pruebas psicotécnicas en la que se han valorado rasgos o factores de personalidad, se procederá en
la presente sesión del proceso selectivo, a informar y explicar de manera comprensible, a los
integrantes del OTS y a los interesados de tres cuestiones:
A) Del material o las fuentes de información sobre las que va a operar el juicio técnico, quedó
expuesto en el informe previo, donde se indicaba que la prueba psicotécnica constaría de dos
ejercicios de test de personalidad:
a) Uno dirigido a evaluar rasgos de personalidad general, así como indicadores de desajuste o
inadaptación, todo ello con el uso de pruebas clínicas validadas para sujetos normales y para
descartar conductas desajustadas. El cuestionario de análisis clínico también es un instrumento de
evaluación complementaria, para identificar tanto las conductas de carácter depresivo, como las de
alteración de la adaptación emocional y social.
b) Otro dirigido a la medición de las conductas relacionadas con la actividad laboral, y las tendencias
comportamentales del sujeto en las distintas situaciones y actividades laborales.
B) De los criterios de valoración cualitativa que se han utilizado para emitir el juicio técnico, también
fueron publicados y explicados a los interesados en el informe previo, antes de iniciar los ejercicios.
Se trata de los baremos para ofrecer el perfil idóneo para seguir con el procedimiento. Dichos
baremos, aceptados por el tribunal, una vez resueltas por el asesor las cuestiones que por sus
integrantes se plantearon. Quedando fijados los intervalos de confianza:
C) Del empleo correcto del material, es decir de la aplicación de las pruebas por técnico competente,
a través de la explicación detallada de todo el proceso y de la asistencia a los candidatos para que
cumplimenten de forma correcta los autoinformes a partir de las cuestiones planteadas en los
manuales correspondientes, y de su corrección según los baremos aprobados por el OTS para estas
pruebas, se obtiene la calificación provisional a falta del visto bueno del tribunal. Todos los candidatos
que lo soliciten tendrán acceso a sus hojas de respuesta y a la explicación de las causas individuales
de la calificación obtenida, con el objeto de conocer los criterios que conducen al resultado.
TABLA DE RESULTADOS NO APTOS
N.º
CODIGO
Pruebas
Resultado
pendiente
1
17719
no superada
6
revisión
2
17720
no superada
5
revisión
3
17723
no superada
1
revisión
4
17724
no superada
2
revisión
5
17725
no superada
2
revisión
6
17726
no superada
2
revisión
7
17727
no superada
6
revisión
8
17731
no superada
5
revisión
9
17733
no superada
3
revisión
10
17734
no superada
5
revisión
11
17736
no superada
2
revisión
Cód. Validación: 6J2E332M4PLSEKQZ7CEQR4YGW
Verificación: https://sede.castello.es/
Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 9
-Que se han presentado a revisión el 30 de julio de 2026, los siguientes candidatos con el resultado
que se refleja en cuadro adjunto:
REVISIONES EFECTUADAS
N.º
CODIGO
Candidato
Acción Resultado
1
17719
--
No Revisa
No Apto
2
17720
--
No Revisa
No Apto
3
17723
JAL
Revisa No Apto
4
17724
--
No Revisa
No Apto
5
17725
RMS
Revisa No Apto
6
17726
IIP
Revisa No Apto
7
17727
--
No Revisa
No Apto
8
17731
PJMM Revisa No Apto
9
17733
NJP
Revisa No Apto
10
17734
JADV
Revisa No Apto
11
17736
RTC
Revisa No Apto
-Que, durante las revisiones, se ha informado a todos los candidatos interesados y que han
concurrido a la convocatoria efectuada por el OTS, de:
-El material y las fuentes de información sobre las que ha operado el juicio técnico en los test de
personalidad.
-Los criterios de valoración cualitativa utilizados para emitir el juicio técnico (que ya fueron anunciados
en el informe previo).
-Y la motivación de como la aplicación de estos criterios ha llevado a la calificación de no superar la
prueba en base a los estándares establecidos.
-Se hace constar que todos los candidatos han tenido acceso a sus pruebas y a asesoramiento e
información particular por el técnico psicólogo.
LISTADO FINAL DE CANDIDATOS APTOS Y QUE HAN SUPERADO LAS PRUEBAS DE
PERSONALIDAD
N.º
CODIGO
Prueba Resultado
1
17721
superada
APTO
2
17722
superada
APTO
3
17728
superada
APTO
4
17729
superada
APTO
5
17730
superada
APTO
6
17732
superada
APTO
7
17735
superada
APTO
MOTIVACION APTOS
-Que, en cuanto a la motivación de cómo la aplicación de los criterios establecidos en el informe
previo, ha llevado a la calificación final, así como el material y las fuentes de información sobre las
que ha operado el juicio técnico en los test de personalidad. (datos que ya fueron anunciados en el
Cód. Validación: 6J2E332M4PLSEKQZ7CEQR4YGW
Verificación: https://sede.castello.es/
Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 9
informe previo), Resultan Aptos tras las pruebas.
Todos los candidatos reseñados en la tabla superior dado que han obtenido puntuaciones que
superan los mínimos establecidos y han cumplido con las normas de cumplimentación de la prueba
psicotécnica (criterios establecidos previamente). Resultado APTOS
MOTIVACIÓN NO APTOS
-Que, en cuanto a la motivación de cómo la aplicación de los criterios establecidos en el informe
previo, ha llevado a la calificación final, así como el material y las fuentes de información sobre las
que ha operado el juicio técnico en los test de personalidad. (datos que ya fueron anunciados en el
informe previo), Resultan NO Aptos.
El Código 17719: No ha superado las pruebas de Personalidad.
Resultado NO APTO
-En el informe previo, Criterios de valoración y corrección, características y duración de las pruebas,
consta que:
- El Tribunal Calificador, en su condición de órgano colegiado, estableció que los baremos necesarios
para considerar que se ofrece el perfil idóneo para seguir con el procedimiento son:
-Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de
desajuste o inadaptación
T (5/6)
-Que, la validez de la prueba que mide el desajuste o inadaptación está supeditada a:
-que el número de respuestas intermedias (indecisiones), no supere 10 respuestas tipo intermedio o
respuestas en blanco. Respuestas tipo B.
-Intervalo de confianza para las pruebas de validación de respuestas, tales como Sinceridad,
Deseabilidad y Control…………30/70.
El Candidato, en la Prueba de Personalidad, no ha superado estos criterios:
1.-Que, la puntuación del Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad
general e indicadores de desajuste o inadaptación
debe estar entre 5/6 para todas las escalas
generales y categorías profesionales y, en este caso, el código no ha superado 6 escalas:
Resulta No Apto.
El Código 17720: No ha superado las pruebas de Personalidad.
Resultado NO APTO
-En el informe previo, Criterios de valoración y corrección, características y duración de las pruebas,
consta que:
- El Tribunal Calificador, en su condición de órgano colegiado, estableció que los baremos necesarios
para considerar que se ofrece el perfil idóneo para seguir con el procedimiento son:
-Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de
desajuste o inadaptación
T (5/6)
-Que, la validez de la prueba que mide el desajuste o inadaptación está supeditada a:
-que el número de respuestas intermedias (indecisiones), no supere 10 respuestas tipo intermedio o
respuestas en blanco. Respuestas tipo B.
-Intervalo de confianza para las pruebas de validación de respuestas, tales como Sinceridad,
Deseabilidad y Control…………30/70.
Cód. Validación: 6J2E332M4PLSEKQZ7CEQR4YGW
Verificación: https://sede.castello.es/
Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 9
El Candidato, en la Prueba de Personalidad, no ha superado estos criterios:
1.-Que, la puntuación del Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad
general e indicadores de desajuste o inadaptación
debe estar entre 5/6 para todas las escalas
generales y categorías profesionales y, en este caso, el código no ha superado 5 escalas:
Resulta No Apto.
El Código 17723: No ha superado las pruebas de Personalidad.
Resultado NO APTO
-En el informe previo, Criterios de valoración y corrección, características y duración de las pruebas,
consta que:
- El Tribunal Calificador, en su condición de órgano colegiado, estableció que los baremos necesarios
para considerar que se ofrece el perfil idóneo para seguir con el procedimiento son:
-Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de
desajuste o inadaptación
T (5/6)
-Que, la validez de la prueba que mide el desajuste o inadaptación está supeditada a:
-que el número de respuestas intermedias (indecisiones), no supere 10 respuestas tipo intermedio o
respuestas en blanco. Respuestas tipo B.
-Intervalo de confianza para las pruebas de validación de respuestas, tales como Sinceridad,
Deseabilidad y Control…………30/70.
El Candidato, en la Prueba de Personalidad, no ha superado estos criterios:
1.-Que, la puntuación del Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad
general e indicadores de desajuste o inadaptación
debe estar entre 5/6 para todas las escalas
generales y categorías profesionales y, en este caso, el código no ha superado 1 escalas:
Resulta No Apto.
El Código 17724: No ha superado las pruebas de Personalidad.
Resultado NO APTO
-En el informe previo, Criterios de valoración y corrección, características y duración de las pruebas,
consta que:
- El Tribunal Calificador, en su condición de órgano colegiado, estableció que los baremos necesarios
para considerar que se ofrece el perfil idóneo para seguir con el procedimiento son:
-Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de
desajuste o inadaptación
T (5/6)
-Que, la validez de la prueba que mide el desajuste o inadaptación está supeditada a:
-que el número de respuestas intermedias (indecisiones), no supere 10 respuestas tipo intermedio o
respuestas en blanco. Respuestas tipo B.
-Intervalo de confianza para las pruebas de validación de respuestas, tales como Sinceridad,
Deseabilidad y Control…………30/70.
El Candidato, en la Prueba de Personalidad, no ha superado estos criterios:
1.-Que, la puntuación del Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad
Cód. Validación: 6J2E332M4PLSEKQZ7CEQR4YGW
Verificación: https://sede.castello.es/
Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 9
general e indicadores de desajuste o inadaptación debe estar entre 5/6 para todas las escalas
generales y categorías profesionales y, en este caso, el código no ha superado 2 escalas:
Resulta No Apto.
El Código 17725: No ha superado las pruebas de Personalidad.
Resultado NO APTO
-En el informe previo, Criterios de valoración y corrección, características y duración de las pruebas,
consta que:
- El Tribunal Calificador, en su condición de órgano colegiado, estableció que los baremos necesarios
para considerar que se ofrece el perfil idóneo para seguir con el procedimiento son:
-Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de
desajuste o inadaptación
T (5/6)
-Que, la validez de la prueba que mide el desajuste o inadaptación está supeditada a:
-que el número de respuestas intermedias (indecisiones), no supere 10 respuestas tipo intermedio o
respuestas en blanco. Respuestas tipo B.
-Intervalo de confianza para las pruebas de validación de respuestas, tales como Sinceridad,
Deseabilidad y Control…………30/70.
El Candidato, en la Prueba de Personalidad, no ha superado estos criterios:
1.-Que, la puntuación del Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad
general e indicadores de desajuste o inadaptación debe estar entre 5/6 para todas las escalas
generales y categorías profesionales y, en este caso, el código no ha superado 2 escalas:
Resulta No Apto.
El Código 17726: No ha superado las pruebas de Personalidad.
Resultado NO APTO
-En el informe previo, Criterios de valoración y corrección, características y duración de las pruebas,
consta que:
- El Tribunal Calificador, en su condición de órgano colegiado, estableció que los baremos necesarios
para considerar que se ofrece el perfil idóneo para seguir con el procedimiento son:
-Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de
desajuste o inadaptación
T (5/6)
-Que, la validez de la prueba que mide el desajuste o inadaptación está supeditada a:
-que el número de respuestas intermedias (indecisiones), no supere 10 respuestas tipo intermedio o
respuestas en blanco. Respuestas tipo B.
-Intervalo de confianza para las pruebas de validación de respuestas, tales como Sinceridad,
Deseabilidad y Control…………30/70.
El Candidato, en la Prueba de Personalidad, no ha superado estos criterios:
1.-Que, la puntuación del Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad
general e indicadores de desajuste o inadaptación debe estar entre 5/6 para todas las escalas
generales y categorías profesionales y, en este caso, el código no ha superado 2 escalas:
Resulta No Apto.
Cód. Validación: 6J2E332M4PLSEKQZ7CEQR4YGW
Verificación: https://sede.castello.es/
Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 9
El Código 17727: No ha superado las pruebas de Personalidad.
Resultado NO APTO
-En el informe previo, Criterios de valoración y corrección, características y duración de las pruebas,
consta que:
- El Tribunal Calificador, en su condición de órgano colegiado, estableció que los baremos necesarios
para considerar que se ofrece el perfil idóneo para seguir con el procedimiento son:
-Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de
desajuste o inadaptación
T (5/6)
-Que, la validez de la prueba que mide el desajuste o inadaptación está supeditada a:
-que el número de respuestas intermedias (indecisiones), no supere 10 respuestas tipo intermedio o
respuestas en blanco. Respuestas tipo B.
-Intervalo de confianza para las pruebas de validación de respuestas, tales como Sinceridad,
Deseabilidad y Control…………30/70.
El Candidato, en la Prueba de Personalidad, no ha superado estos criterios:
1.-Que, la puntuación del Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad
general e indicadores de desajuste o inadaptación debe estar entre 5/6 para todas las escalas
generales y categorías profesionales y, en este caso, el código no ha superado 6 escalas:
Resulta No Apto.
El Código 17731: No ha superado las pruebas de Personalidad.
Resultado NO APTO
-En el informe previo, Criterios de valoración y corrección, características y duración de las pruebas,
consta que:
- El Tribunal Calificador, en su condición de órgano colegiado, estableció que los baremos necesarios
para considerar que se ofrece el perfil idóneo para seguir con el procedimiento son:
-Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de
desajuste o inadaptación
T (5/6)
-Que, la validez de la prueba que mide el desajuste o inadaptación está supeditada a:
-que el número de respuestas intermedias (indecisiones), no supere 10 respuestas tipo intermedio o
respuestas en blanco. Respuestas tipo B.
-Intervalo de confianza para las pruebas de validación de respuestas, tales como Sinceridad,
Deseabilidad y Control…………30/70.
El Candidato, en la Prueba de Personalidad, no ha superado estos criterios:
1.-Que, la puntuación del Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad
general e indicadores de desajuste o inadaptación debe estar entre 5/6 para todas las escalas
generales y categorías profesionales y, en este caso, el código no ha superado 5 escalas:
Resulta No Apto.
El Código 17733: No ha superado las pruebas de Personalidad.
Resultado NO APTO
Cód. Validación: 6J2E332M4PLSEKQZ7CEQR4YGW
Verificación: https://sede.castello.es/
Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 9
-En el informe previo, Criterios de valoración y corrección, características y duración de las pruebas,
consta que:
- El Tribunal Calificador, en su condición de órgano colegiado, estableció que los baremos necesarios
para considerar que se ofrece el perfil idóneo para seguir con el procedimiento son:
-Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de
desajuste o inadaptación
T (5/6)
-Que, la validez de la prueba que mide el desajuste o inadaptación está supeditada a:
-que el número de respuestas intermedias (indecisiones), no supere 10 respuestas tipo intermedio o
respuestas en blanco. Respuestas tipo B.
-Intervalo de confianza para las pruebas de validación de respuestas, tales como Sinceridad,
Deseabilidad y Control…………30/70.
El Candidato, en la Prueba de Personalidad, no ha superado estos criterios:
1.-Que, la puntuación del Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad
general e indicadores de desajuste o inadaptación debe estar entre 5/6 para todas las escalas
generales y categorías profesionales y, en este caso, el código no ha superado 3 escalas:
Resulta No Apto.
El Código 17734: No ha superado las pruebas de Personalidad.
Resultado NO APTO
-En el informe previo, Criterios de valoración y corrección, características y duración de las pruebas,
consta que:
- El Tribunal Calificador, en su condición de órgano colegiado, estableció que los baremos necesarios
para considerar que se ofrece el perfil idóneo para seguir con el procedimiento son:
-Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de
desajuste o inadaptación
T (5/6)
-Que, la validez de la prueba que mide el desajuste o inadaptación está supeditada a:
-que el número de respuestas intermedias (indecisiones), no supere 10 respuestas tipo intermedio o
respuestas en blanco. Respuestas tipo B.
-Intervalo de confianza para las pruebas de validación de respuestas, tales como Sinceridad,
Deseabilidad y Control…………30/70.
El Candidato, en la Prueba de Personalidad, no ha superado estos criterios:
1.-Que, la puntuación del Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad
general e indicadores de desajuste o inadaptación debe estar entre 5/6 para todas las escalas
generales y categorías profesionales y, en este caso, el código no ha superado 5 escalas:
Resulta No Apto.
El Código 17736: No ha superado las pruebas de Personalidad.
Resultado NO APTO
-En el informe previo, Criterios de valoración y corrección, características y duración de las pruebas,
consta que:
- El Tribunal Calificador, en su condición de órgano colegiado, estableció que los baremos necesarios
Cód. Validación: 6J2E332M4PLSEKQZ7CEQR4YGW
Verificación: https://sede.castello.es/
Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 9
para considerar que se ofrece el perfil idóneo para seguir con el procedimiento son:
-Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de
desajuste o inadaptación
T (5/6)
-Que, la validez de la prueba que mide el desajuste o inadaptación está supeditada a:
-que el número de respuestas intermedias (indecisiones), no supere 10 respuestas tipo intermedio o
respuestas en blanco. Respuestas tipo B.
-Intervalo de confianza para las pruebas de validación de respuestas, tales como Sinceridad,
Deseabilidad y Control…………30/70.
El Candidato, en la Prueba de Personalidad, no ha superado estos criterios:
1.-Que, la puntuación del Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad
general e indicadores de desajuste o inadaptación
debe estar entre 5/6 para todas las escalas
generales y categorías profesionales y, en este caso, el código no ha superado 2 escalas:
Resulta No Apto.
En el Anexo IV, punto 4 del Decreto 179/2021 de 5 de noviembre, se repite este apunte de la Orden
23 nov:
4. Adicionalmente, se considerará No apto a cualquier candidato al puesto que no supere los criterios
mínimos en la escala de sinceridad y distorsión de la imagen, (VALIDEZ), que no ofrezca
puntuaciones adecuadas al perfil o que obtengan resultados que indiquen desajuste psicológico,
inadaptación u otras dificultades que impidan un funcionamiento profesional.
Se hace constar que, durante la REVISIÓN, se le muestran al candidato los resultados de sus
pruebas, aclarando las dudas que plantea, sin que conste finalmente observación alguna por su
parte.
QUE: se hace constar que, en todos los casos, el criterio es totalmente objetivo y esta basado en
evaluar si se superan o no los criterios que se han establecido previamente. Los criterios establecidos
son normativos de las pruebas y se mide si se superan o no estos criterios. No se tiene en cuenta
efecto de examinador ni se ponderan variables que no se hayan citado en el informe previo en el
apartado de Criterios de Corrección y Valoración. Por lo tanto, la evaluación final es objetiva, y
depende totalmente de las puntuaciones directas obtenidas por el sujeto al sumar los puntos de las
casillas marcadas por el candidato. El juicio Técnico es totalmente objetivo, consiste en análisis de los
datos anotados por el sujeto en las hojas de respuesta, valoración de los mismos según tablas del
manual y comprobación de si cumplen los criterios de valoración previos establecidos.
Se recuerda que contra las resoluciones y actos dictados por el Tribunal de Selección, así como
contra los actos de trámite que impidan la continuación del procedimiento o produzcan
indefensión a las personas interesadas, podrá interponerse recurso de alzada ante el órgano que
hubiera designado a dicho Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de que las personas interesadas puedan
ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses
legítimos.
LA SECRETARIA DEL TRIBUNAL CALIFICADOR
(documento firmado electrónicamente al margen)
Cód. Validación: 6J2E332M4PLSEKQZ7CEQR4YGW
Verificación: https://sede.castello.es/
Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 9