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A2Concurs-oposicióMixt

3 places de Inspector/a del cuerpo de la Policía Local

Ayuntamiento de Castelló de la PlanaCastelló de la Plana, Castellón

Termini tancatdes del 01/09/2026

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L'essencial

Titulació requerida
Título universitario de Grado (o Diplomatura / Ingeniería Técnica)
Grup professional
A2 · Técnico medio (grado / diplomatura)
Places
3
Tipus d'accés
Mixt
Tipus de procés
Concurs-oposició
Termini
20 dies hàbils
Publicada
04/08/2026
Fi de termini
01/09/2026
Administració
Local (ayuntamiento/diputación)
Font principal
Ayto. València

Algunes dades són aproximades. Hem inferit data fi de termini perquè la font oficial no els explicita. Verifica sempre amb l'anunci original.

Text oficial complet

Convocatoria: 36/2025 A, B y C Categoría: INSPECTOR/A DE LA POLICÍA LOCAL. Proceso selectivo para la provisión en propiedad de 3 plazas de Inspector/a del cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Castelló de la Plana, mediante turno libre, turno de promoción interna ordinaria y turno de promoción interna interadministrativa. Subgrupo: A2. Sistema selectivo: Oposición-Concurso B.O.P.: n.º 152 de 20 de diciembre de 2025 Realizado el acto revisión de la prueba psicotécnica de este proceso selectivo, se publican los resultados definitivos obtenidos en el turno libre, en el turno de promoción interna y en el turno de promoción interna interadministrativa así como el informe final del asesor externo que el Tribunal ha aprobado en sesión celebrada el 30 de julio de 2026. De conformidad con la Base 7ª de las Bases rectoras de este proceso selectivo, se convoca a las personas aspirantes que han obtenido la calificación de APTO/A en la prueba psicotécnica de cada uno de los 3 turnos, para la realización del ejercicio escrito de preguntas con respuestas alternativas, de carácter obligatorio y eliminatorio el próximo 8 de septiembre a las 9:30 horas en la Escuela de Seguridad Pública. Resultados definitivos TURNO LIBRE: n.º CÓDIGO NOMBRE CALIFICACIÓN 1 17719 Ana Belén Parra Hurtado NO APTA 2 17720 Pablo Marín Herranz NO APTO 5 17723 Javier Ávalos Ibáñez NO APTO 7 17725 Raquel Monfort Sales NO APTA 13 17731 Pedro José Moratalla Moratalla NO APTO 14 17732 Eduardo Carlos González Rodríguez APTO 15 17733 Norberto Illana Pérez NO APTO Resultados definitivos TURNO PROMOCIÓN INTERNA ORDINARIA n.º CÓDIGO NOMBRE CALIFICACIÓN 3 17721 Martín Bacas Naayen APTO/ 4 17722 Javier Carmona Montero APTO 6 17724 Pascual Barreda Martínez NO APTO 8 17726 Ismael Illana Pérez NO APTO 10 17728 Carina Beltrán Aznar APTA 12 17730 Germán Juan Ponz APTO 16 17734 Juan Antonio Ortiz Vives NO APTO 17 17735 Beatriz Domingo Guillén APTA 18 17736 Roberto Traver Castelló NO APTO Resultados definitivos TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA INTERADMINISTRATIVA n. º CÓDIGO NOMBRE CALIFICACIÓN 9 17727 Juan Pablo Pascual Berzosa NO APTO 11 17729 Iván Castelló Mor APTO/A ANUNCIO RESULTADO DEFINITIVO PRUEBA PSICOTÉCNICA Y CONVOCATORIA EJERCICIO TEST Cód. Validación: 6J2E332M4PLSEKQZ7CEQR4YGW Verificación: https://sede.castello.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 9 Silvia Agost Puig (1 de 1) TAG de Modernización Fecha Firma: 04/08/2026 HASH: cabd0025fb3f41e0db8fa8073c06c4d0 INFORME DE CALIFICACIÓN FINAL - Que, con la finalidad de atender al deber de motivar debidamente la declaración de superado, en las pruebas psicotécnicas en la que se han valorado rasgos o factores de personalidad, se procederá en la presente sesión del proceso selectivo, a informar y explicar de manera comprensible, a los integrantes del OTS y a los interesados de tres cuestiones: A) Del material o las fuentes de información sobre las que va a operar el juicio técnico, quedó expuesto en el informe previo, donde se indicaba que la prueba psicotécnica constaría de dos ejercicios de test de personalidad: a) Uno dirigido a evaluar rasgos de personalidad general, así como indicadores de desajuste o inadaptación, todo ello con el uso de pruebas clínicas validadas para sujetos normales y para descartar conductas desajustadas. El cuestionario de análisis clínico también es un instrumento de evaluación complementaria, para identificar tanto las conductas de carácter depresivo, como las de alteración de la adaptación emocional y social. b) Otro dirigido a la medición de las conductas relacionadas con la actividad laboral, y las tendencias comportamentales del sujeto en las distintas situaciones y actividades laborales. B) De los criterios de valoración cualitativa que se han utilizado para emitir el juicio técnico, también fueron publicados y explicados a los interesados en el informe previo, antes de iniciar los ejercicios. Se trata de los baremos para ofrecer el perfil idóneo para seguir con el procedimiento. Dichos baremos, aceptados por el tribunal, una vez resueltas por el asesor las cuestiones que por sus integrantes se plantearon. Quedando fijados los intervalos de confianza: C) Del empleo correcto del material, es decir de la aplicación de las pruebas por técnico competente, a través de la explicación detallada de todo el proceso y de la asistencia a los candidatos para que cumplimenten de forma correcta los autoinformes a partir de las cuestiones planteadas en los manuales correspondientes, y de su corrección según los baremos aprobados por el OTS para estas pruebas, se obtiene la calificación provisional a falta del visto bueno del tribunal. Todos los candidatos que lo soliciten tendrán acceso a sus hojas de respuesta y a la explicación de las causas individuales de la calificación obtenida, con el objeto de conocer los criterios que conducen al resultado. TABLA DE RESULTADOS NO APTOS N.º CODIGO Pruebas Resultado pendiente 1 17719 no superada 6 revisión 2 17720 no superada 5 revisión 3 17723 no superada 1 revisión 4 17724 no superada 2 revisión 5 17725 no superada 2 revisión 6 17726 no superada 2 revisión 7 17727 no superada 6 revisión 8 17731 no superada 5 revisión 9 17733 no superada 3 revisión 10 17734 no superada 5 revisión 11 17736 no superada 2 revisión Cód. Validación: 6J2E332M4PLSEKQZ7CEQR4YGW Verificación: https://sede.castello.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 9 -Que se han presentado a revisión el 30 de julio de 2026, los siguientes candidatos con el resultado que se refleja en cuadro adjunto: REVISIONES EFECTUADAS N.º CODIGO Candidato Acción Resultado 1 17719 -- No Revisa No Apto 2 17720 -- No Revisa No Apto 3 17723 JAL Revisa No Apto 4 17724 -- No Revisa No Apto 5 17725 RMS Revisa No Apto 6 17726 IIP Revisa No Apto 7 17727 -- No Revisa No Apto 8 17731 PJMM Revisa No Apto 9 17733 NJP Revisa No Apto 10 17734 JADV Revisa No Apto 11 17736 RTC Revisa No Apto -Que, durante las revisiones, se ha informado a todos los candidatos interesados y que han concurrido a la convocatoria efectuada por el OTS, de: -El material y las fuentes de información sobre las que ha operado el juicio técnico en los test de personalidad. -Los criterios de valoración cualitativa utilizados para emitir el juicio técnico (que ya fueron anunciados en el informe previo). -Y la motivación de como la aplicación de estos criterios ha llevado a la calificación de no superar la prueba en base a los estándares establecidos. -Se hace constar que todos los candidatos han tenido acceso a sus pruebas y a asesoramiento e información particular por el técnico psicólogo. LISTADO FINAL DE CANDIDATOS APTOS Y QUE HAN SUPERADO LAS PRUEBAS DE PERSONALIDAD N.º CODIGO Prueba Resultado 1 17721 superada APTO 2 17722 superada APTO 3 17728 superada APTO 4 17729 superada APTO 5 17730 superada APTO 6 17732 superada APTO 7 17735 superada APTO MOTIVACION APTOS -Que, en cuanto a la motivación de cómo la aplicación de los criterios establecidos en el informe previo, ha llevado a la calificación final, así como el material y las fuentes de información sobre las que ha operado el juicio técnico en los test de personalidad. (datos que ya fueron anunciados en el Cód. Validación: 6J2E332M4PLSEKQZ7CEQR4YGW Verificación: https://sede.castello.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 9 informe previo), Resultan Aptos tras las pruebas. Todos los candidatos reseñados en la tabla superior dado que han obtenido puntuaciones que superan los mínimos establecidos y han cumplido con las normas de cumplimentación de la prueba psicotécnica (criterios establecidos previamente). Resultado APTOS MOTIVACIÓN NO APTOS -Que, en cuanto a la motivación de cómo la aplicación de los criterios establecidos en el informe previo, ha llevado a la calificación final, así como el material y las fuentes de información sobre las que ha operado el juicio técnico en los test de personalidad. (datos que ya fueron anunciados en el informe previo), Resultan NO Aptos. El Código 17719: No ha superado las pruebas de Personalidad. Resultado NO APTO -En el informe previo, Criterios de valoración y corrección, características y duración de las pruebas, consta que: - El Tribunal Calificador, en su condición de órgano colegiado, estableció que los baremos necesarios para considerar que se ofrece el perfil idóneo para seguir con el procedimiento son: -Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de desajuste o inadaptación T (5/6) -Que, la validez de la prueba que mide el desajuste o inadaptación está supeditada a: -que el número de respuestas intermedias (indecisiones), no supere 10 respuestas tipo intermedio o respuestas en blanco. Respuestas tipo B. -Intervalo de confianza para las pruebas de validación de respuestas, tales como Sinceridad, Deseabilidad y Control…………30/70. El Candidato, en la Prueba de Personalidad, no ha superado estos criterios: 1.-Que, la puntuación del Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de desajuste o inadaptación debe estar entre 5/6 para todas las escalas generales y categorías profesionales y, en este caso, el código no ha superado 6 escalas: Resulta No Apto. El Código 17720: No ha superado las pruebas de Personalidad. Resultado NO APTO -En el informe previo, Criterios de valoración y corrección, características y duración de las pruebas, consta que: - El Tribunal Calificador, en su condición de órgano colegiado, estableció que los baremos necesarios para considerar que se ofrece el perfil idóneo para seguir con el procedimiento son: -Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de desajuste o inadaptación T (5/6) -Que, la validez de la prueba que mide el desajuste o inadaptación está supeditada a: -que el número de respuestas intermedias (indecisiones), no supere 10 respuestas tipo intermedio o respuestas en blanco. Respuestas tipo B. -Intervalo de confianza para las pruebas de validación de respuestas, tales como Sinceridad, Deseabilidad y Control…………30/70. Cód. Validación: 6J2E332M4PLSEKQZ7CEQR4YGW Verificación: https://sede.castello.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 9 El Candidato, en la Prueba de Personalidad, no ha superado estos criterios: 1.-Que, la puntuación del Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de desajuste o inadaptación debe estar entre 5/6 para todas las escalas generales y categorías profesionales y, en este caso, el código no ha superado 5 escalas: Resulta No Apto. El Código 17723: No ha superado las pruebas de Personalidad. Resultado NO APTO -En el informe previo, Criterios de valoración y corrección, características y duración de las pruebas, consta que: - El Tribunal Calificador, en su condición de órgano colegiado, estableció que los baremos necesarios para considerar que se ofrece el perfil idóneo para seguir con el procedimiento son: -Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de desajuste o inadaptación T (5/6) -Que, la validez de la prueba que mide el desajuste o inadaptación está supeditada a: -que el número de respuestas intermedias (indecisiones), no supere 10 respuestas tipo intermedio o respuestas en blanco. Respuestas tipo B. -Intervalo de confianza para las pruebas de validación de respuestas, tales como Sinceridad, Deseabilidad y Control…………30/70. El Candidato, en la Prueba de Personalidad, no ha superado estos criterios: 1.-Que, la puntuación del Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de desajuste o inadaptación debe estar entre 5/6 para todas las escalas generales y categorías profesionales y, en este caso, el código no ha superado 1 escalas: Resulta No Apto. El Código 17724: No ha superado las pruebas de Personalidad. Resultado NO APTO -En el informe previo, Criterios de valoración y corrección, características y duración de las pruebas, consta que: - El Tribunal Calificador, en su condición de órgano colegiado, estableció que los baremos necesarios para considerar que se ofrece el perfil idóneo para seguir con el procedimiento son: -Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de desajuste o inadaptación T (5/6) -Que, la validez de la prueba que mide el desajuste o inadaptación está supeditada a: -que el número de respuestas intermedias (indecisiones), no supere 10 respuestas tipo intermedio o respuestas en blanco. Respuestas tipo B. -Intervalo de confianza para las pruebas de validación de respuestas, tales como Sinceridad, Deseabilidad y Control…………30/70. El Candidato, en la Prueba de Personalidad, no ha superado estos criterios: 1.-Que, la puntuación del Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad Cód. Validación: 6J2E332M4PLSEKQZ7CEQR4YGW Verificación: https://sede.castello.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 9 general e indicadores de desajuste o inadaptación debe estar entre 5/6 para todas las escalas generales y categorías profesionales y, en este caso, el código no ha superado 2 escalas: Resulta No Apto. El Código 17725: No ha superado las pruebas de Personalidad. Resultado NO APTO -En el informe previo, Criterios de valoración y corrección, características y duración de las pruebas, consta que: - El Tribunal Calificador, en su condición de órgano colegiado, estableció que los baremos necesarios para considerar que se ofrece el perfil idóneo para seguir con el procedimiento son: -Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de desajuste o inadaptación T (5/6) -Que, la validez de la prueba que mide el desajuste o inadaptación está supeditada a: -que el número de respuestas intermedias (indecisiones), no supere 10 respuestas tipo intermedio o respuestas en blanco. Respuestas tipo B. -Intervalo de confianza para las pruebas de validación de respuestas, tales como Sinceridad, Deseabilidad y Control…………30/70. El Candidato, en la Prueba de Personalidad, no ha superado estos criterios: 1.-Que, la puntuación del Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de desajuste o inadaptación debe estar entre 5/6 para todas las escalas generales y categorías profesionales y, en este caso, el código no ha superado 2 escalas: Resulta No Apto. El Código 17726: No ha superado las pruebas de Personalidad. Resultado NO APTO -En el informe previo, Criterios de valoración y corrección, características y duración de las pruebas, consta que: - El Tribunal Calificador, en su condición de órgano colegiado, estableció que los baremos necesarios para considerar que se ofrece el perfil idóneo para seguir con el procedimiento son: -Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de desajuste o inadaptación T (5/6) -Que, la validez de la prueba que mide el desajuste o inadaptación está supeditada a: -que el número de respuestas intermedias (indecisiones), no supere 10 respuestas tipo intermedio o respuestas en blanco. Respuestas tipo B. -Intervalo de confianza para las pruebas de validación de respuestas, tales como Sinceridad, Deseabilidad y Control…………30/70. El Candidato, en la Prueba de Personalidad, no ha superado estos criterios: 1.-Que, la puntuación del Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de desajuste o inadaptación debe estar entre 5/6 para todas las escalas generales y categorías profesionales y, en este caso, el código no ha superado 2 escalas: Resulta No Apto. Cód. Validación: 6J2E332M4PLSEKQZ7CEQR4YGW Verificación: https://sede.castello.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 9 El Código 17727: No ha superado las pruebas de Personalidad. Resultado NO APTO -En el informe previo, Criterios de valoración y corrección, características y duración de las pruebas, consta que: - El Tribunal Calificador, en su condición de órgano colegiado, estableció que los baremos necesarios para considerar que se ofrece el perfil idóneo para seguir con el procedimiento son: -Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de desajuste o inadaptación T (5/6) -Que, la validez de la prueba que mide el desajuste o inadaptación está supeditada a: -que el número de respuestas intermedias (indecisiones), no supere 10 respuestas tipo intermedio o respuestas en blanco. Respuestas tipo B. -Intervalo de confianza para las pruebas de validación de respuestas, tales como Sinceridad, Deseabilidad y Control…………30/70. El Candidato, en la Prueba de Personalidad, no ha superado estos criterios: 1.-Que, la puntuación del Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de desajuste o inadaptación debe estar entre 5/6 para todas las escalas generales y categorías profesionales y, en este caso, el código no ha superado 6 escalas: Resulta No Apto. El Código 17731: No ha superado las pruebas de Personalidad. Resultado NO APTO -En el informe previo, Criterios de valoración y corrección, características y duración de las pruebas, consta que: - El Tribunal Calificador, en su condición de órgano colegiado, estableció que los baremos necesarios para considerar que se ofrece el perfil idóneo para seguir con el procedimiento son: -Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de desajuste o inadaptación T (5/6) -Que, la validez de la prueba que mide el desajuste o inadaptación está supeditada a: -que el número de respuestas intermedias (indecisiones), no supere 10 respuestas tipo intermedio o respuestas en blanco. Respuestas tipo B. -Intervalo de confianza para las pruebas de validación de respuestas, tales como Sinceridad, Deseabilidad y Control…………30/70. El Candidato, en la Prueba de Personalidad, no ha superado estos criterios: 1.-Que, la puntuación del Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de desajuste o inadaptación debe estar entre 5/6 para todas las escalas generales y categorías profesionales y, en este caso, el código no ha superado 5 escalas: Resulta No Apto. El Código 17733: No ha superado las pruebas de Personalidad. Resultado NO APTO Cód. Validación: 6J2E332M4PLSEKQZ7CEQR4YGW Verificación: https://sede.castello.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 9 -En el informe previo, Criterios de valoración y corrección, características y duración de las pruebas, consta que: - El Tribunal Calificador, en su condición de órgano colegiado, estableció que los baremos necesarios para considerar que se ofrece el perfil idóneo para seguir con el procedimiento son: -Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de desajuste o inadaptación T (5/6) -Que, la validez de la prueba que mide el desajuste o inadaptación está supeditada a: -que el número de respuestas intermedias (indecisiones), no supere 10 respuestas tipo intermedio o respuestas en blanco. Respuestas tipo B. -Intervalo de confianza para las pruebas de validación de respuestas, tales como Sinceridad, Deseabilidad y Control…………30/70. El Candidato, en la Prueba de Personalidad, no ha superado estos criterios: 1.-Que, la puntuación del Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de desajuste o inadaptación debe estar entre 5/6 para todas las escalas generales y categorías profesionales y, en este caso, el código no ha superado 3 escalas: Resulta No Apto. El Código 17734: No ha superado las pruebas de Personalidad. Resultado NO APTO -En el informe previo, Criterios de valoración y corrección, características y duración de las pruebas, consta que: - El Tribunal Calificador, en su condición de órgano colegiado, estableció que los baremos necesarios para considerar que se ofrece el perfil idóneo para seguir con el procedimiento son: -Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de desajuste o inadaptación T (5/6) -Que, la validez de la prueba que mide el desajuste o inadaptación está supeditada a: -que el número de respuestas intermedias (indecisiones), no supere 10 respuestas tipo intermedio o respuestas en blanco. Respuestas tipo B. -Intervalo de confianza para las pruebas de validación de respuestas, tales como Sinceridad, Deseabilidad y Control…………30/70. El Candidato, en la Prueba de Personalidad, no ha superado estos criterios: 1.-Que, la puntuación del Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de desajuste o inadaptación debe estar entre 5/6 para todas las escalas generales y categorías profesionales y, en este caso, el código no ha superado 5 escalas: Resulta No Apto. El Código 17736: No ha superado las pruebas de Personalidad. Resultado NO APTO -En el informe previo, Criterios de valoración y corrección, características y duración de las pruebas, consta que: - El Tribunal Calificador, en su condición de órgano colegiado, estableció que los baremos necesarios Cód. Validación: 6J2E332M4PLSEKQZ7CEQR4YGW Verificación: https://sede.castello.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 9 para considerar que se ofrece el perfil idóneo para seguir con el procedimiento son: -Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de desajuste o inadaptación T (5/6) -Que, la validez de la prueba que mide el desajuste o inadaptación está supeditada a: -que el número de respuestas intermedias (indecisiones), no supere 10 respuestas tipo intermedio o respuestas en blanco. Respuestas tipo B. -Intervalo de confianza para las pruebas de validación de respuestas, tales como Sinceridad, Deseabilidad y Control…………30/70. El Candidato, en la Prueba de Personalidad, no ha superado estos criterios: 1.-Que, la puntuación del Intervalo de confianza para la prueba que evalúa rasgos de personalidad general e indicadores de desajuste o inadaptación debe estar entre 5/6 para todas las escalas generales y categorías profesionales y, en este caso, el código no ha superado 2 escalas: Resulta No Apto. En el Anexo IV, punto 4 del Decreto 179/2021 de 5 de noviembre, se repite este apunte de la Orden 23 nov: 4. Adicionalmente, se considerará No apto a cualquier candidato al puesto que no supere los criterios mínimos en la escala de sinceridad y distorsión de la imagen, (VALIDEZ), que no ofrezca puntuaciones adecuadas al perfil o que obtengan resultados que indiquen desajuste psicológico, inadaptación u otras dificultades que impidan un funcionamiento profesional. Se hace constar que, durante la REVISIÓN, se le muestran al candidato los resultados de sus pruebas, aclarando las dudas que plantea, sin que conste finalmente observación alguna por su parte. QUE: se hace constar que, en todos los casos, el criterio es totalmente objetivo y esta basado en evaluar si se superan o no los criterios que se han establecido previamente. Los criterios establecidos son normativos de las pruebas y se mide si se superan o no estos criterios. No se tiene en cuenta efecto de examinador ni se ponderan variables que no se hayan citado en el informe previo en el apartado de Criterios de Corrección y Valoración. Por lo tanto, la evaluación final es objetiva, y depende totalmente de las puntuaciones directas obtenidas por el sujeto al sumar los puntos de las casillas marcadas por el candidato. El juicio Técnico es totalmente objetivo, consiste en análisis de los datos anotados por el sujeto en las hojas de respuesta, valoración de los mismos según tablas del manual y comprobación de si cumplen los criterios de valoración previos establecidos. Se recuerda que contra las resoluciones y actos dictados por el Tribunal de Selección, así como contra los actos de trámite que impidan la continuación del procedimiento o produzcan indefensión a las personas interesadas, podrá interponerse recurso de alzada ante el órgano que hubiera designado a dicho Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses legítimos. LA SECRETARIA DEL TRIBUNAL CALIFICADOR (documento firmado electrónicamente al margen) Cód. Validación: 6J2E332M4PLSEKQZ7CEQR4YGW Verificación: https://sede.castello.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 9
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