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A1
Oposició
Lliure
Universitaria

1 plaça de Profesorado asociado asistencial

Universitat Jaume I de Castelló·Villanueva de Castellon, Valencia

Termini tancat — 08/09/2026

El plazo de solicitud de esta convocatoria está cerrado desde el 08/09/2026.

La ficha se conserva para seguir el proceso (listas de admitidos, fechas de examen y resultados se publican en la fuente oficial). Si buscas plazas con el plazo abierto:

Línia temporal

  1. Publicació

    24/08/2026

  2. Fi termini

    08/09/2026

Requisits i perfil

Titulació requerida

Grado en Medicina

Grup professional

A1 · Universitario superior (máster/grado + habilitación)

Tipus d'accés

Lliure

Tipus de procés

Oposició

Places

1

Termini

10 dies hàbils

Origen i fonts

Administració

Universitaria

Font principal

DOGV

Text oficial complet

Núm. 10435 / 24.08.2026 1 / 21 CVE: DOGV-C-2026-26117 https://dogv.gva.es/ II. AUTORIDADES Y PERSONAL A) OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO, OPOSICIONES Y CONCURSOS Universitat Jaume I de Castelló RESOLUCIÓN de 31 de julio de 2026, del Vicerrectorado de Personal y Planificación Académica, por la que se convoca un concurso para la provisión de plazas de profesorado asociado asistencial a tiempo parcial (PAA ORD 3 curso 2026/2027). Visto el Real decreto 1558/1986, de 28 de junio, por el que se establecen las bases generales del régimen de conciertos entre las universidades y las instituciones sanitarias; el convenio entre la Conselleria de Sanidad y la Universitat Jaume I de Castelló, para la utilización de las instituciones sanitarias en la investigación y la docencia, Considerando lo dispuesto en el Decreto 174/2002 de 15 de octubre, del Gobierno Valenciano, sobre régimen y retribuciones del personal docente e investigador contratado laboral de las universidades públicas valencianas y sobre retribuciones adicionales del profesorado universitario, Visto lo establecido en el artículo 77.1 de la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario (LOSU), en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 50 de esta ley y las atribuciones que se establecen en el artículo 108 del Decreto 194/2025, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueban los Estatutos de la Universitat Jaume I, RESUELVO Primero Convocar el proceso para la selección y contratación de profesorado asociado asistencial a tiempo parcial mediante el sistema de concurso, de acuerdo con las plazas y características detalladas en el anexo II de esta resolución. Segundo Aprobar las bases que rigen la presente convocatoria y que figuran en el anexo I. Tercero Publicar las bases de la convocatoria en el tablón de anuncios oficial de la Universitat Jaume I (TAO-UJI) y en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). La publicación en el DOGV es la que se tomará como referencia a efectos del cómputo de plazos para la presentación de solicitudes de participación. El resto de actos administrativos derivados de esta convocatoria se publicarán únicamente en el TAO-UJI. Cuarto Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede interponerse, con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el mismo órgano que la haya dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación o bien, directamente, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, una demanda laboral ante los juzgados de lo social de la ciudad de Castelló, dentro del plazo de dos meses a contar desde que deba entenderse agotada la vía administrativa. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente. Castellón de la Plana, 31 de julio de 2026 El rector (p. d. DOGV 10396, 02.07.2026) Joaquín Beltrán Arandes Vicerrector de Personal y Planificación Académica Núm. 10435 / 24.08.2026 2 / 21 CVE: DOGV-C-2026-26117 https://dogv.gva.es/ ANEXO I Bases de la convocatoria Primera. Normas generales Este concurso se rige por lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario (LOSU); el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, por el que se establecen las bases generales del régimen de conciertos entre las universidades y las instituciones sanitarias; el convenio entre la Consejería de Sanidad y la Universidad Jaume I de Castellón, para la utilización de las instituciones sanitarias en la investigación y la docencia; del Decreto 194/2025, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueban los Estatutos de la Universitat Jaume I ; el Reglamento de selección del personal docente e investigador de la Universidad Jaume I de Castellón, aprobado en Consejo de Gobierno núm 7 de 17 de julio de 2024; lo dispuesto en estas bases y demás normas de carácter general que resultan de aplicación. Segunda. Requisitos de las personas aspirantes 2.1. Requisitos de carácter general Las personas solicitantes tienen que reunir los requisitos generales siguientes: a) Haber cumplido dieciséis años y no superar la edad máxima de jubilación forzosa. b) Las personas extranjeras no comunitarias y las que no puedan ser incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales realizados por la Unión Europea y ratificados por España deben disponer del permiso de residencia y de trabajo antes de la formalización de los correspondientes contratos. c) No sufrir enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el cumplimiento de las funciones correspondientes a las plazas convocadas. d) No haber sido separado o separada, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni encontrarse inhabilitado o inhabilitada para el desempeño de las funciones públicas por sentencia judicial firme. En el caso de las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española, el cumplimiento de este requisito comportará no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su estado el acceso a la función pública. e) Haber abonado las tasas establecidas en esta convocatoria o acreditar la exención o bonificación del pago dentro del periodo de presentación de solicitudes. f) En el caso de personas extranjeras, el conocimiento, debidamente acreditado, de cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Universitat Jaume I. g) En caso de haber ejercido como profesor/a en la Universitat Jaume I (UJI) o en cualquier otra Universidad pública, será necesario disponer de una evaluación global de la actividad docente positiva. Deberá adjuntarse un certificado de la evaluación docente, que, en el caso de la UJI, será expedido por la Oficina de Promoción y Evaluación de la Calidad (OPAQ). Núm. 10435 / 24.08.2026 3 / 21 CVE: DOGV-C-2026-26117 https://dogv.gva.es/ h) No estar afectado o afectada de incompatibilidad, de acuerdo con lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas y demás normas de desarrollo en materia de incompatibilidades. 2.2. Requisitos de carácter específico Las personas solicitantes deberán reunir los requisitos específicos siguientes: a) Ocupar una plaza asistencial en el hospital o centro de salud y en el servicio o unidad indicados en la descripción de las plazas. b) Estar en posesión de la titulación superior específica que se indica como requisito en la descripción de las plazas que se efectúa en el anexo II. c) Estar en posesión de los requisitos de carácter específico que se detallan en el anexo II. 2.3. Los requisitos establecidos en esta base deben cumplirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la firma del contrato. Tercera. Plazo y forma de presentación de las solicitudes 3.1. El plazo de presentación es de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). 3.2. Las solicitudes deben presentarse exclusivamente por medios electrónicos, a través del procedimiento electrónico establecido por la Universitat Jaume I: tablón de anuncios oficial (TAO- UJI), convocatorias PDI. El tratamiento de la información por medios electrónicos tiene en cuenta lo establecido en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, y demás disposiciones que sean aplicables. Para presentar la solicitud por vía electrónica se debe tener un certificado digital de firma electrónica o el DNI electrónico. Cuando se utilice la opción Registrar cuenta con nombre de usuario se debe adjuntar una copia del DNI. La solicitud debe rellenarse en línea por medio del registro electrónico de la Universitat Jaume I, mediante el TAO-UJI. 3.3. La solicitud-currículum para participar en el concurso debe estar correctamente formalizada de acuerdo con el modelo que publica la Universidad y que se incluye en la convocatoria. Deben anexarse, a la solicitud, los documentos acreditativos de los requisitos establecidos para participar en el concurso y de los méritos alegados. Los méritos que no estén indicados en el currículo y debidamente acreditados no serán evaluados. 3.4. Organización de los archivos La documentación presentada en los apartados Requisitos y Méritos deben presentarse en ficheros PDF, en el mismo orden del baremo. Por cada módulo/apartado del baremo se debe adjuntar un único fichero PDF, que puede ser en formato comprimido (zip, gzip...), no cifrado y sin contraseña. Núm. 10435 / 24.08.2026 4 / 21 CVE: DOGV-C-2026-26117 https://dogv.gva.es/ 3.5. Junto con la solicitud-currículum se debe presentar la documentación siguiente: - DNI o pasaporte en vigor. - Título académico o certificación supletoria provisional del mismo, en los términos del artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales. En el caso de títulos extranjeros, se deberá adjuntar, si procede, la resolución de concesión de la homologación o de la declaración de equivalencia. - Certificado acreditativo de que la persona candidata se encuentra en activo y que la plaza asistencial que ocupa corresponde al Servicio o unidad indicados en la descripción de las plazas. - Documentación acreditativa de los requisitos exigidos y méritos alegados. - Si se han prestado servicios con docencia en la UJI, certificado de evaluación de la actividad docente. - Justificante del pago de las tasas, de la bonificación o de la exención del pago. 3.6. Las personas que optan a más de un concurso deben presentar una solicitud para cada uno de los concursos, acompañada de la documentación complementaria, y pagar las tasas que se establecen para la participación en cada concurso. 3.7. La Universidad puede requerir en cualquier momento los originales de los documentos presentados, si lo considera necesario. 3.8. Los méritos alegados en el currículo que no se justifican documentalmente no se tendrán en cuenta en la resolución del concurso. 3.9. Los documentos acreditativos de los requisitos presentados en un idioma diferente de los oficiales de la UJI se presentarán acompañados de la traducción jurada a cualquiera de las lenguas oficiales de la UJI. Cuarta. Pago 4.1. La tasa que se debe abonar para la participación en el concurso es de 30 euros. El pago de esta tasa debe efectuarse con tarjeta de crédito o débito, a través del enlace previsto en la correspondiente convocatoria publicada en el TAO-UJI, en el momento en que se presente la solicitud. 4.2. En ningún caso el pago de las tasas supone la sustitución del trámite de presentación ante la Administración dentro del plazo y en la forma oportunas. 4.3. La exclusión por no cumplir alguno de los requisitos de la convocatoria no comporta el derecho de devolución de tasas. Quinta. Bonificaciones y exenciones 5.1. Bonificaciones Los miembros de familia numerosa de categoría general o de familia monoparental de categoría general tienen una bonificación del 50 %. El pago de esta tasa debe efectuarse mediante tarjeta de crédito o débito, a través del enlace previsto en la correspondiente convocatoria publicada en el TAO-UJI, en el momento en que se presente la solicitud, por un importe de 15 euros. Núm. 10435 / 24.08.2026 5 / 21 CVE: DOGV-C-2026-26117 https://dogv.gva.es/ 5.2. Exenciones Están exentos del pago de la tasa: a) Los miembros de familia numerosa de categoría especial o de familia monoparental de categoría especial. b) Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición a través de cualquiera de los medios de prueba previstos en el artículo 9 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat Valenciana, Integral contra la Violencia sobre la Mujer en el Ámbito de la Comunidad Valenciana. c) Las personas aspirantes que acreditan un grado de discapacidad igual o superior al 33 %. d) Las personas aspirantes en situación de exclusión social acreditada por el órgano competente en materia de bienestar social del ayuntamiento de residencia. Las personas mencionadas en los párrafos anteriores deberán hacer constar expresamente el motivo de la bonificación o la exención en el apartado correspondiente de la solicitud, y deberán presentar las certificaciones correspondientes que acrediten esta condición. Sexta. Comisiones de selección La composición de las comisiones se efectuará de acuerdo con el Reglamento de selección del personal docente e investigador de la Universitat Jaume I. Estas comisiones no están sujetas a lo dispuesto en el artículo 32 del Reglamento de acreditación de cuerpos docentes. En su lugar, únicamente se aplicarán los criterios establecidos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público Séptima. Publicación de listas 7.1. Listas de personas admitidas y excluidas en las bolsas. Al finalizar el plazo de presentación de solicitudes, el Servicio de Recursos Humanos publicará en el TAO-UJI la resolución provisional de personas admitidas y una relación de personas excluidas para cada uno de los concursos convocados. En el caso de que todas las personas estén admitidas, esta resolución tendrá carácter definitivo. En caso contrario, y en el mismo plazo, el Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado publicará, una resolución en la que se declarará aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas con indicación, respecto a estas últimas, de la causa de exclusión. En la misma resolución se indicará a las personas interesadas que, si no enmiendan la causa que motivó la exclusión en el plazo improrrogable de diez días, decaerán en su derecho de participar en el concurso. Finalizado este plazo, se elevará a definitiva la lista provisional con las modificaciones que procedan. Contra este acuerdo se puede interponer un recurso de reposición ante la rectora en el plazo de un mes. Núm. 10435 / 24.08.2026 6 / 21 CVE: DOGV-C-2026-26117 https://dogv.gva.es/ 7.2. Estas resoluciones se publicarán en el Tablón de anuncios de la Universidad (TAO-UJI) dentro de la convocatoria de la que se trate. Octava. Procedimiento de selección 8.1. La selección del personal docente e investigador contratado laboral se efectuará por concurso de méritos, respetando los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. 8.2. El proceso de selección consiste en la valoración de los méritos presentados de las personas aspirantes de acuerdo con los criterios generales de evaluación y los baremos específicos. 8.3. El baremo genérico de profesorado asociado figura en el anexo III y, si es el caso, el específico de cada área de conocimiento se encuentra en el siguiente enlace: baremos específicos. 8.4. No pueden ser valorados los méritos específicos que aparezcan como requisitos en la convocatoria. 8.5. Solo se valorarán los méritos alegados y acreditados de las personas concursantes. Novena. Propuesta de contratación. 9.1. La comisión de selección emitirá el acta de propuesta de contratación y la dirigirá al Rectorado o Vicerrectorado en el que se delegue. A ésta, se adjuntará la puntuación final y desglosada en cada apartado general y en cada subapartado de cada una de las personas valoradas, según los baremos aplicados. La aplicación de los coeficientes correctores previstos en los baremos debe estar explícitamente motivada. 9.2. La resolución de provisión de la plaza se hará pública en el TAO-UJI junto con la puntuación final de las candidaturas por orden de prelación, y se expondrá hasta que acabe el plazo de interposición de recurso. También se enviará un SMS a las personas que hayan facilitado un número de teléfono móvil para informarles de que se ha publicado el resultado final. 9.3. La comisión de selección puede declarar la plaza desierta. Décima. Formalización de los contratos. 10.1. Las personas seleccionadas para la provisión de plazas deben manifestar, en el plazo de dos días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución de la comisión de selección en el TAO-UJI, la aceptación del contrato que se pueda derivar. Si la persona designada no cumple este plazo o rechaza la plaza, se contratará la siguiente candidatura por orden de puntuación. Esta aceptación o renuncia se comunicará por registro electrónico/correo electrónico a pdirrhh@uji.es y se hará constar que acepta o renuncia a la plaza (código de concurso) y el nombre completo. 10.2. La firma del contrato por parte de la persona seleccionada se debe producir antes de 5 días a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación que a este efecto enviarán los servicios administrativos. En caso de no producirse esta firma del contrato, la persona interesada Núm. 10435 / 24.08.2026 7 / 21 CVE: DOGV-C-2026-26117 https://dogv.gva.es/ perderá su derecho. En ningún caso la persona designada puede iniciar las actividades docentes sin haber firmado el contrato. 10.3. Cuando, por causa no imputable a la Administración, la persona más valorada por la comisión de selección no firme el contrato o renuncie a la firma, se debe contratar a la siguiente persona por orden de puntuación, siempre que llegue a la puntuación mínima establecida en el baremo de la convocatoria. 10.4. La firma del contrato tiene carácter personal e intransferible. El contrato se firma con carácter previo a la incorporación a las tareas docentes y será nula y sin efecto cualquier actuación que contravenga lo anterior. La firma se realizará por medios electrónicos. 10.5. La formalización del contrato de las personas seleccionadas queda condicionada a la presentación por parte de éstas y a la comprobación por parte del Servicio de Recursos Humanos- PDI de la total identidad entre los documentos aportados en el proceso selectivo, relativos al cumplimiento de los requisitos. 10.6. La contratación está condicionada a la autorización de compatibilidad y al estricto cumplimiento del horario en ambos lugares. 10.7. La persona propuesta para ocupar la plaza debe aportar para la firma del contrato la documentación que encontrará en el siguiente enlace: Contratación profesorado a) DNI /NIE o pasaporte. b) Título universitario, acompañado de la credencial de homologación, de la certificación de equivalencia o de la acreditación del reconocimiento profesional, si procede. c) Copia del permiso de residencia en los términos indicados en el requisito que figura en la base 2.1.b, si procede. d) Documento de afiliación a la Seguridad Social, MUFACE o MUGEJU, en su caso. e) Datos de la cuenta bancaria para la domiciliación del ingreso de nómina según el modelo siguiente: Domiciliación de nómina. f) Acreditación del requisito del concurso de localización de la actividad profesional. La documentación indicada debe ser de fecha posterior a la resolución del concurso y la más próxima a la fecha de firma del contrato. Si, a la vista de la documentación presentada, no se cumpliese alguno de los requisitos establecidos en la presente convocatoria, la persona propuesta decaerá en su derecho a ser contratada y se procederá a avisar a la siguiente persona candidata de la lista. Decimoprimera. Características de los contratos 11.1. La contratación del profesorado asociado se ajustará a las normas previstas en el artículo 79 de la LOSU y las normas de desarrollo. 11.2. Régimen del profesorado asistencial de Ciencias de la Salud Núm. 10435 / 24.08.2026 8 / 21 CVE: DOGV-C-2026-26117 https://dogv.gva.es/ De acuerdo con el artículo 4, base 13.2 del Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, por el que se establecen las bases generales del régimen de conciertos entre las universidades y las instituciones sanitarias, el profesorado asociado asistencial de ciencias de la salud debe desarrollar el conjunto de sus actividades docentes y asistenciales en una misma jornada. 11.3. La dedicación horaria del profesorado asociado asistencial. - Hasta un máximo de tres horas semanales exclusivamente docentes, si tiene encomendada esta actividad durante el periodo lectivo. - Hasta un máximo de tres horas semanales de tutoría o asistencia al alumnado durante el periodo lectivo. El resto de las horas de la jornada semanal legalmente establecida se dedicarán a la actividad asistencial, en la que quedan incluidas las horas de docencia práctica; ésta implica la responsabilidad directa del profesorado en el aprendizaje clínico del alumnado que le sea asignado. 11.4. Funciones. Las funciones asistenciales del profesorado de ciencias de la salud de prácticas clínicas son las siguientes: - Acoger al estudiantado y organizar la actividad que desarrollará, siempre coordinado con el profesorado tutor de la Universidad. - Supervisar, orientar y controlar el desarrollo de las prácticas clínicas en una relación basada en el respeto mutuo y el compromiso con el aprendizaje. - Dar a conocer al estudiantado el conjunto de actividades y técnicas que habitualmente se desarrollan en la unidad. - Emitir los informes al profesorado responsable de la asignatura sobre el alumnado que tutorice. - Cualquier otra función que determine la normativa y los convenios con las instituciones sanitarias. - La responsabilidad del profesorado asociado asistencial incluye la coordinación con el resto de profesionales con los que estará el estudiantado y la colaboración con el personal docente de la Universidad en la planificación del proceso de aprendizaje en su ámbito, el seguimiento y la evaluación. 11.5. Retribuciones Las retribuciones serán las que se establecen en el Decreto 83/2023, de 2 de junio, del Consell, por el que se modifica el Decreto 174/2002, de 15 de octubre, del Consell, sobre régimen y retribuciones del personal docente e investigador contratado laboral de las universidades públicas valencianas y sobre retribuciones adicionales del profesorado universitario, de acuerdo con el número de horas de dedicación del contrato. Decimosegunda. Recursos Los recursos contra las propuestas de la comisión de selección se rigen por lo establecido en el artículo 32 del Reglamento de selección del personal docente e investigador de la Universitat Jaume I. Núm. 10435 / 24.08.2026 9 / 21 CVE: DOGV-C-2026-26117 https://dogv.gva.es/ Decimotercera. Protección de datos personales 13.1. En cumplimiento de lo previsto en el Reglamento general de protección de datos UE 2016/679 y la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, se informa que el responsable del tratamiento de los datos tratados con objeto de esta convocatoria es la Universidad Jaume I de Castellón. 13.2. La base legal para el tratamiento de los datos personales es la necesidad de gestionar el procedimiento de selección de personal y provisión de puestos de trabajo de la presente convocatoria. 13.3. No están previstas cesiones o transferencias internacionales de los datos personales tratados. 13.4. La Universitat Jaume I informa sobre la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, de rectificación, de cancelación y, si procede, de oposición, que prevén los artículos 12 a 18 de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre. Estos derechos se ejercerán, por escrito, ante la Secretaría General de la Universidad: solicitud genérica. 13.5. En caso de reclamación, la autoridad competente es la Agencia Española de Protección de Datos. 13.6. Los datos se conservarán en virtud de la legislación aplicable al presente tratamiento. Núm. 10435 / 24.08.2026 10 / 21 CVE: DOGV-C-2026-26117 https://dogv.gva.es/ ANEXO II 1.- Departamento: Unidad predepartamental de Enfermería Área/Especialidad de conocimiento: Enfermeria Código concurso: 23049 Número de plazas convocadas: 1 Perfil docente: Enfermería Horas: Profesorado Asociado Asistencial Requisitos: Diplomatura o Grau en Infermeria. Lugar de trabajo en actiu como enfermero/a en el Hospital General Universitario de Castellón 2.- Departamento: Unidad predepartamental de Medicina Área/Especialidad de conocimiento: Cirugia Código concurso: 23064 Número de plazas convocadas: 1 Perfil docente: MD1745 Enfermedades del Aparato Locomotor, del Sistema Inmune y de la Piel MD1754: Prácticas integradas de clínica médica y medicoquirúrgicas Horas: Profesorado Asociado Asistencial Requisitos: Licenciatura o Grado en Medicina. Especialidad: Cirugía ortopédica y traumatología. Localización: Hospital Universitario de La Plana Núm. 10435 / 24.08.2026 11 / 21 CVE: DOGV-C-2026-26117 https://dogv.gva.es/ ANEXO III Unidad predepartamental de Enfermería Área/Especialidad de conocimiento: Enfermeria Comisión titular Presidencia: Desirée Mena Tudela Secretaría: Águeda Cervera Gasch Vocalía: Eladio Joaquin Collado Boira Comisión suplente Presidencia: María Desamparados Bernat Adell Secretaría: Pablo Salas Medina Vocalía: Ana Folch Ayora Comisiones Profesorado Asociado Núm. 10435 / 24.08.2026 12 / 21 CVE: DOGV-C-2026-26117 https://dogv.gva.es/ Unidad predepartamental de Medicina Área/Especialidad de conocimiento: Cirugia Comisión titular Presidencia: José Antonio Llueca Abella Secretaría: Vicente José Pallares Carratala Vocalía: Luis Vicente Lizán Tudela Comisión suplente Presidencia: Pablo Salas Medina Secretaría: Eladio Joaquin Collado Boira Vocalía: Francisco Herrero Machancoses Comisiones Profesorado Asociado Núm. 10435 / 24.08.2026 13 / 21 CVE: DOGV-C-2026-26117 https://dogv.gva.es/ Núm. 10435 / 24.08.2026 14 / 21 CVE: DOGV-C-2026-26117 https://dogv.gva.es/ Núm. 10435 / 24.08.2026 15 / 21 CVE: DOGV-C-2026-26117 https://dogv.gva.es/
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