Saltar al contenido
Tornar als resultats
A1
Oposició
Lliure
Universitaria

Cuerpos docentes universitarios

Universidad de Alicante·Alacant/Alicante, Alicante

Termini tancat — 28/07/2026

El plazo de solicitud de esta convocatoria está cerrado desde el 28/07/2026.

La ficha se conserva para seguir el proceso (listas de admitidos, fechas de examen y resultados se publican en la fuente oficial). Si buscas plazas con el plazo abierto:

Línia temporal

  1. Publicació

    13/07/2026

  2. Fi termini

    28/07/2026

Requisits i perfil

Titulació requerida

cuerpos docentes universitarios

Grup professional

A1 · Universitario superior (máster/grado + habilitación)

Tipus d'accés

Lliure

Tipus de procés

Oposició

Places

Sense dada

Termini

10 dies hàbils

Origen i fonts

Administració

Universitaria

Font principal

DOGV

Text oficial complet

Núm. 10403 / 13.07.2026 1 / 95 CVE: DOGV-C-2026-23772 https://dogv.gva.es/ II. AUTORIDADES Y PERSONAL A) OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO, OPOSICIONES Y CONCURSOS Universidad de Alicante RESOLUCIÓN de 9 de julio de 2026, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios por el sistema de acceso libre. A tenor de lo establecido en el artículo 140 del Estatuto de la Universidad de Alicante y en la base 3 de la normativa de la Universidad de Alicante sobre los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios, este rectorado, en cumplimiento de los artículos 20.dos.1.a) y 20.dos.e.I) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2023, obtenida la correspondiente autorización de la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades, y en ejecución de la oferta pública de empleo para el año 2024, aprobada por un acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de marzo y 22 de mayo de 2024 (DOGV 11 de junio) y de la oferta pública de empleo para el año 2026, aprobada por un acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de marzo de 2026 (DOGV de 2 de julio), ha resuelto convocar a concurso de acceso, por el sistema de acceso libre, las plazas que se relacionan en el anexo I de la presente resolución, de acuerdo con las siguientes bases: 1. Régimen jurídico Este concurso de acceso se regirá por lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario; el Real decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos; por las bases de esta convocatoria; el Estatuto de la Universidad de Alicante, aprobado por el Decreto 105/2026, de 3 de julio, del Consell (DOGV 09.07.2026); Acuerdo de Consejo de Gobierno de 30 de noviembre de 2023, por el que se aprueba la normativa de la Universidad de Alicante sobre los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios; por la Instrucción de la Secretaría General y del Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado, por la que se establece la obligatoriedad de utilizar medios electrónicos para la presentación de solicitudes, aportación de documentación, pago de las tasas, las comunicaciones, las notificaciones y el resto de la tramitación en los procesos de selección de funcionarios de los cuerpos docentes universitarios y de profesorado laboral estable y demás normativa de general aplicación. De conformidad con lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Universidad de Alicante, de 27 de enero de 2022, por el que se aprueba el IV Plan de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de la Universidad de Alicante, se hace constar que: – Existe infrarrepresentación de las mujeres en la categoría de profesor o profesora titular de universidad en las áreas de Historia e Instituciones Económicas, Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, Filología Catalana, Derecho Mercantil, Estratigrafía, Ecología, Lenguajes y Sistemas Informáticos, Ciencia de la Computación e Inteligencia Artificial, Fisiología, Botánica, Construcciones Arquitectónicas, Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales, Organización de Empresas, Didáctica de la Expresión Corporal, Didáctica y Organización Escolar, Educación Física y Deportiva, Ciencia Política y de la Administración, Derecho Constitucional, Fundamentos del Análisis Económico, Geografía Humana, Psicología Evolutiva y de la Educación, Sociología, Ingeniería e Infraestructura de los Transportes, Estadística e Investigación Operativa, Composición Arquitectónica y Expresión Gráfica Arquitectónica. – Existe infrarrepresentación de los hombres en la categoría de profesor o profesora titular de universidad en las áreas de Psicología Básica, Enfermería, Derecho Procesal, Didáctica de la Lengua y la Literatura, Traducción e Interpretación, Derecho Civil, Derecho Penal, Didáctica de las Ciencias Sociales, Teoría e Historia de la Educación, Filología Inglesa, Filología Francesa, Óptica, Economía Financiera y Contabilidad y Expresión Gráfica en la Ingeniería. – No existe infrarrepresentación de ninguno de los géneros en la categoría de profesor o profesora titular de universidad en el resto de las áreas. De acuerdo con la resolución de 27 de marzo de 2026 (DOGV de 2 de abril), a los efectos del cómputo de plazos recogidos en esta convocatoria, el mes de agosto de 2026 se considerará inhábil. Núm. 10403 / 13.07.2026 2 / 95 CVE: DOGV-C-2026-23772 https://dogv.gva.es/ 2. Requisitos de las candidatas o candidatos Para ser admitidas o admitidos a este concurso de acceso se deberán reunir los siguientes requisitos, cuyo cumplimiento debe estar referido a la fecha de expiración del plazo fijado para la presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión. 2.1. Requisitos generales: 2.1.1. Los recogidos en el artículo 56 y 57 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público. a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del citado real decreto. b) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas. c) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. d) No haber sido separada o separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos mediante la resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que se hubiese producido la separación o inhabilitación. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometida o sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público. 2.1.2. Las personas aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado de cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana para el desarrollo de sus funciones. 2.2. Requisitos específicos: 2.2.1. Reunir, al menos, uno de los siguientes requisitos: • Estar en posesión de la acreditación para el cuerpo de profesor o profesora titular de universidad de acuerdo con lo establecido en el Real decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos. • Estar en posesión de la acreditación para el cuerpo de profesor o profesora titular de universidad de acuerdo con lo establecido en el Real decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, modificado por el Real decreto 415/2015, de 29 de mayo. • Estar en posesión de la habilitación conforme a lo establecido en el Real decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a cuerpos de funcionarios docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso. 2.3. Requisitos específicos que se requieren para el ejercicio de las funciones de las plazas convocadas recogidos en el anexo I: 2.3.1. Requisito de titulación, consistente en estar en posesión de una titulación específica. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero será necesario acreditar la homologación o la equivalencia. Cuando se presente declaración de equivalencia, está deberá acompañarse de la titulación y la certificación académicas sobre la que se ha declarado la equivalencia y su traducción por interprete jurado, al efecto de valorar la equiparación con la titulación requerida. 2.3.2. Requisito lingüístico, consistente en el conocimiento del valenciano y/o de una determinada lengua extranjera. Las personas aspirantes deberán acreditar el nivel del mismo establecido para cada plaza. 2.3.3. Requisito de habilitación o capacitación, cuando su posesión sea necesaria para la realización de determinadas tareas o manejo de animales con fines de experimentación, científicos y de docencia. 3. Presentación telemática de solicitudes 3.1. Plazo y trámite Quienes deseen tomar parte en el proceso de selección presentarán, en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente al de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, la correspondiente solicitud que habrá de ser cumplimentada a través de sede electrónica (https://seuelectronica.ua.es), Trámites – Solicitud de plazas de personal docente e investigador o accediendo a la siguiente dirección: https://cvnet.cpd.ua.es/eadmua/Tramites/IniciarTramite?pCodigoTramite=TRAM_CONTPDILABSOL En ningún caso se admitirán solicitudes recibidas sin utilizar este trámite. En esta misma aplicación habrá de adjuntarse la documentación que se indica en la base 3.2. Deberá adjuntarse escaneada en formato JPG, PDF, DOC y DOCX. Se recomienda una resolución de 200 ppp y escaneo en blanco y negro. El tamaño máximo de toda la documentación a adjuntar no podrá superar los 100 Mb. Núm. 10403 / 13.07.2026 3 / 95 CVE: DOGV-C-2026-23772 https://dogv.gva.es/ Los medios electrónicos que se emplearán en la tramitación de las solicitudes serán los determinados en la sede electrónica. En la «Guía para el solicitante», que se encuentra disponible en la página web del Servicio de Selección de Personal, Selección de PDI, puede consultarse toda la información relativa al proceso de presentación de solicitudes y resto de trámites del proceso. El correo electrónico que el personal aspirante indique en su solicitud servirá para el envío de avisos, a título informativo, de las distintas resoluciones u otros actos que se publiquen en el expediente electrónico de la presente convocatoria, no sustituyendo en ningún caso a la notificación, que se realizará en la forma establecida en la base 5. 3.2. Tasa por derechos de participación De acuerdo con el artículo 7 de la Ley 3/2020, de 30 de diciembre, de la Generalitat, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat 2021 (DOGV 31.12.2020), que modifica el artículo 14.4-5 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas (DOGV 30.12.2017), el importe de la tasa es de 35 euros. Podrá abonarse directamente desde la aplicación cuando realice la solicitud o acceder posteriormente desde su expediente de Administración Electrónica. Estarán exentos del pago de la tasa: a) Las personas aspirantes con una discapacidad igual o superior al 33 %. Deberán presentar certificación de la conselleria correspondiente u órganos competentes de otras administraciones públicas, que acredite discapacidad igual o superior al 33 %. b) Los miembros de familias numerosas de categoría especial y los miembros de familias monoparentales de categoría especial (Ley tasas Generalitat 30.12.17). Los miembros de familias numerosas de categoría general y los miembros de familias monoparentales de categoría general disfrutarán de una bonificación del 50 %. En ambos casos deberán presentar copia del título oficial de familia numerosa o título oficial de familia monoparental. c) Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en el artículo 9 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, integral contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana. Deben presentar dicha documentación a través del trámite de la administración electrónica «Acreditación condición violencia de género», indicando en el Expone el motivo de la solicitud y la referencia de la presente convocatoria.Deberán adjuntar el justificante de su presentación en 'Justificante de exención de tasas por violencia de género' de la aplicación informática. d) Las personas que figuren como demandantes de empleo con una antigüedad de, al menos, 3 meses con anterioridad a la fecha de la convocatoria. Para el disfrute de la exención serán requisitos que no hubieran rechazado, en el plazo de que se trate, oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. La acreditación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos previstos en la ley, se solicitará en la correspondiente oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o en el Servicio Valenciano de Empleo y Formación. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración escrita del solicitante. Ambos documentos deberán adjuntarse a la solicitud. Para la acreditación de alguna de las situaciones de exención de tasas recogidas en los apartados a) a d) el personal aspirante podrá: – Dar su consentimiento a la Universidad de Alicante para la consulta de datos que acrediten tener derecho a la exención/bonificación por discapacidad y por familia numerosa o – Adjuntar la documentación en el apartado 'Justificante exención de tasas por discapacidad', 'Justificante exención de tasas por familia numerosa', 'Justificante de exención de tasas por violencia de género' o 'Justificante de exención de tasas por demandante de empleo' de la aplicación informática. Si el pago realizado no se corresponde con el importe de la tasa, para subsanar deberá realizar el pago de la tasa completa y posteriormente solicitar la devolución de la cantidad abonada inicialmente. 3.3. Documentación a adjuntar en la solicitud. Deberá anexarse en el apartado «Documentos adjuntos» de la aplicación informática: a) Copia del certificado de acreditación nacional o habilitación, de acuerdo con lo establecido en la base 2.2.1. b) Para la acreditación del requisito recogido en la base 2.1.2 deberá aportar copia del documento que acredite un conocimiento adecuado de cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana para el desarrollo de sus funciones. En su defecto, la acreditación de dicho conocimiento se determinará por la comisión en el desarrollo de la prueba contemplada en la base 8.3. c) Las personas que soliciten plaza en la que se establezca un requisito de titulación, podrán: Núm. 10403 / 13.07.2026 4 / 95 CVE: DOGV-C-2026-23772 https://dogv.gva.es/ – Otorgar su consentimiento a la Universidad de Alicante para la consulta de los datos que acrediten su posesión, o – Aportar copia del título correspondiente, del justificante de abono de los derechos para su expedición o, en su defecto, certificación académica que acredite la finalización de los estudios que dan derecho a su obtención. Se incorporará en el apartado «Requisito titulación» de la aplicación informática. d) Las personas que soliciten plaza en la que se establezca como requisito un perfil lingüístico, deberán aportar copia del documento que acredite el nivel de conocimiento de la lengua correspondiente. Para las plazas en las que se establezca como requisito específico el conocimiento de valenciano, se aportará copia del certificado del nivel correspondiente de los recogidos en la Normativa por la cual se establecen los certificados de conocimiento de valenciano que expide el Servicio de Lenguas de la Universidad de Alicante y las equivalencias de otros títulos, diplomas y certificados, aprobada en Consejo de Gobierno de 26/10/2023, BOUA de 31.10.2023. ( https://s.ua.es/es/aEPb). Para las plazas en las que se establezca como requisito lingüístico el conocimiento de una determinada lengua extranjera, deberán aportar copia del documento que acredite el nivel del Marco Común Europeo de Referencia (MCER) establecido para cada plaza, según la tabla de equivalencias de certificados de lenguas extranjeras de la Universidad de Alicante que se puede consultar en la página web del Servicio de Selección de Personal en la siguiente dirección: https://ssp.ua.es/es/accesopdi/legislacion-y-normativa.html En el caso de cursos realizados por el Centro Superior de Idiomas de la Universidad de Alicante se deberá acreditar la equivalencia de los mismos con el nivel del MCER. Para ello se debe adjuntar copia del título con el reverso del mismo donde conste tal circunstancia o el certificado electrónico disponible en UACloud /eAdministración /Trámites laborales/ Certificado de Formación, donde se especifica dicha equivalencia. Las personas que hayan cursado estudios cuya lengua vehicular principal de la docencia sea la requerida para el acceso a la plaza, podrán certificar el nivel de idioma requerido según se establece en la tabla de equivalencias arriba indicada. Se podrá solicitar al interesado la traducción del título en los casos en que debido al idioma sea necesario, así como un informe del organismo competente que acredite la lengua vehicular del mismo, siempre que de la documentación presentada no se desprenda esta circunstancia. e) Las personas que soliciten plaza en la que se establezca requisito de habilitación o capacitación, deberán aportar copia del documento que acredite dicho requisito. 4. Protección de datos personales Los datos de carácter personal que consten en la solicitud serán tratados por la Universidad de Alicante, en su carácter de responsable e incorporados a la actividad de tratamiento «109 –Convocatorias de concurso para la provisión de plazas de cuerpos docentes universitarios». De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de la gestión y resolución de la convocatoria. La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante. En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada. Le informamos que puede ejercer sus derechos en relación con el tratamiento de sus datos personales de acceso, rectificación y supresión, entre otros, mediante solicitud dirigida a la Gerencia de la Universidad en el Registro General de la Universidad de Alicante, o bien a través de su Sede electrónica https://seuelectronica.ua.es/es/index.html. Puede, asimismo, ponerse en contacto con el delegado de protección de datos a través de la dirección dpd@ua.es. La información adicional y detallada sobre Protección de datos, sus derechos y la Política de Privacidad de la Universidad de Alicante, puede consultarla en el siguiente enlace: https://seuelectronica.ua.es/es/privacidad.html» 5. Información y notificaciones del procedimiento 5.1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las publicaciones detalladas en las bases siguientes, así como la información de otros actos que de ella se deriven que requieran publicación, incluidos los recursos en vía administrativa, sustituirán la notificación personal a las personas interesadas y producirán los mismos efectos. Las publicaciones se realizarán en sede electrónica en «Otros documentos generales» del expediente del aspirante asociado a esta convocatoria y, si son de forma presencial o mixta, las actuaciones recogidas en las bases 8 y 9.1 se publicarán, además, en el tablón de anuncios de los locales donde se haya constituido y desarrolle sus actuaciones la Núm. 10403 / 13.07.2026 5 / 95 CVE: DOGV-C-2026-23772 https://dogv.gva.es/ comisión. Asimismo, podrán consultarse, a título informativo, en la página web de la Universidad de Alicante, en el Servicio de Selección de Personal, cuya dirección es https://ssp.ua.es/es/accesopdi/funcionarios/convocatorias-profesorado-funcionario-concurso-de-acceso-turno-libre.html , la relación provisional y definitiva del personal aspirante admitido y excluido, la convocatoria al acto de presentación, la fase en que se encuentra el proceso y la fecha de publicación en sede electrónica. 5.2. En el caso de tener que realizar alguna notificación individual, se realizará a través del sistema de notificación electrónica de la UA. 6. Relación de personas admitidas y excluidas 6.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Rectora de la Universidad de Alicante dictará resolución que se publicará según se recoge en la base 5.1, en la que constará la relación provisional de personas admitidas y excluidas, indicándose, en este caso, las causas de exclusión. Contra esta resolución, las y los interesados podrán presentar reclamación o subsanación en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su publicación, que tramitarán accediendo a su expediente electrónico. 6.2. Finalizado dicho plazo, se publicará en el mismo lugar resolución en la que, además de declarar aprobada la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, se recogerá la fecha, hora y lugar (físico o virtual, según el desarrollo del concurso sea presencial, no presencial o de forma mixta) del acto de presentación referido en la base 8. La convocatoria para el acto de presentación deberá indicar, en su caso, si el desarrollo del concurso se ha establecido en forma mixta o no presencial, la forma en que podrán seguirse las sesiones públicas y el plazo habilitado para que las personas aspirantes aporten la documentación referida en la base 8. Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer un recurso de reposición en el plazo de un mes o, directamente, un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la citada resolución, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. 6.3. No procederá devolución alguna de los derechos de admisión a pruebas en los supuestos de exclusión por causa imputable a la persona interesada. 7. Comisiones del concurso de acceso 7.1. La composición de la comisión juzgadora correspondiente a cada concurso, nombrada mediante la resolución de la Universidad de Alicante de 8 de julio de 2026, figura en el anexo III de esta convocatoria. Se incluyen los miembros de la lista de reserva resultante del sorteo establecido en el reglamento que regula la constitución de las comisiones de selección de plazas de personal docente e investigador de la Universidad de Alicante. Las nuevas incorporaciones a la comisión a través de esta lista de reserva se harán respetando la composición paritaria de la comisión. 7.2. Los currículums de los miembros titulares se publicarán en Sede electrónica en 'Otros documentos generales' del expediente del aspirante asociado a esta convocatoria. 7.3. Las comisiones juzgadoras deberán constituirse en el plazo máximo de 3 meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria del concurso de acceso y deberán ajustarse en su funcionamiento a lo establecido en la base 6 y siguientes de la normativa de desarrollo de esta universidad. 7.4. Los miembros de las comisiones percibirán las gratificaciones por asistencias fijadas en la Normativa sobre indemnizaciones por razón de servicio y gastos de desplazamiento y estancia de personal externo en la Universidad de Alicante. 8. Desarrollo del concurso La realización de las actuaciones previstas se suspenderá en caso de que la Universidad de Alicante active el nivel rojo de emergencia meteorológica, por lo que se aconseja a los aspirantes la revisión de dichos niveles en la página web principal de la Universidad. Se informará a los aspirantes, siempre que sea posible con carácter previo, mediante la publicación correspondiente en el expediente electrónico y en la página web del proceso selectivo, de las medidas adoptadas. 8.1. Acto de constitución Se podrá hacer de forma presencial, a distancia o de forma mixta y la comisión fijará los criterios específicos de valoración, que deberán ajustarse a los criterios básicos establecidos en el artículo 142.2 del Estatuto de la Universidad de Alicante y a los criterios generales recogidos en el artículo 11 de la Normativa de desarrollo de esta universidad. Se publicarán con antelación al acto de presentación en Sede electrónica y, si la constitución ha sido de forma presencial o Núm. 10403 / 13.07.2026 6 / 95 CVE: DOGV-C-2026-23772 https://dogv.gva.es/ mixta, se publicarán también en el tablón de anuncios de los locales donde se haya constituido y desarrolle sus actuaciones la comisión. 8.2. Presentación Con carácter previo al acto de presentación, conforme a lo indicado en la resolución por la que se publica la convocatoria a dicho acto, el personal aspirante adjuntará a través de sede electrónica, accediendo a su expediente, en cualquiera de los formatos JPG, PDF, DOC o DOCX, la siguiente documentación: · Copia digital del currículum, de acuerdo con el modelo que se incluye en la convocatoria (anexo II) o con el currículum normalizado (CVN). · Copia digital de la documentación que acredite, fehacientemente, los méritos alegados en él. Sólo se valorarán los méritos cumplidos en la fecha en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes. · Copia digital del proyecto docente e investigador. En el acto de presentación, que será público, la presidencia de la comisión accederá a la documentación que ha sido previamente aportada de manera telemática. Si este acto se realiza de forma presencial o mixta, el personal aspirante entregará también su historial académico, docente e investigador por quintuplicado, junto con un ejemplar de las publicaciones y documentos acreditativos de los méritos aducidos y, también por quintuplicado, el proyecto docente e investigador. El currículum habrá de ajustarse al modelo que figura en el anexo II de la presente convocatoria o al currículum normalizado (CVN). La Universidad podrá requerir en cualquier momento los originales de los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos ya presentados o de los méritos alegados en el currículum. En este mismo acto, la comisión establecerá: a) El orden de actuación de las y los aspirantes en las pruebas será orden alfabético del primer apellido comenzando por la letra P», de acuerdo con la Resolución de 20 de enero de 2026, de la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública. b) El calendario de las pruebas, indicando fecha, lugar y hora, cuyo inicio podrá ser a continuación del acto de presentación y como máximo en el plazo de 15 días naturales a contar desde el día siguiente a su publicación. c) El plazo fijado para que cualquier concursante pueda examinar la documentación entregada por el resto de concursantes. En el caso de que se desarrolle de forma no presencial, el examen de la documentación se realizará dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación de propuesta de provisión. Asimismo, se comunicarán a las personas candidatas cuantas instrucciones sean necesarias sobre la celebración de las pruebas. Tras el acto de presentación, la comisión hará públicos en sede electrónica y en el tablón de anuncios de los locales dónde desarrolle sus actuaciones, si ha sido de forma presencial o mixta, los acuerdos adoptados en dicha sesión. En el caso de que en la plaza haya un único aspirante admitido, la prueba podrá comenzar a continuación del acto de presentación. 8.3. Prueba Todas las pruebas se realizarán en la sesión pública y tendrán carácter obligatorio. Cuando la plaza convocada tenga un perfil lingüístico, el desarrollo de la prueba podrá realizarse conforme al mismo. El desarrollo de las pruebas podrá realizarse en forma mixta o no presencial tanto de los integrantes de la comisión de selección como de las personas aspirantes. En este caso, el desarrollo del proceso se realizará mediante una videoconferencia grupal en la que todos los asistentes puedan interactuar, garantizando que tanto las exposiciones orales de todas las personas aspirantes, como las preguntas, aclaraciones y debate que solicite la Comisión se puedan realizar. Los concursos de acceso a plazas de profesor o profesora titular de universidad constarán de dos pruebas. 8.3.1 Primera prueba. Tendrá un valor máximo de 50 puntos, para superarla habrá que obtener una puntuación igual o superior a 25 puntos y consistirá en: – exposición oral de sus méritos e historial académico, docente e investigador. Tendrá un valor máximo de 20 puntos. – exposición del proyecto docente. Deberá incluir, en todo caso, el programa de una o varias asignaturas de materias básicas u obligatorias de planes de estudio vigentes en la Universidad de Alicante, y deberá hacer referencia expresa a la planificación y los recursos docentes empleados. Valor máximo de 15 puntos. – exposición del proyecto investigador. Valor máximo de 15 puntos. 8.3.2. Segunda prueba. Consistirá en la exposición oral de uno de los temas del proyecto docente presentado, para lo que cada concursante proporcionará previamente a la presidencia de la comisión una relación de tres temas de los que, Núm. 10403 / 13.07.2026 7 / 95 CVE: DOGV-C-2026-23772 https://dogv.gva.es/ por sorteo, se elegirá uno para su exposición. Tendrá un valor máximo de 50 puntos y para superarla habrá que obtener una puntuación igual o superior a 25 puntos. Para la realización de cada una de las pruebas cada concursante dispondrá de un tiempo máximo de sesenta minutos. Finalizada cada exposición, la comisión podrá realizar preguntas, solicitar aclaraciones y debatir acerca de todos aquellos aspectos que
Premium

Guia d'estudi amb IA

Temari orientatiu, pla d'estudi i preguntes tipus generades a partir d'esta convocatòria.

Temari probable
Pla d'estudi
Bibliografia suggerida
Preguntes d'exemple

Inicia sessió per a continuar

Iniciar sessió
Premium

Pregunta-li a la IA

Pregunta sobre el temari de l'informe generat. Fins a 10 preguntes.

Inicia sessió per a preguntar

Iniciar sessió

Convocatòries semblants

Totes les oposicions a Alacant/AlicanteTotes les oposicions a AlicanteGuia: Oposiciones de Psicólogo/a en la Comunitat Valenciana