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A1
Oposición
Libre
Autonómica (GVA)

3 plazas de Conducción y circulación de las ofertas de empleo público

Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana·Valencia, Valencia

Plazo cerrado — 30/06/2026

El plazo de solicitud de esta convocatoria está cerrado desde el 30/06/2026.

La ficha se conserva para seguir el proceso (listas de admitidos, fechas de examen y resultados se publican en la fuente oficial). Si buscas plazas con el plazo abierto:

Línea temporal

  1. Publicación

    10/06/2026

  2. Fin plazo

    30/06/2026

Requisitos y perfil

Titulación requerida

especialista en medicina del trabajo

Grupo profesional

A1 · Universitario superior (máster/grado + habilitación)

Tipo de acceso

Libre

Tipo de proceso

Oposición

Plazas

3

Plazo

7 días hábiles

Origen y fuentes

Administración

Autonómica (GVA)

Fuente principal

DOGV

Texto oficial completo

Núm. 10387 / 18.06.2026 1 / 15 CVE: DOGV-C-2026-20361 https://dogv.gva.es/ II. AUTORIDADES Y PERSONAL A) OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO, OPOSICIONES Y CONCURSOS Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana RESOLUCIÓN de 10 junio de 2026, de la Dirección Gerencia, por la que se informa de la publicación de las bases del proceso selectivo para cubrir las plazas de personal sanitario de las ofertas de empleo público de esta entidad correspondientes a los años 2023 y 2025 y se dan a conocer las mismas. Por la presente se resuelve la publicación de las bases del proceso selectivo para la cobertura de los puestos de trabajo de personal sanitario de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (en adelante FGV), que incluyen plazas de médico o médica del trabajo y de enfermero o enfermera del trabajo, todas las cuales forman parte de las ofertas públicas de empleo (OPE) de FGV correspondientes a los años 2023 y 2025. Este proceso se regirá por las bases y los anexos a las mismas que se adjuntan a la presente resolución. En lo no previsto en dichas bases, se estará a las indicaciones dirigidas a las personas aspirantes que por la Dirección de FGV y/o por el órgano técnico de selección, según sus respectivas competencias, se hagan públicas a través de la sede electrónica de FGV: www.fgv.es. Igualmente, a través de dicha sede electrónica se informará sobre la forma, fechas y plazos de admisión de solicitudes para participar en el proceso selectivo. Las presentes bases han sido negociadas con la representación legal de los trabajadores y las trabajadoras de FGV y se ajustan a las previsiones legales y normativas que les son de aplicación. De conformidad con lo dispuesto en el Plan de igualdad de FGV, es de interés de la Dirección resaltar que esta entidad está comprometida con la igualdad de trato y de oportunidad entre mujeres y hombres. València, 10 de junio de 2026 Alfonso Novo Belenguer Director gerente Núm. 10387 / 18.06.2026 2 / 15 CVE: DOGV-C-2026-20361 https://dogv.gva.es/ BASES DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DEL PROCESO DE SELECCIÓN DE FERROCARRILS DE LA GENERALITAT VALENCIANA POR EL SISTEMA DE CONCURSO- OPOSICIÓN PARA COBERTURA CON PERSONAL FIJO DE PUESTOS DE TRABAJO DE PERSONAL SANITARIO CORRESPONDIENTES A LAS OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO DE LOS AÑOS 2023 Y 2025 Y PARA LA CONFECCIÓN DE BOLSAS DE EMPLEO TEMPORAL 1. Objeto de la convocatoria. El objeto de la presente convocatoria es regular el proceso de selección, por el sistema de concurso- oposición, para la cobertura con contratos fijos como personal laboral de 3 puestos de médico/a con la especialidad de Medicina del Trabajo y de 2 puestos de enfermero/a con la especialidad Enfermería del Trabajo, puestos que figuran en las Ofertas de Empleo Público de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (en adelante FGV) de los años 2023 y 2025 y cuyo detalle se recoge el cuadro siguiente. Cuadro 1. Vacantes OEP 2023 y 2025 Las personas que superen el proceso selectivo aquí regulado y no obtengan plaza fija quedarán integradas en la Bolsa de Empleo Temporal de puestos sanitarios que se indica en el punto 7. La funcionalidad de los puestos a cubrir es la realización de tareas profesionales propias de su profesión, en este caso en el marco del servicio médico de FGV y como parte del Servicio de Prevención propio, en el área de vigilancia de la salud. Es de interés de la Dirección de FGV destacar el compromiso de esta entidad en la aplicación del principio de igualdad de trato y de oportunidades en la gestión de los procesos de acceso a la misma, siguiendo las directrices de la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y demás normativa en esta materia. 2. Requisitos de las personas aspirantes Los requisitos que toda persona aspirante debe cumplir para trabajar en FGV en los puestos objeto de esta convocatoria, tanto de carácter fijo como temporal, y la forma de acreditarlos son los siguientes: a) Nacionalidad española o alguna otra que permita el acceso al empleo público conforme a las previsiones del artículo 63 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana y del artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Se acredita con DNI, pasaporte o NIE. b) Tener 16 años de edad mínima. Se acredita con DNI, pasaporte o NIE. c) Titulación académica universitaria oficial: i) Para el puesto de Médico/a, estar en posesión del título universitario oficial habilitante para el ejercicio de la profesión, en la Especialidad Medicina del Trabajo ii) Para el puesto de Enfermero/a, estar en posesión del título universitario oficial habilitante para el ejercicio de la profesión, en la Especialidad Enfermería del Trabajo Este requisito se acredita con título válido y, en caso de títulos obtenidos en el extranjero, con certificado de homologación al sistema educativo español. Número puesto Denominación Ubicación Grupo Profesional Titulación académica Turno 30016208 Médico/a Valencia Técnicos/as Punto 2.c) Bases Libre general 30016209 Médico/a Valencia Técnicos/as Punto 2.c) Bases Libre general 30009277 Médico/a Alicante Técnicos/as Punto 2.c) Bases Libre general 30016210 Enfermero/a Valencia Técnicos/as Punto 2.c) Bases Libre general 30009278 Enfermero/a Alicante Técnicos/as Punto 2.c) Bases Libre general Núm. 10387 / 18.06.2026 3 / 15 CVE: DOGV-C-2026-20361 https://dogv.gva.es/ d) Ser persona colegiada ejerciente en el correspondiente colegio profesional. e) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño del puesto, así como adecuado perfil competencial (Anexo III). La contratación -o la continuidad de la misma- quedará supeditada a la superación de los correspondientes reconocimientos y pruebas de avaluación, que serán realizadas en el momento y forma que determine FGV, pudiendo correr su coste a expensas de las o los aspirantes. f) No haber sido separado/a del servicio, mediante acción disciplinaria, de cualquier servicio público de salud, de la administración pública o de FGV, ni hallarse inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de la correspondiente profesión. En el caso de personas nacionales de otros estados mencionados en el punto a), no haber sido inhabilitado/a para el ejercicio profesional en su estado de origen, ni haber sido separado/a por sanción disciplinaria de alguna de sus administraciones o servicios públicos. g) Las personas aspirantes de nacionalidad diferente a la española que no tengan como idioma nativo el español, deberán acreditar documentalmente su conocimiento con alguna de las siguientes certificaciones: diploma de español como lengua extranjera DELE, certificado del Servicio Internacional de Evaluación de la Lengua Española SIELE o título de español de Escuela Oficial de Idiomas. Todas las certificaciones indicadas deberán ser, al menos, de nivel B2. h) Cumplir y acreditar los criterios establecidos en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y en el Decreto 60/1985, de 13 de mayo, del Consell de la Generalitat Valenciana. Los requisitos deberán cumplirse en el momento de la contratación. La acreditación del requisito e) dependerá del momento en que se realicen las pruebas y la del requisito h) del correspondiente trámite, debiendo cumplirse ambos en cualquier caso para consolidar y/o seguir ocupando el puesto si ya se hubiera celebrado el contrato de trabajo. 3. Comunicación con las personas aspirantes y publicaciones relativas a esta convocatoria Durante el desarrollo del proceso selectivo, la forma de comunicación con las personas aspirantes y de traslado de información a las mismas será, con carácter general, la página web de FGV www.fgv.es, a través de su apartado ‘trabaja en FGV’. También se considerarán comunicaciones las distintas resoluciones que, en relación con el proceso, se publiquen en el DOGV. Se podrá usar el correo electrónico si FGV lo considera oportuno y las personas lo han puesto a disposición. Corresponde a las personas aspirantes prestar la debida atención a las publicaciones o información que se realicen respecto a este proceso. 4. Presentación de solicitudes y derechos de participación Las solicitudes se presentarán en el plazo y forma que oportunamente se dará a conocer en la web de FGV. Junto a la solicitud se aportará la documentación acreditativa de méritos que se pretendan hacer valer y suscribir una Declaración Responsable de que los méritos consignados son ciertos. Las instrucciones que se establezcan para cumplimentar el modelo de solicitud se considerarán parte de la Bases del presente proceso. También se deberá acreditar, en la forma que se determine, el pago de los derechos de participación en caso de no aplicarse exenciones o la documentación que acredite tal exención. Los documentos que no estén redactados en español o en valenciano deberán estar adecuadamente legalizados y traducidos a cualquiera de estos dos idiomas oficiales, según su naturaleza, correspondiendo hacerlo a la persona aspirante. No se tendrán en cuenta los que no cumplan esta condición. Núm. 10387 / 18.06.2026 4 / 15 CVE: DOGV-C-2026-20361 https://dogv.gva.es/ La consignación de datos falsos en la solicitud o en la documentación aportada por las personas aspirantes conllevará la exclusión del proceso selectivo, la nulidad de la asignación de plaza en el caso de que ya estuviera asignada y la extinción del contrato si ya se hubiera formalizado, sin perjuicio de otras medidas legales que corresponda. Por derechos de participación se abonarán 40 euros, en la forma en que oportunamente se indique en la web de FGV. Estos derechos no se devolverán en el caso de no admisión por incumplir requisitos o de no presentación o abandono durante su desarrollo del proceso selectivo. Quedan exentas del pago de los derechos de participación: a) Personas que formen parte de familia numerosa o de familia monoparental, en ambos casos de categoría especial. Se acredita con el correspondiente título o carné. b) Mujeres víctimas de violencia de género. Se acredita a través de cualquier medio previsto legalmente a tales efectos. c) Personas con grado de discapacidad igual o superior al 33%. Se acredita con certificación expedida por el organismo competente, nacional o de Comunidad Autónoma. d) Personas en riesgo de exclusión social. Se acredita con certificación expedida por el órgano competente en la materia del ayuntamiento de residencia. e) Personas inscritas como demandantes de empleo desde, al menos, 1 mes antes de la fecha en que se inicie el plazo de admisión de solicitudes, siempre que no perciban prestación/subsidio por desempleo. La inscripción y la ausencia de prestación/subsidio se acreditarán con certificados expedidos por los organismos competentes. Para beneficiarse de la exención se deberá indicar en la solicitud y aportar documentación acreditativa en el momento de la inscripción. La falta de abono por persona no exenta o por quien, manifestando serlo, no lo acredite adecuadamente, supondrá el rechazo de la solicitud. 5. Admisión. Fecha y lugar de realización de las pruebas Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en la web de FGV el listado provisional de personas admitidas y de las excluidas por falta de pago de los derechos de participación o por no acreditar adecuadamente la exención de este pago. Cabrá presentar alegaciones, en la forma que FGV establezca, durante un plazo de 7 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación, trascurrido el cual se publicará en igual forma la relación definitiva. Los lugares y fechas de realización de las pruebas y toda la información necesaria al respecto se darán a conocer oportunamente en la web de FGV. 6. Desarrollo del proceso selectivo. Pruebas. Publicación de listas. Criterios de desempate. Supuestos especiales El proceso selectivo constará, por este orden, de las pruebas y valoraciones que se enumeran seguidamente, siendo las de los apartados a) y b) las que corresponden a la fase oposición y la del apartado c) la que corresponde a la fase de concurso. Las pruebas de los apartados a) y b) serán distintas según el puesto al que se aspire. a) PRUEBA TEÓRICA que versará sobre los contenidos de los temarios específicos que constan en el Anexo I. Esta prueba otorgará hasta 40 puntos, siendo necesario obtener al menos 20 puntos para superarla. Consistirá en un examen tipo test con 100 preguntas (más las de reserva que se determinen, en su caso), con 3 alternativas de las que solo 1 será válida. Cada pregunta tendrá un valor de 0,4 puntos y las contestadas erróneamente penalizarán, según la fórmula: Núm. 10387 / 18.06.2026 5 / 15 CVE: DOGV-C-2026-20361 https://dogv.gva.es/ Nota final asignada = puntos preguntas acertadas – (puntos preguntas erróneas/2) Las preguntas no contestadas ni sumarán ni restarán puntos. b) Para las personas que hayan superado la prueba anterior, PRUEBA PRÁCTICA que consistirá en solventar 4 supuestos prácticos relacionados con los temarios específicos que figuran en el Anexo I. En esta prueba, las personas aspirantes deberán responder preguntas tipo test con 3 alternativas de las que solo 1 será válida, relacionadas con el supuesto práctico de que se trate; a cada supuesto corresponderán 10 preguntas (más las de reserva que se determinen, en su caso). Corresponderá al Órgano Técnico de Selección determinar si la prueba práctica se realiza el mismo día en que se realice la prueba teórica del punto a) anterior o se hace en otra fecha. Si se realiza el mismo día que la teórica, deberán realizarla todas las personas aspirantes. Esta prueba otorgará hasta 20 puntos. Cada caso valdrá hasta 5 puntos, por lo que cada pregunta respondida correctamente sumará 0,5 puntos; las preguntas no contestadas ni sumarán ni restarán y los errores penalizarán según la misma fórmula señalada en el punto a) anterior. Para considerar superada la prueba práctica será necesario obtener en conjunto al menos 10 puntos. Para ambas pruebas tipo test (teórica y práctica), de resultar anulada alguna pregunta y no haberse establecido preguntas de reserva o ser estas últimas insuficientes, se ajustarán de forma proporcional los puntos por pregunta antes detallados, para que la puntuación máxima que se pueda obtener siga siendo la establecida o para aproximarse a esta cifra lo máximo posible sin rebasarla, para lo que se podrán utilizar hasta 4 decimales. Convocada la realización de las pruebas, decaerán en su derecho a realizarlas quienes no se presenten o lo hagan una vez iniciadas, incluso cuando se deba a causas justificadas. Sin perjuicio de las normas de orden que oportunamente se den a conocer, para poder realizar las pruebas, las personas aspirantes deberán ir provistas de documento de identificación personal, original y en vigor, admitiéndose a estos efectos únicamente DNI, NIE, Pasaporte o Permiso de Conducir (este último, emitido en España) no siendo válidos justificantes de trámite de obtención/renovación de esos documentos ni fotocopias, aun compulsadas. Se establecerán, para las personas con diversidad funcional que así lo indiquen en su solicitud, las adaptaciones necesarias para realizar las pruebas. c) VALORACIÓN DE MÉRITOS según el baremo que consta en el Anexo II. La puntuación máxima a obtener por méritos es de 40 puntos. Sólo se comprobarán y valorarán los méritos consignados por las personas participantes. Deberán haber sido obtenidos hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, excepto los referidos a experiencia que se valorarán hasta le fecha de inicio de tal plazo. La valoración de méritos únicamente se aplicará a las personas que superen la fase de oposición. La realización y evaluación de las pruebas teórica y práctica, así como la valoración de méritos, correrá a cargo del Órgano Técnico de Selección, pudiendo contar en todo ello con colaboración de FGV o externa. Una vez corregida la prueba teórica del punto a) se publicarán en la página web de FGV los listados provisionales de resultados por tipo de puesto, a los que se podrán hacer alegaciones en el plazo de 7 Núm. 10387 / 18.06.2026 6 / 15 CVE: DOGV-C-2026-20361 https://dogv.gva.es/ días naturales en la forma en que oportunamente se indicará en esa misma web. Pasado este plazo se publicarán las listas definitivas de esta prueba. Convocada, realizada y corregida la prueba práctica del punto b) se publicarán en la página web de FGV los listados provisionales de resultados de esta última, referidos únicamente a las personas que superaron la prueba teórica del punto a) e igualmente diferenciados por tipo de puesto. En el mismo acto se publicará la suma de las puntuaciones obtenidas en las 2 pruebas realizadas y superadas. A todo ello se podrán hacer alegaciones en el plazo de 7 días naturales en la forma en que oportunamente se indicará en esa misma web. Pasado este plazo se publicarán las listas definitivas de la fase de oposición, dándose por concluida la misma. Concluida la fase de oposición, se aplicará a las personas que la hayan superado la fase de concurso, con la valoración de méritos del punto c) mediante la revisión de la documentación acreditativa de los méritos que consignaron en la solicitud para asignar los puntos que procedan. La fase de concurso otorgará hasta 40 puntos y en ella se valorarán méritos referidos a experiencia (hasta 25 puntos) y a formación (hasta 15 puntos). En Anexo III se detallan los méritos y el baremo a aplicar. Valorados los méritos, se publicarán en la web de FGV los resultados provisionales de esta fase, así como los listados finales provisionales con los resultados agregados de las fases de oposición y concurso, admitiéndose reclamaciones a todo ello durante un plazo de 7 días naturales contados desde el siguiente a la publicación, plazo en el que no cabrá aportar documentación que impliquen considerar méritos que no fueron consignados en la instancia. Transcurrido el plazo se publicarán los listados finales del proceso. En el caso de producirse empates en los listados finales los criterios de desempate serán, por este orden: 1. La mayor puntuación obtenida en la suma de las pruebas teórica y práctica de la fase de oposición, 2. La mayor puntuación de méritos por experiencia, 3. La mayor puntuación de méritos por formación, 4. Persona con diversidad funcional y, entre éstas, la que acredite mayor grado de diversidad, 5. Persona del sexo que esté infrarrepresentado dentro del colectivo de personas de FGV que formen parte del grupo profesional de ‘Técnicos/as’, que en este caso es el de las mujeres, 6. De persistir el empate, el orden alfabético, según sorteo que oportunamente realizará el Órgano Técnico de Selección. Las mujeres que por embarazo de riesgo o parto no puedan completar el proceso selectivo, verán su situación condicionada a la posterior superación de la fase o fases no realizadas, pero ello no cabrá demorarse de forma que menoscabe el derecho del resto de personas aspirantes a una resolución en tiempo razonable. Idéntica actuación se seguirá en caso de mujeres víctimas de violencia de género cuya seguridad estuviera comprometida, sin perjuicio de lo establecido a continuación. Las mujeres víctimas de violencia podrán acogerse, si así lo manifiestan expresamente, a una o varias de las siguientes medidas: ▪ A que, aun cuando la fecha y hora de las pruebas sean las mismas que para el resto de las personas aspirantes, varíe el lugar de realización ▪ Si la víctima de violencia considera necesario evitar que su identidad aparezca en la publicación de listados, ejercer el derecho de oposición para que se sustituya su identidad durante el proceso selectivo por un código de identificación personal. De forma previa a la estimación y aplicación de este derecho, FGV informará a las mujeres solicitantes de las consecuencias de su aplicación. La posibilidad de solicitar la adhesión o la renuncia a las medidas antedichas podrá efectuarse en cualquier momento a lo largo de todo el proceso selectivo. La condición de víctima deberá estar debidamente acreditada de acuerdo con lo regulado en la normativa vigente. Núm. 10387 / 18.06.2026 7 / 15 CVE: DOGV-C-2026-20361 https://dogv.gva.es/ 7. Contratación. Bolsa de empleo temporal. Finalizado el proceso selectivo y en el momento en que determine FGV se procederá, previa autorización administrativa, a la contratación fija de las personas que ocuparán las plazas ofertadas, según su orden en las listas finales. La consolidación de plaza fija, así como, en su caso, la continuación de los contratos temporales a personas de la bolsa quedará condicionada, además de a la acreditación de requisitos a requerimiento de FGV, a aspectos tales como la superación de un periodo de prueba de 4 meses, la comprobación por FGV de ausencia de irregularidades documentales o cualquier otra cuestión legal o regulada en las presentes Bases que afecte a la ocupación de puestos. Si alguien no pudiera ocupar/consolidar plaza fija por cualquiera de dichas causas quedará eliminado/a y sin derecho a ocupar otra plaza fija de este proceso, siendo ello causa válida de finalización de la relación laboral si ésta ya se hubiera iniciado. En este caso se seguirá el orden de lista para llamar a las siguientes personas que aún no hubieran consolidado plaza fija. Todo lo indicado jugará igualmente para determinar que una persona de Bolsa pueda ser excluida de la misma, finalizando su relación laboral temporal si ya se hubiera iniciado, si bien la renuncia a plaza fija no supondrá necesariamente la baja en la bolsa. FGV se reserva la potestad de requerir en cualquier momento, incluso una vez concluido el proceso selectivo y realizada la contratación, originales o fotocopias compulsadas de cualquier documentación aportada para acreditar requisitos, méritos o grado de diversidad, pudiendo eliminar a la persona (rescindiendo la relación laboral si ya se hubiera iniciado) de observarse alguna irregularidad. Concluido el proceso, igualmente FGV publicará en la web de FGV los listados de personas que quedan incluidas en bolsa de empleo temporal para puestos sanitarios que se configurará y con la que se cubrirán necesidades de carácter temporal, según titulación de sus integrantes, tanto en FGV- Valencia como en FGV-Alicante; al respecto, las personas deberán indicar a FGV su disposición a aceptar ofertas en una u otra demarcación o en ambas. Será de aplicación a la bolsa creada mediante este proceso la Resolución de 10 de octubre de 2022, de la Directora Gerente de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana, por la que se dan a conocer las normas generales de funcionamiento de las bolsas de empleo temporal de esta entidad (DOGV Núm. 9451 / 18.10.2022 [2022/9286]) o cualquier otra regulación de carácter general que pudiera sustituir o modificar a la anterior, según los términos y condiciones en que ello se regule. 8. Órgano Técnico de Selección El Órgano Técnico de Selección estará compuesto, según prevé el punto II.11 del VI Acuerdo de la Comisión de Diálogo Social del Sector Público Instrumental de la Generalitat, por 4 personas designadas para ello. Los nombres de estas personas y la sede del órgano se darán a conocer mediante publicación en el DOGV. 9. Protección de datos de carácter personal En materia de protección de datos de carácter personal se estará en lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos) así como en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. Núm. 10387 / 18.06.2026 8 / 15 CVE: DOGV-C-2026-20361 https://dogv.gva.es/ Anexo I. Temario PARA PUESTOS DE MÉDICO/A 1. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales 2. Real decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención 3. Funciones y competencias de la Medicina del Trabajo. El acto médico en medicina del trabajo: confidencialidad, secreto profesional y el consentimiento informado. Responsabilidades del médico y médica del trabajo. La certificación de la aptitud médica. 4. Calidad en las actuaciones de la Medicina del Trabajo. Código Deontológico Internacional para los profesionales de la Medicina del Trabajo. 5. Vigilancia de la salud: Concepto, objetivos y marco normativo. Características de la vigilancia de la salud. Vigilancia de la salud individual: Aspectos metodológicos. Exámenes de salud. Protocolos de Vigilancia Sanitaria Específica de los trabajadores en función de los riesgos. Valoración de la Aptitud para trabajar. 6. Valoración de las incapacidades laborales. Conceptos generales. Los diversos tipos de incapacidad. 7. La historia clínico laboral. Contenidos. Custodia y conservación de los documentos de salud. La confidencialidad de los datos de salud en la vigilancia de la salud en los exámenes de salud. 8. La protección del Personal con especial sensibilidad en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Adaptación y cambio de puesto por motivos de salud. 9. Protección de la maternidad: Situaciones de riesgo laboral durante el embarazo y la lactancia natural. Adaptación, cambio de puesto de trabajo y suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo. Normativa legal vigente. Procedimiento de protección de la maternidad de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública. 10. Daños derivados del trabajo: Concepto y clasificación. El accidente de trabajo: Concepto, declaración, prestaciones, peculiaridades y tipos. Causas de los accidentes. Índices estadísticos. Investigación de accidentes. Lesiones permanentes no invalidantes. El sistema DELT@. 11. Enfermedades profesionales: Concepto. Clasificación. Enfermedades producidas por agentes físicos, químicos y biológicos. Enfermedad profesional en período de observación. Metodología de actuación. Normativa aplicable. Investigación de enfermedad profesional. Real decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro. Sistema de Información Sanitaria y Vigilancia Epidemiológica Laboral (SISVEL). 12. Epidemiología en Salud Laboral: Fases de un estudio epidemiológico. La vigilancia epidemiológica de las enfermedades y accidentes laborales. Tipos de diseños epidemiológicos. 13. Evaluación de riesgos laborales en centros y puestos de trabajo. Papel del médico y médica especialista en medicina del trabajo. Planificación preventiva y Vigilancia de la salud. 14. Higiene industrial: Definición, tipo de agentes contaminantes. Concepto de exposición, dosis y valor límite. Normativa legal de aplicación para la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. Valores límites ambientales (VLA) y valores límites biológicos (VLB). Control biológico de exposición. Indicadores biológicos. 15. Prevención de riesgos por exposición a agentes cancerígenos y mutágenos: Conceptos y categorías. Patogénesis del cáncer. Actividades laborales de riesgo en el ámbito sanitario. Principales enfermedades profesionales por agentes cancerígenos. Medidas de prevención y vigilancia de la salud Patología cancerosa de origen laboral. Normativa legal de aplicación sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos o mutágenos durante el trabajo. Núm. 10387 / 18.06.2026 9 / 15 CVE: DOGV-C-2026-20361 https://dogv.gva.es/ 16. Asma bronquial y Alveolitis Alérgicas Extrínsecas: concepto. Agentes causales y principales colectivos de riesgo. Patogenia. Manifestaciones clínicas, diagnóstico y diagnóstico diferencial. Medidas preventivas. Protocolo de vigilancia sanitaria específica. 17. Exposición a agentes biológicos. Conceptos generales. Fuentes de exposición, efectos sobre la salud y medidas preventivas. Protocolo de vigilancia sanitaria específica para trabajadores expuestos a Agentes Biológicos. 18. Enfermedades de declaración obligatoria. Estudio de brotes en el ámbito laboral. Estudio y seguimiento de contactos en el medio laboral. 19. Medidas Preventivas ante el riesgo biológico: precauciones universales. Actuación ante exposiciones accidentales con riesgo biológico. Protocolo REBA. 20. Inmunización. Aspectos legales. Clasificación de las vacunas. Normas generales para la administración de vacunas. Estabilidad y conservación de las vacunas Programas de vacunación en el medio laboral. Inmunoprofilaxis. Vacunaciones recomendadas a adultos y sus peculiaridades. 21. Gestión de residuos sanitarios. Recogida, trasporte y almacenamiento de residuos sanitarios. Bioseguridad, marco normativo, general y específico, en el ámbito europeo, estatal y autonómico. 22. Equipos de protección individual (EPI) y equipos de trabajo. Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual y equipos de trabajo: concepto, selección, clasificación, utilización y mantenimiento de los equipos de protección individual. Obligacio
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