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A2
Oposición
Promoción interna
Local (ayuntamiento/diputación)

2 plazas de Agente de Empleo y Desarrollo Local y Técnico Informático

Ajuntament de Vinalesa·Vinalesa, Valencia

Plazo cerrado — 03/08/2026

El plazo de solicitud de esta convocatoria está cerrado desde el 03/08/2026.

La ficha se conserva para seguir el proceso (listas de admitidos, fechas de examen y resultados se publican en la fuente oficial). Si buscas plazas con el plazo abierto:

Línea temporal

  1. Publicación

    24/07/2026

  2. Fin plazo

    03/08/2026

Requisitos y perfil

Titulación requerida

Título universitario de Grado (o Diplomatura / Ingeniería Técnica)

Grupo profesional

A2 · Técnico medio (grado / diplomatura)

Tipo de acceso

Promoción interna

Tipo de proceso

Oposición

Plazas

2

Plazo

Sin dato

Origen y fuentes

Administración

Local (ayuntamiento/diputación)

Fuente principal

BOP Valencia

Algunos datos son aproximados

Hemos inferido tipo de acceso, titulación porque la fuente oficial no los explicita. Verifica siempre con el anuncio original.

Texto oficial completo

Núm. 140 Pág. 24-7-2026 1 M U N I C I P I O S Ayuntamiento de Vinalesa 2026/09180 Anuncio del Ayuntamiento de Vinalesa sobre la aprobación de las bases de la convocatoria del proceso selectivo de funcionarización, mediante promoción interna de personal laboral fijo, para la provisión de dos plazas de personal funcionario de carrera, subgrupo A2, técnico/a de desarrollo local y técnico/a informático/a. ANUNCIO Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía de fecha 9 de julio de 2026 las bases para la convocatoria del proceso de funcionarización de los puestos de trabajo de Agente de Empleo y Desarrollo Local y Técnico Informático perteneciente a la plantilla del Ayuntamiento de Vinalesa, encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A2, mediante proceso de funcionarización y promoción interna restringida al personal laboral fijo afectado. En cumplimiento de los principios de publicidad, transparencia, igualdad, mérito y capacidad, se procede a la publicación íntegra de las citadas bases en el BOP y en el Tablón de Anuncios de la Sede electrónica del Ayuntamiento www.vinalesa.es. Cuyo tenor literal es el siguiente: "Resolución de Alcaldía Vista la resolución de alcaldía núm. 460 con fecha de 9 de julio de 2026 para la aprobación del proceso de funcionarización mediante promoción interna de dos plazas de funcionario de carrera, subgrupo A2, técnico/a de desarrollo local y técnico/a informático. Visto que ambas plazas figuran dotadas presupuestariamente y se encuentran incluidas en la plantilla de personal laboral fijo de este Ayuntamiento, por lo que no afectan a los presupuestos municipales ni a la relación de puestos de trabajo del ayuntamiento. Visto lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana; y demás normativa de aplicación. En uso de las atribuciones conferidas a esta Alcaldía por la legislación vigente, Resuelvo Primero. Aprobación de las bases y convocatoria del proceso de funcionarización mediante promoción interna del personal laboral fijo para la provisión de dos plazas Verificable en https://bop.dival.es/bop CSV: BOPV-2026/09180 Núm. 140 Pág. 24-7-2026 2 de funcionario de carrera, subgrupo A2, técnico/a de desarrollo local y técnico/a informático. Redactadas por los servicios municipales con el siguiente tenor literal: Bases reguladoras del proceso selectivo de funcionarización mediante promoción interna del personal laboral fijo para la provisión de dos plazas de funcionario de carrera, subgrupo A2, técnico/a de desarrollo local y técnico/a informático/a del Ayuntamiento de Vinalesa Base Primera. Objeto de la Convocatoria Es objeto de la presente convocatoria la cobertura, mediante proceso de funcionarización y promoción interna restringida al personal laboral fijo afectado, de las siguientes plazas: • Una plaza de Técnico/a de Desarrollo Local (AEDL), Subgrupo A2. • Una plaza de Técnico/a Informático/a, Subgrupo A2. La convocatoria tiene por finalidad adaptar la naturaleza jurídica de los puestos de trabajo a las funciones efectivamente desempeñadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Base Segunda. Fundamento Jurídico La presente convocatoria se fundamenta en: a) El artículo 9.2 del TREBEP, que reserva al personal funcionario el ejercicio de funciones que impliquen participación directa o indirecta en el ejercicio de potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales. b) Los artículos 14, 18 y concordantes del TREBEP. c) La Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana. d) La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. e) El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril. f) La restante normativa de aplicación. Base Tercera. Justificación de la Funcionarización Con carácter previo a la convocatoria, mediante informe emitido por la Secretaría Municipal se ha acreditado que las funciones desempeñadas en ambos puestos de trabajo implican el ejercicio de potestades públicas y responsabilidades reservadas legalmente al personal funcionario. I. Técnico/a de Desarrollo Local Corresponden, entre otras, las siguientes funciones: • Impulso, instrucción y ordenación de expedientes administrativos de subvenciones. • Elaboración de propuestas de resolución. Verificable en https://bop.dival.es/bop CSV: BOPV-2026/09180 Núm. 140 Pág. 24-7-2026 3 • Fiscalización y control de la documentación justificativa de subvenciones. • Garantía de legalidad procedimental en la gestión de fondos públicos. • Coordinación técnica de programas municipales. • Colaboración con Secretaría en la tramitación administrativa de expedientes. • Coordinación técnica con Pactem Nord. II. Técnico/a Informático/a Corresponden, entre otras, las siguientes funciones: • Dirección técnica y control del cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad. • Supervisión y auditoría de sistemas de información municipales. • Redacción de informes técnicos preceptivos. • Fiscalización técnica de contratos públicos TIC. • Gestión de bases de datos públicas esenciales. • Garantía de integridad, disponibilidad y confidencialidad de los sistemas municipales. • Emisión de informes relacionados con la fe pública electrónica y la sede electrónica municipal. Estas funciones determinan la necesaria naturaleza funcionarial de los puestos. Base Cuarta. Requisitos de los/las Aspirantes. Podrán participar quienes reúnan los siguientes requisitos: a) Tener la condición de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Vinalesa. b) Estar ocupando de forma definitiva el puesto objeto de funcionarización. c) Estar en posesión de la titulación exigida para el Subgrupo A2. d) Haber prestado servicios efectivos durante un mínimo de diez años como personal laboral en el puesto correspondiente. e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública. Todos los requisitos deberán reunirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Base Quinta. Plazo y Forma de Presentación de Solicitudes 10 días naturales a contar desde la publicación en el BOP de estas bases presentando la instancia habilitada en la sede electrónica del Ayuntamiento de Vinalesa vinalesa.sede.dival.es. En consonancia con el principio de eficiencia documental de las administraciones públicas y el derecho a la no aportación de documentos preexistentes, el Ayuntamiento comprobará de oficio la documentación obrante en el archivo municipal para la baremación de méritos en el proceso de estabilización de ambas plazas. Verificable en https://bop.dival.es/bop CSV: BOPV-2026/09180 Núm. 140 Pág. 24-7-2026 4 Base Sexta. Sistema Selectivo. El sistema selectivo será el de concurso-oposición. La puntuación máxima será de 100 puntos. • Fase de concurso: 90 puntos. • Fase de oposición: 10 puntos. Base Séptima. Fase de Concurso. La fase de concurso tendrá una puntuación máxima de 90 puntos. 1. Servicios prestados en el mismo puesto objeto de funcionarización. Se valorará a razón de 6 puntos por cada año completo de servicios prestados en el puesto correspondiente, hasta un máximo de 90 puntos. 2. Formación relacionada con Administración Pública. Se valorará hasta un máximo de 5 puntos. 3. Titulaciones académicas superiores a la exigida. Se valorará hasta un máximo de 5 puntos. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. Base Octava. Fase de Oposición La fase de oposición tendrá una puntuación máxima de 10 puntos. Consistirá en la realización de un ejercicio escrito de desarrollo breve sobre uno o varios de los temas incluidos en el programa anexo. La duración máxima será de una hora. El ejercicio será calificado entre 0 y 10 puntos. Se valorará: • Conocimiento de la materia. • Claridad expositiva. • Capacidad de síntesis. Base Novena. Temario. Bloque Único Tema 1. El Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público: objeto y ámbito de aplicación. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Verificable en https://bop.dival.es/bop CSV: BOPV-2026/09180 Núm. 140 Pág. 24-7-2026 5 Tema 2. Derechos y deberes de los empleados públicos. Código de conducta. Régimen de incompatibilidades. Tema 3. Acceso al empleo público. Oferta de Empleo Público. Sistemas selectivos. Promoción interna. Funcionarización. Carrera profesional y evaluación del desempeño. Base Décima. Tribunal Calificador El Tribunal (OTS) estará integrado exclusivamente por personal funcionario de carrera. Será paritario. Todos los miembros deberán poseer titulación igual o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas. Composición: • Presidencia • Secretaría • 3 Vocales Todos los miembros actuarán con voz y voto. Base Decimoprimera. Calificación Final. La puntuación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición. El Tribunal (Órgano Técnico de Selección) elevará propuesta de nombramiento a favor del aspirante en cada una de las plazas convocadas. Base Decimosegunda. Nombramiento y Toma de Posesión Finalizado el proceso selectivo, la Alcaldía dictará resolución nombrando funcionarios de carrera a las personas aspirantes propuestas por el Tribunal. Las personas aspirantes deberán tomar posesión en el plazo legalmente establecido. La toma de posesión como funcionarios de carrera supondrá simultáneamente la extinción de la relación laboral fija preexistente por transformación de la naturaleza jurídica del vínculo de empleo. Base Decimotercera. Efectos Administrativos El tiempo de servicios prestados como personal laboral fijo en el Ayuntamiento de Vinalesa será plenamente computable a efectos de antigüedad, carrera profesional, trienios y demás derechos económicos y administrativos reconocidos por la legislación vigente. Base Decimocuarta. Recursos Verificable en https://bop.dival.es/bop CSV: BOPV-2026/09180 Núm. 140 Pág. 24-7-2026 6 1. Las presentes bases vinculan a la Administración, al OTS y a quienes participan en las pruebas selectivas, y tanto la presente convocatoria como cuántos actos administrativos deriven de ésta y de las actuaciones del OTS podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos, plazos y forma establecida en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 2. Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, ante la Alcaldía del Ayuntamiento de Vinalesa, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Valencia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime pertinente. 3. Contra los actos administrativos definitivos que se deriven de las presentes bases, las personas interesadas podrán interponer los recursos oportunos, en los casos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa. 4. Contra los actos de trámite del OTS que decidan directa o indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el proceso selectivo, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Alcaldía en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación o notificación. Disposición Final Las presentes bases entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Segundo. Convocar el correspondiente proceso selectivo para la funcionarización de las referidas plazas, de conformidad con las bases aprobadas. Tercero. Ordenar la publicación íntegra de las bases de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, en el Tablón de Anuncios y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento, siendo el plazo de presentación de solicitudes de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia. Cuarto. Dar cuenta de la presente resolución a los servicios administrativos municipales a los efectos oportunos. Verificable en https://bop.dival.es/bop CSV: BOPV-2026/09180 Núm. 140 Pág. 24-7-2026 7 Vinalesa, 14 de julio de 2026.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Puchol Ruiz. Verificable en https://bop.dival.es/bop CSV: BOPV-2026/09180
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