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M U N I C I P I O S
Ayuntamiento de Paterna
2026/11381
Anuncio del Ayuntamiento de Paterna sobre la aprobación de las
bases específicas y la convocatoria del proceso de selección para la
provisión definitiva del puesto de trabajo número 10054, jefe/a
delineante proyectista, mediante el sistema de concurso.
ANUNCIO
La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el 10/08/2026,
adoptó el siguiente acuerdo:
"Primero.- Aprobar las bases específicas que han de regir la convocatoria y
el proceso de selección para provisión definitiva del puesto de trabajo n.º 10054
Jefe/a Delineante Proyectista, mediante el sistema de Concurso.
VER ANEXO
Segundo.- Aprobar la convocatoria del proceso de selección para provisión
definitiva del puesto de trabajo n.º 10054 Jefe/a Delineante Proyectista, mediante el
sistema de Concurso.
Tercero.- Publicar las presentes bases en el tablón de edictos de la Sede
Electrónica de la Corporación, y en el Boletín Oficial de la Provincia y un extracto de
las mismas en el Boletín Oficial del Estado. El plazo de presentación de instancias
será de 10 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del extracto de las
bases en el Boletín Oficial del Estado."
Lo que se hace público, para general conocimiento.
Paterna, 4 de septiembre de 2026.—El teniente de alcalde de Educación,
Deportes, Movilidad y Portavocía, José Manuel Mora Zamora.
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BASES ESPECÍFICAS PARA LA PROVISIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO DE
JEFE/A DELINEANTE PROYECTISTA, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO.
PRIMERA.- OBJETO
Es objeto de las presentes Bases la convocatoria para la provisión definitiva del
puesto de trabajo incluido en la Relación de Puestos de Trabajo aprobada por acuerdo Pleno
del Ayuntamiento, que debe ser sometida al procedimiento de concurso según la
denominación y descripción del puesto que se detalla en la siguiente cláusula.
Las presentes bases específicas serán de aplicación a dicho puesto convocado.
SEGUNDA.- DENOMINACIÓN Y DESCRIPCIÓN DEL PUESTO
La denominación, características y descripción del puesto de trabajo objeto de la
convocatoria, así como los requisitos indispensables para su desempeño y retribuciones, son
los que se recogen en la Relación de Puestos de Trabajo.
Se detalla la descripción del puesto convocado:
–
JEFE/A DELINEANTE PROYECTISTA
Código Puesto de Trabajo Nº10054
DENOMINACION: JEFE/A DELINEANTE PROYECTISTA
Grupo
Subgrupos: A2/C1
VPPT: 850
Tareas: Las que figuran en la relación del puesto de trabajo.
Responsabilidades Generales:
•
Diseño de soluciones proyectuales, delineación de planos, mediciones, atención al público y
tareas de apoyo.
•
Dirigir y coordinar al personal de delineación de la Oficina Técnica Municipal.
Tareas más Significativas:
1.Coordinar y dirigir al personal de delineación de la Oficina Técnica Municipal.
2. Diseño de soluciones en proyectos de la Oficina Técnica Municipal.
3. Delineación de planos en proyectos de la oficina Técnica Municipal.
4.Levantamientos/Croquis/Mediciones/Planos para los expedientes de la Oficina Técnica Municipal.
5. Apoyo en los levantamientos topográficos al Ingeniero Técnico municipal en Topografía.
6. Apoyo a los servicios de control e inspección de la Oficina Técnica Mpal. en las inspecciones de
partes de la policía local/Reclamaciones de particulares/Obras y actividades/Revisiones de viviendas
para licencias de segunda ocupación/Comprobar el cumplimiento de la normativa de habitabilidad.
7. Realizar las inspecciones correspondientes al seguimiento de expedientes de órdenes de ejecución y
de infracción.
8.Informes sobre colindantes e interesados en expedientes de licencias ambientales, para el trámite de
información pública.
9. Informes para el resto de áreas municipales sobre parcelas, planimetría municipal, etc.,
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10. Informes de distancia solicitados por los contribuyentes para elevarlos a Certificados.
11.Informes sobre ocupación de vía pública por contenedores y materiales de obra/mesas y sillas de
actividades/actos festivos / venta en mercados, etc.
12. Apoyo en el control de los expedientes de la Oficina Técnica Municipal.
13. Atención al público sobre Normativa municipal y técnica/Callejero municipal/Números de policía
e información de calles, parcelas urbanas y rústicas/Entrega de planos, ordenanzas, etc.
14. Realizar visitas de obra y apoyo a la dirección técnica en obras municipales: realizar tareas de
supervisión e inspección de obras, coordinar trabajos en ejecución de obras.
15. Efectuar cualquier otra tarea propia de su categoría que le sea encomendada y para la cual haya
sido previamente instruido
TERCERA.- REQUISITOS Y CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN.
1º.- Podrán participar todos aquellos/as Funcionarios/as de carrera del Ayuntamiento de
Paterna (Valencia), que reúnan todos y cada uno de los requisitos que, para el desempeño
del puesto ofertado, figuran en la ficha de la Relación de Puestos de Trabajo, cualquiera que
sea la situación administrativa en que se encuentren dichos/as Funcionarios/as de carrera,
excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión y el excedente voluntario por
interés particular durante el plazo legal obligatorio de permanencia en dicha situación.
Los requisitos de participación deberán reunirse en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y mantenerse hasta la toma de posesión.
2º.- Podrá ser ocupado el puesto de Jefe/a Delineante Proyectista, por Funcionarios/as de
la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Media, a los/as que se haya
exigido para su ingreso el título de Ciclo Formativo de Técnico Superior en proyectos de
edificación, según regula el Real Decreto 690/2010, de 20 de mayo, del Ministerio de
Educación, así como las titulaciones equivalentes y vinculación con capacidades especificas
establecidas en la disposición adicional tercera del citado Real Decreto.
CUARTA.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
1.- Las presentes bases y la correspondiente convocatoria se publicarán de forma
íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de
Paterna.
2.- Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán a la
Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Paterna, indicando el puesto al que solicita
concursar y se presentarán telemáticamente en el plazo de 10 días hábiles a partir del
siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial del Estado, a través del
Registro Electrónico en (www.paterna.es)y a través de la siguiente url:
https://sede.paterna.es/opensiac/informacionpublica/tramitesinfo.action?tramitesInfoForm.
id=639
A tal efecto es necesario estar registrado/a para el uso del sistema de identificación y
Firma Electrónica Cl@ve, o poseer un Certificado Digital de Firma Electrónica, o DNI.
3.- Junto a la solicitud de participación se rellenará hoja de autobaremación del
trámite online señalando los méritos del personal solicitante que desee hacer valer de
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acuerdo con el Baremo de aplicación, relacionándolos con el documento acreditativo de los
mismos, a cuyos efectos se presentará el original o copia compulsada del mismo.
No será necesario acreditar los méritos relativos a la experiencia en esta Corporación, ni
otros documentos que ya obren en poder del Ayuntamiento, debiendo, la persona aspirante,
especificar en su instancia que documentos son.
4.- Igualmente junto a la solicitud de participación se aportará la memoria o proyecto
a que hace referencia el apartado “OTROS MÉRITOS ESPECÍFICOS” del Baremo de Méritos,
deberá presentarse a través del trámite online, dicha memoria o proyecto tendrá la extensión
de un mínimo de 5 y un máximo de 10 folios, a una sola cara, a doble espacio, tipo de letra
Times New Roman y número de letra 12, consistiendo la misma en un análisis del puesto de
trabajo al que se opta, medios necesarios para su desempeño a juicio del candidato/a y
propuestas e iniciativas del concursante en relación con el mismo.
El personal funcionario que tenga la condición legal de persona con discapacidad
podrá participar en la convocatoria objeto de estas bases acreditando la misma en la solicitud
de participación, al objeto de la adaptación del puesto de trabajo y su compatibilidad con
respeto al desempeño de las tareas y funciones del puesto en concreto, siempre que esta
adaptación no suponga una modificación exorbitante en el contexto de la organización.
QUINTA.- SISTEMA DE SELECCIÓN.
Se realizará la provisión de puesto de trabajo mediante concurso a través del baremo
de méritos que viene recogido en la Base Décima que contiene el ANEXO.
SEXTA.- COMISIÓN DE VALORACIÓN.
La Comisión de Valoración estará constituida por un número de CINCO miembros
(Titulares y suplentes) entre los que deberán figurar:
Presidente: Actuará como Presidente el vocal de mayor edad.
Vocales:4
Funcionarios/as de carrera del Ayuntamiento de Paterna que, en cada caso, reúnan
los requisitos objetivos para formar parte de los mismos.
Secretario/a: El/la Secretario/a General o Funcionario/a en quien delegue de la
Corporación, que actuará con voz y con voto.
Todos los Vocales, deberán poseer una titulación del mismo nivel o superior a la
exigida en los requisitos del desempeño del puesto objeto del concurso.
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SÉPTIMA.- DESARROLLO DEL CONCURSO.
1.- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes establecido en la convocatoria
del concurso y comprobado por el servicio de personal el cumplimiento de los requisitos de
participación, se elaborará el listado provisional de personal admitidos y excluidos, junto
con el nombramiento de los componentes de la Comisión de Valoración, que tendrá la
consideración de órgano colegiado de la administración, que se publicará en el tablón de
edictos de la sede electrónica municipal.
Se concederá un plazo de 5 días hábiles desde la publicación de las lista provisional
para presentación de reclamaciones y/ o enmienda de deficiencias subsanables, así como
también alegar motivo de abstención o recusación de los componentes del tribunal
designado.
Transcurrido el plazo de subsanación y vistas las reclamaciones presentadas, la
Alcaldía-Presidencia u órgano en quien delegue, dictará resolución aprobando la lista
definitiva de personas admitidas y excluidas y, en su caso, el motivo de la no admisión. Esta
lista se publicará en el tablón de edictos de la sede electrónica municipal. En el mismo acto
de aprobación de la lista definitiva se señalará el día, hora y lugar de la evaluación de los
méritos alegados por el personal concursante y realizará la entrevista señalada en las
presentes bases.
2.- El resultado de dicha evaluación se recogerá en una propuesta de adjudicación
provisional donde se reflejará una relación comprensiva de la totalidad del personal
concursante, ordenada de mayor a menor puntuación total, con indicación para cada uno de
ellos de la obtenida en cada una de los méritos y el resultado de la memoria y entrevista y
con expresión del puesto adjudicado, que será expuesta al público en el tablón de edictos de
la Corporación durante el plazo de diez días naturales, dentro de los cuales podrán las
personas concursantes formular reclamaciones.
Si en el referido plazo no se formula ninguna reclamación, dicha relación adquirirá
la condición de definitiva sin necesidad de nueva exposición.
3.- Transcurrido dicho plazo, si se hubieran formulado reclamaciones, la Comisión
resolverá las que hubiesen presentado y formulará la relación definitiva de adjudicación del
puesto remitiéndola a la autoridad convocante para su publicación en el tablón de anuncios
de la Corporación mediante resolución motivada.
Esta relación definitiva no podrá ser superior en número al de puestos que tengan
que proveerse.
OCTAVA.- DESISTIMIENTO Y RENUNCIA Y REMOCIÓN.
Sólo se podrá desistir de la petición de tomar parte en el concurso antes de que
finalice el plazo de presentación de solicitudes.
El/la Funcionario/a que acceda al puesto de trabajo por concurso, podrá ser removido
por causas sobrevenidas derivadas de una alteración en el contenido del puesto, realizada a
través de las relaciones de puestos, que modifique los supuestos que sirvieron de base a la
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convocatoria, o de una falta de capacidad para su desempeño, manifestada por rendimiento
insuficiente, que no comporte inhibición y que impida realizar con eficacia las funciones
atribuidas al puesto.
NOVENA.-PLAZO DE TOMA DE POSESIÓN.
En las resoluciones de adjudicación del concurso se indicará la fecha en que deberá
efectuarse el cese del puesto de trabajo y la toma de posesión del destino adjudicado, salvo
en los casos de fuerza mayor debidamente justificados. El plazo de toma de posesión
empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese.
DÉCIMA.- BAREMO DE MÉRITOS.
I.- BAREMO DE MÉRITOS
-ANTIGÜEDAD: HASTA UN MÁXIMO DE 8 PUNTOS.
1.- Por cada mes de servicio prestado en el Ayuntamiento de Paterna, en la misma
escala y grupo al del puesto a que se opta: 0,04 puntos.
2.- Por cada mes de servicio prestado en otras administraciones públicas en la escala
y grupo al del puesto al que se opta: 0,02 puntos.
-FORMACIÓN: HASTA UN MÁXIMO DE 10 PUNTOS.
1.- Cursos de formación: máximo 2,5 puntos.
Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento de duración igual o superior
a 15 horas que hayan sido cursados o impartidos por el interesado, y que hayan sido
organizados, convocados u homologados por cualquier centro u organismo oficial de
formación, según la siguiente valoración:
a) De 15 o más horas: 0,20 puntos.
b )De 25 o más horas: 0,50 puntos.
c) De 50 o más horas: 1 punto.
d) De 75 o más horas: 1,50 puntos.
e) De 100 o más horas: 2 puntos.
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Aquellas actividades de naturaleza distinta a los cursos, tales como jornadas, mesas
redondas, encuentros, debates, seminarios o análogos no podrán ser objeto de valoración.
En ningún caso se puntuarán los cursos pertenecientes a una carrera universitaria, los
cursos de doctorado o de los de los diferentes institutos de las universidades cuando formen
parte de un plan de estudios del centro.
2.- Títulos académicos oficiales o universitarios: máximo 2,5 puntos.
Cualquier titulación académica oficial de igual o superior nivel al exigido para el
desempeño del puesto de trabajo a proveer, que habiliten para desempeñar el puesto de
trabajo, con exclusión del que sea necesario para el acceso al puesto, según la siguiente
valoración:
a).- Licenciatura o grado equivalente, ingeniería, arquitectura o equivalente: 2,5
puntos.
b).- Diplomatura, ingeniería técnica, arquitectura técnica o equivalente: 2 puntos.
c).- Bachiller Superior o equivalente o Ciclo formativo grado Superior de Formación
profesional: 1, 5 puntos.
d).- Ciclo Formativo grado medio de F. Profesional: 1 punto.
3.- Otras titulaciones (postgrado): máximo 2 puntos.
a).- Doctorado: 2 puntos.
b).- Máster de 90 o más créditos: 1,5 puntos.
c).- Máster de 60 o más créditos: 1 puntos.
d).- Experto: 0.5 puntos.
e).- Especialista: 0.25 puntos.
4.- Conocimientos de valenciano: máximo 2 puntos. Se acreditará mediante certificado
acreditativo expedido por organismo público competente de haber superado niveles del
Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas conducentes a su obtención, según
la siguiente valoración:
a).- Por certificado nivel C2 (o equivalente): 1,75 puntos.
b).- Por certificado nivel C1 (o equivalente): 1,5 puntos.
c).- Por certificado de nivel B2 (o equivalente): 1 punto.
d).- Pos certificado de nivel B1 (o equivalente): 0,75 puntos.
e).- Por certificado de nivel A2 (o equivalente): 0,50 puntos.
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f).- Por cada certificado de capacitación técnica (lenguaje administrativo, lenguaje a
los medios de comunicación y corrección de textos) se añadirá: 0,25 puntos.
La valoración del conocimiento de valenciano se efectuará valorando exclusivamente
el nivel más alto obtenido, a cuya valoración se añadirá la puntuación obtenida por los
certificados de capacitación técnica.
5.- Idiomas comunitarios: máximo 1 punto. Se acreditará mediante certificado acreditativo
expedido por organismo público competente de haber superado niveles Marco Común
Europeo de referencia para las Lenguas conducentes a su obtención, según el siguiente
baremo:
a).- Por certificado nivel C2 (o equivalente): 1 puntos.
b).- Por certificado nivel C1 (o equivalente): 0,80 puntos.
c).- Por certificado de nivel B2 (o equivalente): 0,60 puntos.
d).- Pos certificado de nivel B1 (o equivalente): 0,40 puntos.
e).- Por certificado de nivel A2 (o equivalente): 0,20 puntos.
La valoración de idiomas comunitarios se efectuará valorando exclusivamente el nivel más
alto obtenido, a cuya valoración se añadirá la puntuación obtenida por los certificados de
capacitación técnica.
-DESEMPEÑO COMO PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA DE PUESTOS DE
IGUAL O SUPERIOR CATEGORÍA AL DE LOS PUESTOS CONVOCADOS: máximo de
2 puntos.
Hasta un máximo de 2 puntos a razón de 0,04 puntos por mes completo.
-OTROS MÉRITOS ESPECÍFICOS, hasta un máximo de 10 PUNTOS.
1.- Cursos de formación y/o perfeccionamiento que tengan relación directa con el puesto
al que se convoca, que no hayan sido valorados en el apartado 1 de Formación, cuya
valoración puntuará el doble de la fijada al apartado 1 de FORMACIÓN, con un máximo de
3 puntos.
Aquellas actividades de naturaleza distinta a los cursos, tales como jornadas, mesas
redondas, encuentros, debates, seminarios o análogos no podrán ser objeto de valoración.
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En ningún caso se puntuarán los cursos pertenecientes a una carrera universitaria, los
cursos de doctorado o de los de los diferentes institutos de las universidades cuando formen
parte de un plan de estudios del centro.
2.- MEMORIA, hasta una puntuación máxima de 3,5 puntos.
La memoria versará sobre un plan para desempeñar las funciones del puesto objeto de
concurso y sus posibles iniciativas al respecto, así como cualquier otro aspecto que estime
deba ser tomado en consideración.
La memoria tendrá una extensión de un mínimo de 5 y un máximo de 10 folios, a una
cara, a doble espacio, con tipo de letra Times New Roman y tamaño de letra 12.
3.-ENTREVISTA, hasta una puntuación máxima de 3,5 puntos.
La entrevista versará sobre el contenido de la memoria previamente presentada. En la
misma se contrastará la adecuación del perfil profesional y aptitudes del o de la concursante
y sus posibles iniciativas para el mejor desempeño de las funciones del puesto convocado,
pudiendo extenderse a la comprobación de cuantas cuestiones estime necesaria la Comisión
de Valoración.
Para la valoración de este apartado, se tendrá en cuenta la formación y conocimiento
específico, concreción en el desarrollo del puesto de trabajo al que se opta, su claridad, el
orden de ideas, la facilidad de la exposición escrita, así como su aportación personal y su
capacidad de síntesis.
No serán citados para celebrar la entrevista aquellos aspirantes cuya puntuación,
sumados los méritos del concurso y la máxima puntuación de la entrevista, no superen como
mínimo 10 puntos.
II.- PUNTUACION MINIMA.- La puntuación mínima necesaria para obtener la
adjudicación del puesto de trabajo convocado será de 10 puntos.
III.- PUNTUACION MÁXIMA TOTAL DEL CONCURSO : 30 puntos.
IV.-RESOLUCION DE EMPATES:
En caso de empate en la puntuación se adjudicará el puesto a la persona concursante
que haya obtenido mayor puntuación en el apartado de formación, si dicha puntuación fuera
también igual, se considerará la obtenida por antigüedad, posteriormente por la entrevista,
en el caso de que la hubiera. Si continúa el empate, por el sexo de la persona concursante
declarada como infrarrepresentada. De persistir el empate, se adjudicará por sorteo.
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