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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
C) OTROS ASUNTOS
Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública
RESOLUCIÓN de 9 de julio de 2026, de la Dirección General de Función Pública, por la que se convoca la acción
formativa denominada Laboratorio de Innovación Pública, dirigida al personal funcionario de carrera o personal laboral
fijo al servicio de la Generalitat Valenciana, gestionado por la Dirección General de Función Pública, para el ejercicio
2026.
El funcionamiento de las administraciones públicas, en su formato burocrático clásico, provee seguridad jurídica e
imparcialidad en entornos simples y estables mediante la fórmula habitual del procedimiento administrativo. Pero cuando
existen problemas complejos o de difícil respuesta pública, este esquema resulta inadecuado y requiere de intervenciones
públicas innovadoras que respeten los principios de equidad, eficiencia, eficacia, transparencia y creen valor público para la
sociedad. Con este nuevo enfoque, las administraciones contemporáneas han adoptado el paradigma de la innovación en la
gestión pública. A tal efecto, nuestro país, en 2021 suscribió la Declaración sobre innovación en el sector público (OCDE,
2019).
Esta idea requiere de un esfuerzo organizativo coordinado, por lo que se plantea la creación de «laboratorios» o
«hubs de innovación» entendidos como entornos organizacionales en los que tendrán lugar todas las fases del proceso de
innovación; análisis y diagnóstico del problema; diseño, conceptualización y prototipado de soluciones incorporando la
perspectiva de las personas usuarias; implementación y evaluación final.
Para este propósito, en 2025 se aprobó la primera convocatoria del Laboratorio de Innovación Pública, siendo un
éxito al recibir trece solicitudes, de las cuales se seleccionaron seis.
El IVAP facilitó la formación a los equipos seleccionados para el desarrollo de sus propuestas y proporcionó los
recursos y espacios necesarios. El enfoque adoptado fue el de formación-acción que, además de permitir al propio IVAP
aprender y disponer de metodologías de nuevo cuño, propició el surgimiento de iniciativas de mejora en los servicios
públicos.
A la vista del interés mostrado por el personal empleado público en la anterior edición y del valor transformador
que supuso para los equipos participantes, el IVAP manifiesta su voluntad de mantener y consolidar esta acción formativa.
Con ello se pretende reforzar una palanca de cambio capaz de impulsar la innovación, la mejora continua y la calidad del
servicio público, favoreciendo la generación de soluciones orientadas a las necesidades de la ciudadanía.
Mediante la Resolución de 19 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Función Pública, se aprobó el Plan
de Formación del personal al servicio de la Generalitat para el ejercicio 2026, en el que se incluye la acción formativa con
código 2780, denominada Laboratorio de Innovación Pública.
La Ley 4/2021, de 16 de abril, de la función pública valenciana, establece en su artículo 105 la formación como un
derecho y un deber del personal empleado público y un instrumento esencial para mejorar su cualificación profesional y la
calidad de los servicios públicos.
Por su parte, el Plan de formación para el personal al servicio de la Generalitat, gestionado por la Dirección
General de Función Pública, tiene entre sus objetivos promover la capacitación en competencias transversales, entre ellas la
innovación y la mejora continua en la prestación de los servicios públicos.
El Decreto 16/2025, de 3 de diciembre, del President de la Generalitat, por el que se determinan el número y la
denominación de las consellerias, y sus competencias, determina en su artículo 6 que se asignan a la Conselleria de
Economía, Hacienda y Administración Pública, entre otras, las competencias en materia de función pública. A su vez, de
acuerdo con las competencias en materia de formación del personal al servicio de la Administración de la Generalitat,
atribuidas por el Decreto 33/2026, de 27 de febrero, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la
Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública, esta dirección general ostenta la potestad para dictar los
actos necesarios para la ordenación de las convocatorias formativas.
En virtud de lo anterior,
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RESUELVO
Primero. Convocatoria del Laboratorio de innovación pública
1. Se convoca la acción formativa Laboratorio de Innovación Pública, dirigida al personal funcionario de carrera o
personal laboral fijo de la Generalitat Valenciana, gestionado por la Dirección General de Función Pública, para el ejercicio
2026.
2. Su objeto es facilitar un espacio de formación y experimentación en el que desarrollar proyectos de innovación
alineados con las prioridades y objetivos estratégicos del Consell.
3. Su ejecución queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los créditos consignados
para dicho fin, derivados del Acuerdo de formación para el empleo de las administraciones públicas, en los presupuestos
generales del Estado y de la Generalitat.
Segundo. Personas destinatarias
1. Podrá participar en el presente curso formativo el personal al servicio de la Generalitat Valenciana gestionado
por la Dirección General de Función Pública que ostente la condición de personal funcionario de carrera o personal laboral
fijo, en situación de activo, encuadrado en los grupos de clasificación A1, A2, B, C1, C2 y APF, conforme a lo dispuesto en
la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la función pública valenciana.
2. El curso formativo se articula mediante equipos de trabajo integrados, cada uno de ellos, con carácter general,
por un mínimo de tres y un máximo de cinco personas. Cada equipo deberá designar una persona que actúe como
representante. Se seleccionará un máximo de seis equipos para participar en el curso.
3. De acuerdo con lo previsto en el artículo 154.5 de la LFPV, podrán solicitar la participación en la acción
formativa las personas en situación de excedencia voluntaria por cuidado de familiares que cumplan con el requisito de ser
personal funcionario de carrera o personal laboral fijo de los grupos o subgrupos A1, A2, B, C1, C2 o APF, y tengan
reservado un puesto de trabajo del grupo o subgrupo correspondiente de la Administración de la Generalitat.
Tercero. Inscripción y solicitud de participación en el Laboratorio de innovación pública
1. La inscripción se formalizará mediante una única solicitud por equipo, que deberá ser presentada por la persona
designada como representante. La solicitud se presentará a través del trámite telemático correspondiente, disponible en la
página web del IVAP.
2. Junto a la solicitud se adjuntará una memoria en la que se exponga el proyecto de innovación pública que se
pretende desarrollar en el marco del curso formativo, su impacto en la mejora de la gestión y su relevancia. Esta memoria
deberá tener una extensión máxima de 500 palabras.
3. La solicitud irá acompañada de una carta de apoyo del proyecto, suscrita por la persona titular de un nivel
correspondiente, al menos, de dirección general.
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes para su inclusión en el Laboratorio de Innovación Pública será desde el día
siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) hasta el día 4 de
septiembre, inclusive.
Quinto. Criterios de admisión y selección
1. Para ser admitido al curso formativo, se comprobará que efectivamente las personas interesadas cumplen con los
requisitos establecidos en el apartado segundo de la presente resolución.
2. Cada equipo participante deberá estar formado, como mínimo, por tres personas. Las candidaturas que no
cumplan con este requisito serán descartadas.
3. Una vez iniciado el curso, si se produce la renuncia de una o varias personas y el equipo queda compuesto por
menos de tres integrantes, será responsabilidad del equipo decidir si desea continuar con la formación o renunciar al
mismo. Esta decisión deberá comunicarse por escrito a la organización del curso en el plazo de 3 días naturales desde que
se produzca la baja.
4. Deberá equilibrarse según la plantilla real la participación de mujeres y hombres en la asistencia a cursos de
formación, según el artículo 44 de la Ley de la Generalitat Valenciana 9/2003, de 2 de abril, para la igualdad de mujeres y
hombres, y se respetará la reserva del 40% de las plazas prevista en el artículo 60 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de
marzo, entre empleadas públicas que reúnan los requisitos.
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5. En la selección deberá tenerse en cuenta la reserva del 3% de plazas para personas con discapacidad establecida
en el artículo 23 de la Ley 11/2003, de 10 de abril, de la Generalitat Valenciana, sobre el Estatuto de las personas con
discapacidad, debiendo garantizarse como mínimo, la reserva de una plaza para personas con discapacidad.
6. La valoración de los proyectos se llevará a cabo atendiendo a criterios estratégicos, con el fin de seleccionar
aquellas propuestas que tengan mayor potencial para contribuir a la innovación y la mejora del servicio público. A tal
efecto, se tendrán en cuenta los siguientes criterios, con una puntuación máxima de 5 puntos por cada uno de ellos, tal y
como se detalla en el anexo I:
1. Innovación y carácter transformador: grado de novedad, creatividad metodológica o institucional, y posibilidad
de introducir mejoras en los procesos públicos.
2. Impacto y viabilidad: impacto esperado en los servicios públicos, posibilidades de implementación,
replicabilidad o escalabilidad de la propuesta y sostenibilidad en el tiempo.
3. Alineación estratégica institucional: cómo la iniciativa se integra con las prioridades del Consell.
4. Colaboración y participación: implicación de diferentes unidades o departamentos y equipos plurales para
fomentar redes de innovación dentro de la Administración.
Sexto. Resolución de admisión
La admisión al curso será resuelta, de entre todas las solicitudes presentadas, por una comisión integrada por la
Dirección General de Función Pública, la Dirección del IVAP, la Jefatura de Servicio de Aprendizaje y Desarrollo
Profesional del IVAP, la Jefatura de Servicio de Calidad y Gestión del Conocimiento del IVAP, y la Secretaría General
Administrativa de la Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública.
Séptimo. Composición y organización
1. El curso en formato presencial, está integrado por:
• Una sesión inicial de dos horas.
• Siete sesiones de acompañamiento en el aula por personal experto, a razón de cuatro horas por sesión, con un
total de veintiocho horas.
• Dos horas para la presentación de los proyectos finales.
• Dieciocho horas de dedicación autónoma.
2. Al personal admitido se le matriculará de oficio en el curso formativo.
3. La participación del personal seleccionado en la acción formativa es obligatoria.
4. Quien, habiendo sido seleccionado para el curso, no pueda participar en él por fuerza mayor debidamente
justificada o por necesidad del servicio justificada documentalmente por la persona responsable del centro directivo, deberá
comunicar su renuncia al IVAP antes del inicio del curso.
5. Una vez iniciado el curso, el abandono o la renuncia no justificada conllevarán penalizaciones para participar en
futuras acciones formativas organizadas por el IVAP.
6. Las personas seleccionadas con discapacidad que confirmen su asistencia y precisen medidas de adaptación
deberán comunicar al IVAP, mediante el formulario de contacto disponible en la web del IVAP (Consulta/Incidencias
formación) el tipo de adaptación que necesitan de acuerdo con la siguiente clasificación:
a) Intérprete de lenguaje de signos.
b) Sistema Braille de escritura.
c) Otros, con especificación de cuáles.
Octavo. Certificado de participación
1. El personal participante obtendrá el correspondiente certificado, por un total de 50 horas lectivas, siempre que
acredite la superación del curso formativo, incluya la entrega y defensa del proyecto final del curso, realice la encuesta de
satisfacción y se cumplan los siguientes requisitos:
a) Haber asistido, como mínimo, al 85% de las horas lectivas del curso.
b) Haber realizado y superado el 100% de las actividades evaluables por la persona tutora o el equipo docente,
conforme a lo establecido en el programa formativo o en las tareas encomendadas, cualquiera que sea su formato (tareas,
talleres, participación en foros, etc.).
2. El certificado se emitirá en soporte electrónico. Para garantizar su autenticidad e integridad será firmado
electrónicamente y se le aplicará un sello de tiempo electrónico. Estará a disposición del alumnado de los cursos en la
página web del IVAP, en las siguientes direcciones:
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https://dogv.gva.es/
https://ivap.gva.es/es/certificados-cursos
https://ivap.gva.es/va/certificados-cursos
3. El acceso al certificado requerirá que la persona interesada se identifique para poder descargarlo.
Los certificados digitales admitidos por el IVAP para la identificación del alumnado son los emitidos por la
Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana –ACCV– para personas físicas o para empleados y empleadas
públicos, además del DNI electrónico.
Para la obtención de los certificados digitales de identidad, el alumnado podrá dirigirse a cualquiera de los puntos
de Registro de Usuario del ACCV, que se pueden consultar en https://www.accv.es.
València, 9 de julio de 2026.
Vicente Serra Martínez
Director general de Función Pública
ANEXO I
Criterios estratégicos de valoración de las propuestas
1. Innovación y carácter transformador: grado de novedad, creatividad metodológica o institucional, y posibilidad
de introducir mejoras en los procesos públicos.
Puntuación
Descripción específica
1 punto
La propuesta reproduce prácticas ya existentes y no incorpora elementos innovadores ni potencial de
transformación de los procesos públicos.
2 puntos
La propuesta introduce mejoras menores o adaptaciones limitadas, con escasa creatividad metodológica o
institucional y reducido potencial transformador.
3 puntos
La propuesta incorpora elementos novedosos o metodologías diferenciadas que podrían generar mejoras
apreciables en determinados procesos públicos.
4 puntos
La propuesta presenta un enfoque claramente innovador, con metodologías o soluciones susceptibles de
producir mejoras significativas en la organización o prestación de servicios públicos.
5 puntos
La propuesta destaca por su elevado grado de novedad y creatividad, con un claro potencial para transformar
procesos públicos, introducir nuevas formas de actuación y generar cambios sustanciales en la Administración.
2. Impacto y viabilidad: impacto esperado en los servicios públicos, posibilidades de implementación,
replicabilidad o escalabilidad de la propuesta y sostenibilidad en el tiempo.
Puntuación
Descripción específica
1 punto
El impacto esperado es escaso o indefinido, y no se acredita adecuadamente la viabilidad, sostenibilidad o
posibilidad de replicación de la iniciativa.
2 puntos
La propuesta presenta un impacto limitado y una viabilidad insuficientemente justificada, con reducidas
perspectivas de continuidad o extensión.
3 puntos
La propuesta prevé mejoras concretas en los servicios públicos y acredita razonablemente su viabilidad y
potencial de continuidad o replicabilidad.
4 puntos
La propuesta muestra un impacto significativo, cuenta con condiciones favorables para su implantación y
presenta posibilidades claras de escalabilidad, replicación y sostenibilidad.
5 puntos
La propuesta evidencia un elevado potencial de mejora de los servicios públicos, una implementación factible y
plenamente planificada, así como amplias posibilidades de replicación, escalabilidad y permanencia en el
tiempo.
3. Alineación estratégica institucional: cómo la iniciativa se integra con las prioridades del Consell.
Puntuación
Descripción específica
1 punto
No se aprecia relación significativa entre la propuesta y las prioridades estratégicas del Consell.
2 puntos
La relación con las prioridades del Consell es parcial o genérica y carece de una justificación suficiente.
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3 puntos
La propuesta mantiene una vinculación adecuada con una o varias prioridades estratégicas del Consell,
debidamente identificadas.
4 puntos
La propuesta se encuentra claramente alineada con varias prioridades estratégicas del Consell y contribuye de
manera relevante a su consecución.
5 puntos
La propuesta presenta una alineación plena con las prioridades del Consell, constituyendo una actuación
especialmente relevante para avanzar en los objetivos estratégicos de la Generalitat.
4. Colaboración y participación: implicación de diferentes unidades o departamentos y equipos plurales para
fomentar redes de innovación dentro de la Administración.
Puntuación
Descripción específica
1 punto
La propuesta se desarrolla de manera aislada, sin participación de otras unidades, departamentos o perfiles
diversos.
2 puntos
Existe una colaboración limitada entre unidades o equipos, con una participación poco estructurada o
escasamente relevante.
3 puntos
La propuesta cuenta con la participación efectiva de varias unidades o perfiles profesionales, favoreciendo la
cooperación interna.
4 puntos
La propuesta incorpora una colaboración sólida y bien articulada entre diferentes unidades, departamentos o
equipos multidisciplinares, promoviendo dinámicas de innovación compartida.
5 puntos
La propuesta se sustenta en una amplia colaboración interdepartamental y multidisciplinar, generando redes
estables de innovación y mecanismos de participación que fortalecen la capacidad innovadora de la
Administración.