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C2
Concurs-oposició
Lliure
Local (ayuntamiento/diputación)

2 places de Auxiliar administratiu/va

Ajuntament de Canals·Canals, Valencia

21 dies restants — finalitza 07/10/2026

Línia temporal

  1. Publicació

    08/09/2026

  2. Fi termini

    07/10/2026

    en 21d

Requisits i perfil

Titulació requerida

Graduado en Educación Secundaria

Grup professional

C2 · Auxiliar (ESO / graduado escolar)

Tipus d'accés

Lliure

Tipus de procés

Concurs-oposició

Places

2

Termini

20 dies hàbils

Origen i fonts

Administració

Local (ayuntamiento/diputación)

Font principal

BOP Valencia

Text oficial complet

Núm. 172 Pág. 8-9-2026 1 M U N I C I P I O S Ayuntamiento de Canals 2026/10955 Anuncio del Ayuntamiento de Canals sobre la aprobación de las bases de la convocatoria, mediante turno libre y por el sistema de concurso-oposición, para diversas plazas de auxiliar administrativo/a. ANUNCIO Por Resolución de la Alcaldía-Presidencia núm. 1879/2026 de 27 de agosto de 2026, se han aprobado las bases, y se ha anunciado la convocatoria, de las que han de regir el proceso selectivo para la cobertura de diversas plazas encuadradas en la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar del Ayuntamiento de Canals. La parte dispositiva de la citada resolución establece: "Primero.- Aprobar las bases que han de regir el proceso selectivo para la cobertura de diversas plazas encuadradas en la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, incluidas en las OEP de 2023 y 2025, por el sistema de concurso-oposición, que se transcriben a continuación: VER ANEXO Segundo.- Efectuar la convocatoria pública de las plazas de referencia, de conformidad con las bases precedentes." Canals, 28 de agosto de 2026.—El alcalde-presidente, Ignacio Mira Soriano. Verificable en https://bop.dival.es/bop CSV: BOPV-2026/10955 BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA DE DIVERSAS PLAZAS ENCUADRADAS EN LA ESCALA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, SUBESCALA AUXILIAR, INCLUIDAS EN LAS OEP DE 2023 Y 2025, POR EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN 1. Objeto, naturaleza y sistema selectivo Las presentes bases tienen por objeto regular la convocatoria y el desarrollo del proceso selectivo para la cobertura de dos (2) plazas encuadradas en la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, del Ayuntamiento de Canals, correspondiente al grupo C, subgrupo C2 de clasificación profesional, mediante turno libre y por el sistema de concurso-oposición. Las citadas plazas se encuentran incluidas en la Oferta de Empleo Público ordinaria del Ayuntamiento de Canals correspondiente al ejercicio 2023, así como en la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2025, ambas por el sistema de concurso-oposición. Sin perjuicio de lo anterior, podrán agregarse las vacantes que se produzcan hasta la celebración de las pruebas selectivas o pendientes de incluir en la oferta de empleo público. La adición de estas plazas será objeto de publicación en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento con anterioridad a la celebración del primer ejercicio. 2. Requisitos de las personas aspirantes Para ser admitido en el presente proceso selectivo para el acceso a la función pública será necesario poseer los siguientes requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerlos hasta la incorporación efectiva o toma de posesión: a) Poseer la nacionalidad española o tener la nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea o la de cualquiera de aquellos estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras en los términos en que ésta se halla definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea; ser cónyuge de los/las españoles/as y de las/los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados/as de derecho, o ser sus descendientes o los de su cónyuge menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes. Núm. 172 Pág. 8-9-2026 2 Verificable en https://bop.dival.es/bop CSV: BOPV-2026/10955 b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa. c) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el desempeño de las funciones del puesto de trabajo convocado vinculado a la plaza objeto de la convocatoria. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. e) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, o equivalente, o estar en condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias. La equivalencia deberá ser reconocida como tal por la Administración competente en cada caso concreto y debidamente acreditado en tal sentido por los aspirantes. En todo caso, la equivalencia de titulaciones deberá ser aportada por quien participe mediante certificación expedida a este efecto por la Administración educativa competente en cada caso, así como las titulaciones actuales a las que hayan resultado homologadas. En el caso de títulos expedidos en el extranjero, se requerirá acreditar la homologación del mismo. En todo caso, el desempeñar o haber desempeñado previamente la plaza convocada no exime de este requisito. f) Abonar los derechos de examen correspondientes según el grupo o subgrupo de clasificación profesional, de conformidad con la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Derechos de Examen del Ayuntamiento de Canals (BOP de València n.º 311, de 31.12.2004). Núm. 172 Pág. 8-9-2026 3 Verificable en https://bop.dival.es/bop CSV: BOPV-2026/10955 3. Presentación de solicitudes de participación 3.1. Instancias Para participar en el presente proceso selectivo deberá cumplimentarse correctamente el modelo de solicitud de admisión de acuerdo con el Anexo I. A la instancia habrá que acompañar un documento índice de los méritos que se desean hacer valer para el acceso a la plaza. En ningún caso serán valorados méritos no alegados por las personas aspirantes en su solicitud. En el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Canals (https://transparencia.canals.es) se pondrá a disposición de las personas aspirantes el modelo Anexo I para su cumplimentación. Asimismo, los anuncios que se publiquen en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento tendrán en todo caso carácter complementario. Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán a la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Canals y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento (plaza de la Vila, 9, Canals) o en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de que se presenten por registro electrónico del Ayuntamiento de Canals (https://canals.sede.dival.es/), es necesario estar registrado/a para el uso del sistema de identificación y firma electrónica Cl@ve, o poseer un certificado digital de firma electrónica, o DNIe. Junto a la presentación de la solicitud de participación se presentará justificante del pago de la tasa correspondiente, que serán satisfechos mediante ingreso bancario, donde se indicará la plaza objeto de la convocatoria. El ingreso tendrá que efectuarse en el número de cuenta de titularidad de este Ayuntamiento de Caixa Popular: ES82-3159-0033-3516-6419-6423. Las tasas por derechos de examen, en cumplimiento de lo que se prevé en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Derechos de Examen (BOP de Valencia n.º 311, de 31.12.2004), asciende a 20 € (Grupo D -actual Subgrupo C2-). Los citados derechos de examen sólo serán devueltos a quienes no sean admitidos al procedimiento selectivo por falta de algunos de los requisitos exigidos para tomar parte en el mismo, que se realizará con la previa solicitud expresa de la persona interesada. Núm. 172 Pág. 8-9-2026 4 Verificable en https://bop.dival.es/bop CSV: BOPV-2026/10955 En ningún caso será subsanable el abono de la tasa efectuado fuera del plazo de presentación de solicitudes de participación. No serán admitidas y, consecuentemente quedarán excluidas, aquellas personas que habiendo abonado la tasa no hayan registrado la solicitud tras el plazo de subsanación concedido al efecto. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante. 3.2. Plazo El plazo de presentación de instancias será de 20 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. 3.3. Documentación a acompañar a la solicitud A la solicitud de participación, que habrá de ser conforme al Anexo I, habrá que acompañar la documentación acreditativa de los méritos alegados. No serán tenidos en cuenta aquellos méritos no obtenidos, ni justificados ni presentados correctamente dentro del plazo de presentación de instancias. No será objeto de subsanación la falta de presentación del citado Anexo I. Las personas aspirantes se responsabilizan expresamente de la documentación aportada. En caso de falsedad o manipulación en algún documento, podrán decaer en el derecho a participar en esta convocatoria, con independencia de la responsabilidad a que hubiere lugar. 3.4. Tratamiento de datos personales En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personal y garantías de los derechos digitales, el Ayuntamiento de Canals informa a las personas interesadas en participar en el presente proceso selectivo que los datos de carácter personal que faciliten serán incorporados a un fichero cuya finalidad es la selección de personal y les reconoce la posibilidad de ejercer gratuitamente los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, mediante escrito, acompañado de fotocopia de DNI o documento equivalente, que podrá ser presentado por registro o en cualquiera de las formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Núm. 172 Pág. 8-9-2026 5 Verificable en https://bop.dival.es/bop CSV: BOPV-2026/10955 La participación en el presente proceso selectivo supone la autorización al Ayuntamiento de Canals para proceder al tratamiento de sus datos, así como para la publicación de los datos meramente identificativos y de los resultados de la convocatoria en los diarios y boletines oficiales correspondientes y en los tablones de anuncios o en el Portal de Transparencia alojado en la página web municipal, en su caso. Asimismo, implica la autorización para el tratamiento de la documentación que han de aportar los aspirantes en el curso del procedimiento de selección. Asimismo, la participación en el presente proceso selectivo supone la autorización al Ayuntamiento de Canals para proceder a la comunicación de sus datos en el caso de formar parte de la bolsa de empleo a otras administraciones públicas con las que el Ayuntamiento de Canals pueda suscribir convenio de colaboración interadministrativa para la cobertura de puestos con carácter excepcional y por razones de urgencia. 4. Admisión del personal aspirante Para ser admitido/a al presente proceso selectivo bastará con la correcta presentación de instancia de participación en la que debe manifestar reunir todas y cada una de las condiciones exigidas referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias dentro del plazo otorgado para ello, junto con la documentación que debe acompañarla, y con haber abonado los derechos de examen. Expirado aquél, por Resolución, se declarará aprobada provisionalmente la lista de personas admitidas y excluidas. Dicha Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, indicará un plazo de 10 días hábiles para subsanación de defectos por las personas aspirantes excluidas. Asimismo, en dicho plazo se podrá presentar cualquier reclamación pertinente por las personas interesadas. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada. Si no se produjese reclamación, sugerencia o petición de subsanación alguna, la Resolución provisional devendrá definitiva automáticamente, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia tal circunstancia, así como el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio y el orden de llamamiento de las personas aspirantes. En otro caso, resueltas las reclamaciones y subsanaciones, la autoridad convocante elevará a definitivas las listas de personas admitidas y excluidas mediante Núm. 172 Pág. 8-9-2026 6 Verificable en https://bop.dival.es/bop CSV: BOPV-2026/10955 Resolución que se publicará igualmente en el Boletín Oficial de la Provincia junto a las menciones señaladas en el párrafo anterior. La publicación de dicha Resolución será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos. 5. Órgano Técnico de Selección El presente proceso selectivo será evaluado por un Órgano Técnico de Selección integrado por cinco personas funcionarias de carrera con voz y voto, tendiendo en la medida de lo posible, a la paridad entre hombre y mujer, de conformidad con lo señalado en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y en el I Plan de Igualdad del Ayuntamiento de Canals. - Presidencia (titular y suplente): Personal funcionario de carrera con un nivel de titulación igual o superior al requerido para las plazas que se convocan. - Secretaría (titular y suplente): Personal funcionario de carrera con un nivel de titulación igual o superior al requerido para las plazas que se convocan. - Tres vocales (titulares y suplentes): Personal funcionario de carrera con un nivel de titulación igual o superior al requerido para las plazas que se convocan. El nombramiento como componente de este órgano selectivo se hará por resolución de Alcaldía, haciéndose público junto con la lista provisional de personas admitidas y excluidas, en su caso. El Órgano Técnico de Selección podrá disponer la incorporación a sus sesiones de asesores especialistas. 6. Descripción del proceso selectivo El presente procedimiento selectivo derivado de la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Canals de los años 2023 y 2025, por el turno libre, se desarrollará por el sistema de concurso-oposición. La fase de oposición tendrá una valoración máxima del 80% del total de la puntuación y la fase de concurso una valoración máxima del 20% sobre el total de la puntuación. El contenido de las pruebas guardará relación con los procedimientos, tareas y funciones de los puestos de trabajo objeto de cada convocatoria. La fase de concurso se realizará con posterioridad a la fase de oposición. Núm. 172 Pág. 8-9-2026 7 Verificable en https://bop.dival.es/bop CSV: BOPV-2026/10955 En este caso, la selección de las personas aspirantes se realizará a través del sistema de concurso-oposición. De conformidad con el artículo 17, apartado 1, del Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana, en el que establece que mediante un único sorteo público se determinará el orden alfabético de actuación de las personas aspirantes en cada una de las pruebas selectivas que se celebren durante el año, el orden de intervención de las personas aspirantes en aquellos ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente, empezará por la letra «P», grafía por la que comenzarán las citadas pruebas, y se seguirá el orden alfabético de apellidos a partir de aquella (DOGV núm. 10289, de 20/01/2026). 6.1. Fase de oposición 1.- Primer ejercicio. Cuestionario materias comunes. De carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en un cuestionario de 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, una de ellas cierta, relacionadas con el contenido de las materias comunes del programa, y con un tiempo máximo para contestarlo de 75 minutos. Las preguntas serán claras, concretas y concisas, tendentes a demostrar los conocimientos del aspirante. La calificación de este ejercicio será de 0 a 25 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 12,5 puntos para superarlo. Las respuestas erróneas y/o incorrectamente cumplimentadas (respuestas múltiples, tachaduras, etc.) serán penalizadas, aplicándose la siguiente fórmula: A-(E/n-1) X 25 N En donde “A” es aciertos, “E” es errores, “n” es número de respuestas alternativas por pregunta y “N” es número de preguntas. Igualmente, se formularán 5 preguntas de reserva que solo serán corregidas en caso de ser necesario por anulación de alguna de las 50 preguntas anteriores. Núm. 172 Pág. 8-9-2026 8 Verificable en https://bop.dival.es/bop CSV: BOPV-2026/10955 2.- Segundo ejercicio. Cuestionario materias específicas. De carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en un cuestionario de 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, una de ellas cierta, relacionadas con el contenido de las materias específicas del programa, y con un tiempo máximo para contestarlo de 75 minutos. Las preguntas serán claras, concretas y concisas, tendentes a demostrar los conocimientos del aspirante. La calificación de este ejercicio será de 0 a 25 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 12,5 puntos para superarlo. Las respuestas erróneas y/o incorrectamente cumplimentadas (respuestas múltiples, tachaduras, etc.) serán penalizadas, aplicándose la siguiente fórmula: A-(E/n-1) X 25 N En donde “A” es aciertos, “E” es errores, “n” es número de respuestas alternativas por pregunta y “N” es número de preguntas. Igualmente, se formularán 5 preguntas de reserva que solo serán corregidas en caso de ser necesario por anulación de alguna de las 50 preguntas anteriores. 3.- Tercer ejercicio. Examen práctico. De carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en un examen práctico o prueba práctica. El examen práctico consistirá en desarrollar por escrito, en el tiempo que determine el Órgano Técnico de Selección, dos casos prácticos de desarrollo, a elegir por cada aspirante entre tres propuestos por el Órgano Técnico de Selección inmediatamente antes de comenzar la prueba. Los casos prácticos versarán sobre el contenido de las materias comunes y específicas. El tiempo de duración de la prueba, será determinado por el Órgano Técnico de Selección inmediatamente antes de empezar la prueba, en función de la dificultad que represente, con una duración máxima de dos horas. En este ejercicio se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados. Núm. 172 Pág. 8-9-2026 9 Verificable en https://bop.dival.es/bop CSV: BOPV-2026/10955 La evaluación del tercer ejercicio se realizará siguiendo criterios previamente establecidos por el Órgano Técnico de Selección, de manera que se valore de forma objetiva la capacidad del aspirante para resolver los casos prácticos. Para ello, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos: En primer lugar, se considerará la identificación del problema, que tendrá un peso del 20 % de la calificación total. Se valorará si el aspirante ha detectado correctamente el procedimiento aplicable, la normativa vigente correspondiente y los elementos esenciales del supuesto planteado. A continuación, la aplicación de la normativa vigente constituirá el criterio de mayor relevancia, con un peso del 40 % de la calificación total. Se evaluará la capacidad del aspirante para interpretar y aplicar correctamente la legislación aplicable a cada caso, asegurando que su actuación sea coherente con la práctica administrativa habitual. Asimismo, se tendrá en cuenta la propuesta de resolución, que representará el 30 % de la calificación. En este apartado se valorará la idoneidad de las actuaciones propuestas, la correcta identificación de los órganos competentes, la determinación de plazos y la adecuada tramitación de recursos o notificaciones, según corresponda a cada supuesto. Por último, se apreciará la claridad y estructura de la exposición, con un peso del 10 % restante. Se considerará la ordenación lógica de las ideas, la coherencia de los argumentos y el uso preciso de la terminología administrativa, garantizando así una presentación clara y comprensible del análisis y la resolución planteada. La calificación de este ejercicio será de 0 a 30 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 15 puntos para superarlo. Durante la prueba práctica (tercer ejercicio), se permitirá la consulta de textos legales oficiales (tales como el BOE o el DOGV), siempre que sean originales (no editoriales) y no contengan anotaciones, marcas o subrayados que puedan identificar al aspirante. La convocatoria para la realización de cada uno de los ejercicios deberá efectuarse con un plazo mínimo de antelación de dos días hábiles. Núm. 172 Pág. 8-9-2026 10 Verificable en https://bop.dival.es/bop CSV: BOPV-2026/10955
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