- Inicio
- Explorar
- Alicante
- Xàbia/Jávea
- Jefe/a servicio jurídico secretaría general
A1OposicióLliure
1 plaça de Jefe/a servicio jurídico secretaría general
AYUNTAMIENTO JÁVEAXàbia/Jávea, Alicante
Queden30diesfins al 06/11/2026
Busques places com esta?
T'avisem per correu quan es publiquen convocatòries noves a Alicante.
L'essencial
- Titulació requerida
- Grado en Derecho más
- Grup professional
- A1 · Universitario superior (máster/grado + habilitación)
- Places
- 1
- Tipus d'accés
- Lliure
- Tipus de procés
- Oposició
- Termini
- 20 dies hàbils
- Publicada
- 06/10/2026
- Fi de termini
- 06/11/2026
- Administració
- Local (ayuntamiento/diputación)
- Font principal
- BOP Alicante
Algunes dades són aproximades. Hem inferit tipus d'accés, municipi perquè la font oficial no els explicita. Verifica sempre amb l'anunci original.
Text oficial complet
Butlletí Oficial de la Província d´Alacant
edita excma. diputació provincial d´alacant
Boletín Oficial de la Provincia de Alicante
edita excma. diputación provincial de alicante
Nº 190 de 06/10/2026
Pág. 1
7535 / 2026
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO JÁVEA
7535 BASES PROVISIÓN EN PROPIEDAD 1 TÉCNICO/A ADMÓN. GENERAL ADSCRITA AL PUESTO DE
JEFE/A SERVICIO JURÍDICO SECRETARÍA GENERAL, CONTRATACIÓN Y RRHH
ANUNCIO
La Concejala Delegada de Recursos Humanos, por Decreto nº 2026-2722,
de fecha 29 de septiembre de 2026, acordó aprobar las siguientes bases:
“BASES REGULADORAS PARA LA PROVISIÓN DEL PUESTO DE JEFE/A DE
SERVICIO
JURÍDICO
DE
SECRETARÍA
GENERAL,
CONTRATACIÓN
Y
RECURSOS HUMANOS, GRUPO A, SUBGRUPO A1, POR EL PROCEDIMIENTO
DE CONCURSO DE MÉRITOS, VACANTE EN LA PLANTILLA DE ESTE
AYUNTAMIENTO.
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
El objeto de la presente convocatoria es la provisión por el procedimiento
de concurso de méritos de un puesto de Jefe/a de Servicio Jurídico de Secretaría
General, Contratación y Recursos Humanos, perteneciente al Grupo A, Subgrupo A1,
abierto a funcionarios/as de carrera de la Administración Local.
La convocatoria que nos ocupa, tiene en cuenta el principio de igualdad de
trato de acceso al empleo entre hombres y mujeres, de acuerdo con el art. 14 de la
Constitución Española y lo previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para
la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
SEGUNDA.- NORMATIVA APLICABLE.
La convocatoria se regirá en lo no previsto en estas Bases, por la
normativa básica estatal sobre la Función Pública, contenida en el Real Decreto
Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, así como por la normativa autonómica
valenciana sobre Función Pública, Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública
Butlletí Oficial de la Província d´Alacant
edita excma. diputació provincial d´alacant
Boletín Oficial de la Provincia de Alicante
edita excma. diputación provincial de alicante
Nº 190 de 06/10/2026
Pág. 2
7535 / 2026
Valenciana, Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18
de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigente
en materia de Régimen Local.
TERCERA. - PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
En cumplimiento de la normativa vigente en materia de Protección de
Datos de carácter personal, los datos personales facilitados por las personas
solicitantes serán tratados por el Ayuntamiento de Xàbia/Jávea, en calidad de
responsable del tratamiento, con la finalidad de gestionar su participación en el
procedimiento selectivo de personal en cuestión.
La base jurídica de legitimación para el tratamiento de los datos personales
radica en el ejercicio de los poderes públicos o competencias conferidos o, en su caso,
laa necesidad de cumplimiento de una misión realizada en interés público y en el
cumplimiento de obligaciones legales derivadas.
Los datos serán conservados durante el plazo de tiempo que esté vigente
el expediente administrativo o, en su caso, por el tiempo de resolución de un
procedimiento contencioso administrativo derivado. No obstante, los datos podrán ser
conservados, en su caso, con fines de archivo de interés público, fines de
investigación científica e histórica o fines estadísticos.
Los datos no serán cedidos a terceros, salvo que sean comunicados a las
entidades públicas o privadas, a las cuales sea necesario u obligatorio ceder éstos
para poder gestionar su solicitud, así como en los supuestos previstos, según Ley.
Los aspirantes podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación,
supresión, oposición, limitación del tratamiento, portabilidad y (en su caso) retirada del
consentimiento prestado.
El personal del departamento de Recursos Humanos, los miembros del
órgano de selección y, en su caso, el personal especializado que apoye a la misma,
tendrá el deber de secreto respecto de la información de datos personales a los que
tengan acceso en la gestión del procedimiento.
CUARTA. REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES.
Para ser admitido/a en la presente convocatoria, los/las participantes
deberán reunir en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los
siguientes requisitos:
-
No exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
Butlletí Oficial de la Província d´Alacant
edita excma. diputació provincial d´alacant
Boletín Oficial de la Provincia de Alicante
edita excma. diputación provincial de alicante
Nº 190 de 06/10/2026
Pág. 3
7535 / 2026
-
Tener la condición de funcionario de carrera en servicio activo o estar
en una situación de excedencia que permita participar en procedimientos de provisión
y reingresar al servicio activo en cualquiera de las Administraciones Públicas Locales.
Quién se encuentre en excedencia voluntaria por interés particular, deberá haber
cumplido el periodo mínimo exigible para solicitar el reingreso.
-
Pertenecer al Grupo A, Subgrupo A1.
-
Estar en posesión del título de Licenciado o Grado en Derecho más
Máster, o equivalente. En caso de titulación obtenida en el extranjero, deberá
acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación.
-
Estar en posesión del certificado del nivel C1 de conocimientos del
valenciano expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements en Valencià, o
equivalente, con arreglo a la Orden 7/2017, de 2 de marzo, por la cual se regulan los
certificados oficiales administrativos de conocimientos del valenciano de la Junta
Calificadora de Conocimientos de Valenciano, el personal examinador y la
homologación y la validación de otros títulos y certificados.
-
No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del
servicio de cualquier Administración Pública o empleo público, ni hallarse inhabilitado
para el ejercicio de las funciones públicas.
-
No estar en situación de suspensión de funciones.
-
Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el desempeño de
las funciones del puesto de trabajo. Las personas con discapacidad podrán participar
en los procesos selectivos en igualdad de condiciones que el resto de aspirantes,
siempre y cuando puedan acreditar el grado de discapacidad, así como la
compatibilidad con el desempeño de las funciones.
QUINTA. PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA Y SUS BASES.
La convocatoria y sus bases se publicarán en el Boletín Oficial de la
Provincia de Alicante, en el Tablón de Anuncios municipal y en la página web del
Ayuntamiento del Xàbia/Jávea (www.ajxabia.org). Un extracto de la convocatoria, se
publicará en el Boletín Oficial del Estado.
SEXTA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
1.-
Forma y plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes para tomar parte en las pruebas selectivas se presentarán
por sede electrónica del Ayuntamiento de Xàbia/Jávea, https://xabia.sedelectronica.es,
a través del registro telemático o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la
Butlletí Oficial de la Província d´Alacant
edita excma. diputació provincial d´alacant
Boletín Oficial de la Provincia de Alicante
edita excma. diputación provincial de alicante
Nº 190 de 06/10/2026
Pág. 4
7535 / 2026
Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del
siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del
Estado, y se dirigirán a la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Xàbia/Jávea.
2.-
En la solicitud de participación se deberá manifestar que reúnen
todas y cada una de las condiciones exigidas en la base cuarta, referidas siempre a la
fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de las solicitudes y se
acompañará de los siguientes documentos:
a)
Justificante de haber efectuado el pago de los derechos de examen
de conformidad con la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por derechos de
examen en vigor (60 euros). Para obtener el impreso del documento de pago se podrá
acceder
a
través
de
la
“Oficina
virtual
tributaria”
https://xabia.tributoslocales.es/va/030820/AXABIA/tasas.
Solo procederá la devolución de los derechos de examen en el supuesto
contemplado en la Ordenanza fiscal citada.
El no abono o abono parcial de los derechos de examen, determinará la
exclusión de las personas aspirantes sin poder subsanarse tal incidencia.
b)
Copia del documento nacional de identidad. Los nacionales de otros
estados tendrán que presentar copia del pasaporte o del nº de identidad extranjero en
los cuales se acredite su nacionalidad.
c)
Certificado expedido por la Administración de origen acreditativo de
la condición de personal funcionario de carrera en activo, perteneciente al Grupo A,
Subgrupo A1, o situación administrativa en la que se encuentre.
d)
Titulación exigida, y certificado del nivel C1 de conocimientos del
valenciano, según la base cuarta.
e)
Relación de méritos que se desee que sean valorados, junto con una
copia de éstos, debidamente ordenados y adjuntando índice de los mismos en el
mismo orden que el establecido en la convocatoria. Todos aquellos méritos alegados
por los interesados, y no aportados documentalmente una vez transcurrido el plazo de
presentación de instancias, no serán tenidos en cuenta.
f)
Las personas aspirantes con grado de discapacidad reconocido igual
o superior al 33 por 100, tendrán que presentar copia del certificado acreditativo de tal
condición, en vigor, expedido por el órgano competente.
3.-
La no presentación de la solicitud de participación dentro del plazo y
en la forma oportuna supondrá la exclusión de la persona aspirante.
Butlletí Oficial de la Província d´Alacant
edita excma. diputació provincial d´alacant
Boletín Oficial de la Provincia de Alicante
edita excma. diputación provincial de alicante
Nº 190 de 06/10/2026
Pág. 5
7535 / 2026
4.-
Toda la documentación se aportará preferentemente, en formato
PDF.
SÉPTIMA. ADMISION DE ASPIRANTES.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía-Presidencia
dictará resolución declarando aprobada provisionalmente la relación de personas
admitidas y excluidas. En esta resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la
Provincia, en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en la web del Ayuntamiento,
se concederá un plazo de 10 días hábiles para que puedan formular reclamaciones o
subsanar aquellos defectos que hayan motivado la exclusión.
Las reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en la
resolución que aprueba la relación definitiva, que también se hará pública en el Boletín
Oficial de la Provincia, Tablón de Anuncios municipal y web del Ayuntamiento, y en la
que se indicará la fecha, lugar y hora del comienzo de las valoraciones y la
composición de la Comisión de Valoración.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no enmienden la
exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidas en la relación
de admitidos, serán definitivamente excluidas de la valoración de méritos.
No obstante, los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.
OCTAVA. COMISIÓN DE VALORACIÓN.
La Comisión Técnica de Valoración, estará constituida de conformidad con
lo establecido en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley del del Estatuto Básico del Empleado
Público, en los arts. 67 y 111.4 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública
Valenciana y el art. 48 del Reglamento de Selección, Provisión de Puesto de Trabajo y
Movilidad del Personal de la Función Pública Valenciana, aprobado por Decreto
3/2017, de 13 de enero, del Consell.
Estará integrada por cinco miembros, funcionarios de carrera del mismo
grupo/subgrupo de titulación, o en su caso, superior al del puesto convocado, de los
cuales uno será el Presidente, tres actuarán como vocales y otro como secretario.
La designación de sus miembros incluirá los respectivos suplentes y será
pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
La abstención y recusación de los miembros del tribunal se regirá por lo
establecido en La Ley 40/2015, del Régimen Jurídico del Sector público.
Butlletí Oficial de la Província d´Alacant
edita excma. diputació provincial d´alacant
Boletín Oficial de la Provincia de Alicante
edita excma. diputación provincial de alicante
Nº 190 de 06/10/2026
Pág. 6
7535 / 2026
NOVENA. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN.
La selección de los aspirantes tendrá lugar por concurso.
FASE DE CONCURSO
La puntuación máxima será de 100 puntos.
BAREMO PARA LA VALORACIÓN DE MERITOS
La valoración de los méritos se ajustará a las siguientes reglas:
1.
EXPERIENCIA PROFESIONAL. Máximo: 40 puntos.
Se valorará el tiempo de servicios prestados en situación de servicio activo
o asimilado en cualquier Administración Pública Local, en plaza o puesto del Grupo A,
Subgrupo A1, a razón de 0,1667 puntos por cada mes completo.
La experiencia en las Administraciones Públicas Locales, se acreditará
mediante certificado emitido por la Administración competente, e informe de la vida
laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. Será necesario
presentar ambos documentos para que el Tribunal Calificador tenga en cuenta los
méritos alegados.
A los efectos de valoración de los meses trabajados se entenderá que un
mes resulta equivalente a 30 días, desechándose el cómputo de periodos inferiores.
2.
CURSOS DE FORMACIÓN O PERFECCIONAMIENTO. Máximo 40
puntos.
Se valorará la participación en curso de formación, jornadas, másteres o
postgrados directamente relacionados con la funciones del puesto (Derecho
Administrativo, Contratación Pública, Urbanismo, Presupuestos Locales, Hacienda
Local, etc.) y la formación en habilidades de soft skills (alta dirección, mediación,
counselling, mindfulness, etc.), dado que se trata de un puesto que requiere
habilidades directivas, impartidos u homologados por las Administraciones Públicas,
Universidades o Institutos Oficiales de Administración Pública, y Colegios
Profesionales.
La valoración se efectuará en función de su duración con arreglo a la
siguiente escala:
a) De 100 o más horas: 5 puntos.
b) De 75 o más horas más horas: 3 puntos.
c)
De 50 o más horas: 2 puntos.
Butlletí Oficial de la Província d´Alacant
edita excma. diputació provincial d´alacant
Boletín Oficial de la Provincia de Alicante
edita excma. diputación provincial de alicante
Nº 190 de 06/10/2026
Pág. 7
7535 / 2026
d) De 25 o más horas: 1 punto.
e) De 10 o más horas: 0,5 puntos.
3.
MEMORIA. Máximo 20 puntos.
Los concursantes habrán de presentar una memoria con una extensión
máxima de 5 hojas a una sola cara. El tamaño será DINA-4, y tipo Arial-10, que
versará sobre la organización y estructura del Servicio.
La memoria será expuesta oralmente ante la Comisión de valoración en un
tiempo máximo de veinte minutos. Terminada la exposición, el Tribunal podrá abrir un
diálogo con el aspirante, por un tiempo máximo de diez minutos, sobre cuestiones
relacionadas con los temas desarrollados, quien deberá contestar a las aclaraciones
que soliciten u observaciones que formulen los miembros del Tribunal.
En este ejercicio se valorará la claridad de ideas en la redacción de la
memoria, la innovación que se recoja en las propuestas de mejora y la capacidad de
expresión oral.
DÉCIMA. CALIFICACIÓN FINAL.
La puntuación final del procedimiento vendrá otorgada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en los méritos.
La Comisión de Valoración hará pública la relación ordenada de aspirantes
por el orden de puntuación obtenido de mayor a menor, así como una segunda
relación de personas que deban ser excluidas del concurso, con indicación de la causa
que motive su exclusión, mediante edicto expuesto en el Tablón de Anuncios y en la
página web del Ayuntamiento de Xàbia, concediendo un plazo de 10 días hábiles
desde su publicación para que los aspirantes puedan formular reclamaciones.
Transcurrido dicho plazo y en su caso, resueltas las reclamaciones, la
Comisión de Valoración formulará propuesta definitiva de adjudicación del puesto al
aspirante que haya obtenido mayor puntuación, publicándose en el BOP, en el Tablón
de Anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Xàbia.
En caso de empate, se procederá de la siguiente manera:
a) En primer lugar, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en
el apartado de experiencia profesional.
b) En segundo lugar, la mayor puntuación obtenida en el apartado de
cursos de formación y perfeccionamiento.
c)
Si persiste el empate, se resolverá por sorteo.
Butlletí Oficial de la Província d´Alacant
edita excma. diputació provincial d´alacant
Boletín Oficial de la Provincia de Alicante
edita excma. diputación provincial de alicante
Nº 190 de 06/10/2026
Pág. 8
7535 / 2026
UNDÉCIMA.
RECURSO,
VINCULACIÓN,
MODIFICACIÓN
Y
PUBLICACIÓN.
1.
Contra las presentes Bases y cuántos actos administrativos se
deriven de las mismas, podrá interponerse en el plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente a su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo de Alicante, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, o potestativamente y con carácter previo, en el plazo de
un mes, recurso de reposición ante el Sr. Alcalde-Presidente, según lo dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2.
Las bases y normas vinculan a la administración, a la Comisión de
Valoración de esta convocatoria y a quienes participan.”
En Xàbia, en la fecha al margen
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
Prepara-la amb IATemari probable, pla d'estudi i preguntes d'exemple · Premium
Premium
Guia d'estudi amb IA
Temari orientatiu, pla d'estudi i preguntes tipus generades a partir d'esta convocatòria.
Temari probable
Pla d'estudi
Bibliografia suggerida
Preguntes d'exemple
Inicia sessió per a continuar
Iniciar sessióPremium
Pregunta-li a la IA
Pregunta sobre el temari de l'informe generat. Fins a 10 preguntes.
Inicia sessió per a preguntar
Iniciar sessió